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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución N° 533
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11/06/2006
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Fecha:
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17/07/2006
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Dependencia:
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RE-533-2006-ST
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Tema:
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Tema:
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TRANSPORTE AUTOMOTOR
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Asunto:
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Apruébanse
los nuevos valores de la documentación respaldatoria de la inspección técnico
- mecánica, efectuada a los vehículos de transporte de cargas y pasajeros de
jurisdicción nacional, y de transporte de cargas, pasajeros y de uso
particular de jurisdicción provincial y municipal.
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VISTO el Expediente Nº S01: EXP-S01:0215723/ 2006 del
Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
y
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CONSIDERANDO:
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Que
mediante la Resolución
Nº 417 de fecha 17 de septiembre de 1992 de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE se aprobó el "REGLAMENTO PARA LA INSPECCION TECNICA
DE LOS VEHICULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGAS DE JURISDICCION
NACIONAL" (Artículo 1º), creándose por la misma el REGISTRO NACIONAL DE
TALLERES DE INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y
CARGA.
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Que
la citada norma establece en el Artículo 9 del Anexo I, que los valores de la
documentación respaldatoria de la inspección técnico-mecánica de los
vehículos de transporte de cargas y pasajeros de jurisdicción nacional, será
fijado por la
CONSULTORA EJECUTIVA NACIONAL DEL TRANSPORTE, previa
aprobación de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE.
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Que
los actuales valores de la referida documentación, fueron fijados en el año
1993, comprendiendo los mismos el servicio de asistencia técnica que presta la CONSULTORA EJECUTIVA
NACIONAL DEL TRANSPORTE.
|
Que
tal como surge de las Notas de la CONSULTORA EJECUTIVA
NACIONAL DEL TRANSPORTE Nº 472 de fecha 31 de mayo, Nº 772 de fecha 5 de agosto,
Nº 893 de fecha 20 de septiembre y Nº 1179 de fecha 29 de diciembre, todas
del año 2005 y Nº 254 de fecha 12 de mayo de 2006, se ha verificado un
desfasaje entre los valores de la documentación que adquieren los titulares
de los talleres de verificación técnica, respecto de los reales costos
generales para su adquisición y confección; así como de los costos de
asistencia técnica en las tareas de administración, supervisión y auditoría
del sistema de inspección técnica de vehículos de transporte terrestre de
jurisdicción nacional, función primaria ejercida por la Consultora.
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Que
la SECRETARIA DE
TRANSPORTE ha suscripto Convenios de Asistencia Técnica con jurisdicciones provinciales
y municipales, a fin de que vehículos de transporte de cargas, pasajeros y
uso particular a ellas sujetas, efectúen los controles de verificación
técnico-mecánica en TALLERES DE INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS DE TRANSPORTE
DE PASAJEROS Y CARGA de jurisdicción nacional.
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Que
en virtud de las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar, en una
primera etapa los nuevos valores de la documentación adquirida por los titulares
de los talleres inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE TALLERES DE INSPECCION
TECNICA DE VEHICULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA, respaldatoria de la
inspección técnico- mecánica, efectuada a los vehículos de transporte de
cargas y pasajeros de jurisdicción nacional y de uso particular, y transporte
de cargas y pasajeros de jurisdicción provincial y municipal, en orden a los
convenios de asistencia técnica suscriptos en esa órbita.
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Que
la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido
por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
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Que
la presente Resolución se emite en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 24.449, el Decreto
Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995 y el Decreto Nº 1142 de fecha 28 de
noviembre de 2003.
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Por ello,
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EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE:
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Artículo
1º — Apruébanse los nuevos valores de la documentación respaldatoria de la
inspección técnico-mecánica, efectuada a los vehículos de transporte de
cargas y pasajeros de jurisdicción nacional, y de transporte de cargas,
pasajeros y de uso particular de jurisdicción provincial y municipal, que a
continuación se detallan:
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a)
Transporte de cargas y pasajeros de jurisdicción nacional: PESOS VEINTICUATRO
($ 24,00).
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b)
Transporte de cargas y pasajeros de jurisdicción provincial y municipal:
PESOS DIECIOCHO ($ 18,00).
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c)
Vehículos de uso particular de jurisdicción provincial y municipal: PESOS
SEIS ($ 6,00).
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Art.
2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Ricardo R. Jaime.
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