SECRETARÍA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Resolución
Nº 54/2005
Buenos Aires,
21 de Febrero de 2005.
VISTO el
expediente 03690/2004 del Registro de la GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, y
CONSIDERANDO:
Que por el
artículo 1 , inciso b), del decreto 1737 de fecha 18 de agosto de 1993,
modificado por el decreto 522 de fecha 22 de setiembre de 1995 se
dispone que a los fines de acreditar origen bajo el Régimen de la ley 19640,
un producto será originario del Área Aduanera Especial por ella creada cuando
se adecue a los nuevos procesos productivos aprobados por la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.
Que del
informe técnico producido, surgen para la fabricación de envases plásticos y de
resinas sintéticas compuestas, los procesos de producción mínimos que
configuran los trabajos sustanciales a realizar en el Área Aduanera Especial.
Que la Dirección General de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR y la Comisión para el Área Aduanera Especial han emitido opinión favorable al respecto.
Que, en
consecuencia, resulta necesario aprobar los correspondientes procesos
productivos.
Que la Dirección de Legales del Área de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la
presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 1 , inciso
b), del decreto 1737/1993,modificado por el decreto 522/1995.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
Art.
1 - Apruébanse las secuencias de operaciones correspondientes a los
procesos productivos de fabricación de envases plásticos y de fabricación de
resinas sintéticas compuestas, cuyas descripciones constituyen los Anexos I,
II, III y IV, que con TRES (3) hojas, DOS (2) hojas, DOS (2) hojas y DOS (2) hojas
respectivamente, forman parte integrante de la presente resolución. Los
mencionados procesos revestirán el carácter de transformación sustancial en
orden a lo establecido en el artículo 21, incisos b) y c) y el artículo 24,
inciso a), de la ley 19640.
Art.
2 - En caso de que los envases plásticos preformados de PET que se
fabriquen de acuerdo a las secuencias de operaciones correspondientes a los
procesos productivos aprobados en la presente norma sean pasibles en el futuro
de modificaciones que obliguen a la utilización parcial de insumos de origen
nacional, los mencionados productos serán alcanzados por las exigencias de
integración nacional que eventualmente se impongan en la nueva normativa.
Art.
3 - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Lic. ALBERTO JUAN DUMONT, Secretario
de Industria, Comercio y de la PyME.
ANEXO I
PROCESO
MINIMO DE PRODUCCIÓN DE ENVASES PLASTICOS
1. Las
materias primas e insumos que ingresan a planta son inspeccionados mediante la
aplicación de normas internas de control, llevándose los registros establecidos
para cada caso.
2. Las
materias primas e insumos aprobados se dan de alta en el depósito de
materiales; los no aprobados pasan a revisión y selección para su posterior
aprobación, devolución al proveedor, o envío a rezago, según corresponda en
cada caso.
3. Las
materias primas y/o insumos a procesarse pasan al área de producción,
llevándose un registro de su origen, calidad y destino.
4. Dichas
materias primas y/o insumos, cuando corresponda, podrán sufrir algún
tratamiento previo al proceso de producción que modifique alguna/s de sus
característica/s (aditivado, contenido de humedad, color, textura u otros).
5. En función
de las materias primas y/o insumos a utilizarse, y del tipo de envase a
producirse, puede ser necesaria la aplicación sobre la/s materia/s prima/s y/o
insumo/s, de UNO (1) o más procesamientos, previos al proceso de producción
(micro molienda, extrusión, co-extrusión, corte, laminado, calandrado u otros).
6. El proceso
de producción a utilizarse en la elaboración de los envases plásticos, depende
de las materias primas y/o insumos a utilizarse, y del tipo de envase plástico
a producir (tales como: inyección, extrusión, co-extrusión, compresión,
termoformado, moldeo rotacional, soplado, compresiónextrusión, confección),
utilizando en cada caso el equipamiento adecuado.
7.
Determinados tipos de envases plásticos requieren ser complementados con
ciertos elementos, tales como asas, tapas, cierres, bases, etiquetas. Cuando
estos elementos complementarios sean producidos internamente se utilizarán los
procesos y equipamientos específicos para cada caso, de acuerdo con la
normativa de procesos productivos vigente.
8. En
cualquier etapa del proceso de fabricación del envase plástico y/o alguno de
sus elementos complementarios, podría requerirse la aplicación de otros
procesos, tales como impresión, pintado, decoración, estampado, etiquetado,
identificación, colocación de marcas, armado, montaje.
9. Durante
el/los procesos de transformación, hasta la obtención final del envase, se
llevan registros de controles de proceso, utilizando la metodología de
autocontrol basada en documentaciones, tales como datos de proceso registrados
en los centros de información que cada máquina pudiera poseer, hojas de
proceso, instrucciones de trabajo, instrucciones de control, patrones,
registros de calidad y rastreabilidad.
