VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 23/00 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
La conveniencia de que se instuya un foro de altas autoridades gubernamentales responsables de los temas de minería y energía en el MERCOSUR.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1. Crear la Reunión de Ministros de Minas y Energía del MERCOSUR, la cual tendrá como función proponer a este Consejo medidas tendientes a la coordinación y la cooperación en el área de minería y energía para el MERCOSUR.
Art. 2. Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento juridico de los Estados Partes por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.
XIX CMC, Florianópolis, 14/XII/00