10. Mediante
normas de control interno se establecerán los controles de calidad correspondientes
para cada tipo de envase y/o elemento complementario, llevándose los registros
que para cada caso correspondan.
11. Los
envases plásticos aprobados pasan para su acondicionamiento final; los no
aprobados pasan a revisión/selección, determinándose su posterior aprobación,
su reproceso, o bien su rechazo definitivo.
12. Las
materias primas y/o insumos constitutivos de los envases plásticos y/o de sus
elementos complementarios, rechazados definitivamente, y en los casos que así
lo admitan, podrán ser recuperados para su reciclado, caso contrario se envían
a rezago, con sus correspondientes registros.
13. El
acondicionamiento final para cada envase plástico será acorde a las
características específicas de cada uno de ellos, atendiendo a lograr su adecuada
protección y conservación durante el manipuleo y transporte, atendiendo además
a las eventuales especificaciones del cliente. A estos efectos se utilizarán
los medios y métodos que cada caso requiera (paletizado, embolsado, despacho a
granel, contenerización, envoltura con film streetch o termocontraíble,
ensunchado u otros).
14. A los efectos del
presente proceso productivo se consideran envases plásticos los productos en
los cuales su principal componente constitutivo es UNA (1) o más resinas plásticas
y/o insumos elaborados con las mismas, capaces de contener y/o proteger, y/o
envolver, y/o conservar, y/o conformar, y/o tornar manipulable a otro objeto
que se transporte o almacene en su interior, pudiendo modificar o no sus formas
y/o dimensiones al momento de recibir el contenido y/o aplicarse a su fin
específico.
ANEXO II
DIAGRAMA DE
FLUJO - PROCESO PRODUCTIVO DE ENVASES PLASTICOS
SECUENCIA DEL BLOQUE DENOMINADO “PRODUCCION” (A)
DIAGRAMA DE
FLUJO - PROCESO PRODUCTIVO DE ENVASES PLASTICOS
ANEXO III
PROCESO
MINIMO DE PRODUCCIÓN DE RESINAS SINTETICAS COMPUESTAS
1. Las
materias primas e insumos que ingresan a planta son inspeccionadas mediante la
aplicación de normas internas de control, llevándose los registros establecidos
para cada caso.
2. Las
materias primas e insumos aprobados se dan de alta en el depósito de materiales
y los no aprobados pasan a revisión y selección, para su posterior aprobación,
devolución al proveedor, o envío a rezago, según corresponda en cada caso.
3. En función
del plan de producción, las materias primas e insumos requeridos son
trasladados, desde el respectivo depósito, al área de producción, llevándose
registro de su origen calidad y destino.
4. Estas
materias primas y/o insumos, si corresponde, podrán requerir de tratamientos
previos a su procesamiento (lavado, secado, molienda, tamizado, granulado u
otros).
5.
Preparación y pre-dosificación de la carga.
6. En función
de las materias primas e insumos a procesarse y del tipo de resina sintética
compuesta a obtenerse, podrán aplicarse diferentes sistemas de producción,
tales como:
a) Mezcla Seca (Dry Blend).
b) Gelificación.
7. En función
de las materias primas y/o insumos a utilizarse, del tipo de resina sintética
compuesta a obtenerse, y del sistema de fabricación empleado, se procede, si
corresponde, a su configuración final (pelletizado, granulado, otros).
8. Control de
calidad del producto obtenido.
9. El
producto aprobado queda liberado para su envasado e identificación; el producto
no aprobado pasa a revisión y selección para su posterior aprobación, envío a
reproceso (incorporándose a la etapa que en cada caso corresponda), o envío a
rezago, llevándose los correspondientes registros.
10. Envasado
e identificación, de acuerdo a cada requerimiento.
11.
Almacenamiento en depósito de productos terminados.
12. Despacho.
13. A los efectos del
presente proceso productivo se consideran resinas sintéticas compuestas a las
resultantes de componer y/o combinar DOS (2) o más resinas sintéticas entre sí;
o a la composición y/o combinación de UNA (1) o más resinas sintéticas con
otras sustancias que les otorguen propiedades específicas.
ANEXO IV
DIAGRAMA DE
FLUJO - PROCESO PRODUCTIVO DE RESINAS SINTETICAS COMPUESTAS
DIAGRAMA DE
FLUJO - PROCESO PRODUCTIVO DE RESINAS SINTETICAS
COMPUESTAS - SECUENCIA DEL BLOQUE DENOMINADO “PRODUCCION” (A)