|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
Documento y Nro
|
Fecha
|
Publicado en:
|
Boletín/Of
|
Resolución n° 53
|
31/08/2006
|
Fecha:
|
04/09/2006
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
Dependencia:
|
RE-53-2006-DGA
|
Tema
|
|
Tema:
|
DIRECCION GENERAL DE
ADUANAS
|
Asunto:
|
NOBLE ARGENTINA S.A.
Prórroga de Habilitación Provisoria del Puerto Timbúes. Aduana de SAN
LORENZO.
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
VISTO: la Actuación SIGEA
Nº 12509-147-2006 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y
|
CONSIDERANDO:
|
Que por la citada actuación la firma NOBLE ARGENTINA
S.A. solicita la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter
provisorio por el término de NOVENTA (90) días mediante Resolución Nº 37/06
(DGA) del 24 de Mayo de 2006, al solo efecto de realizar operaciones de
exportación en el sector de atraque correspondiente al puerto particular de
esa empresa, ubicado sobre la margen derecha del Río CORONDA a la altura del
Kilómetro CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS (462), en la localidad de TIMBUES,
Provincia de SANTA FE.
|
Que se encuentra acreditada en autos la continuidad
de la situación que diera origen a la habilitación provisoria solicitada
mediante actuación SIGEA Nº 12509-147-2006, atento estar en trámite la habilitación
definitiva del puerto por parte de la Secretaría de Transporte (Expediente Nº
S01:0390325/2005).
|
Que en función de lo expuesto, resulta procedente
autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter
provisorio y por el término de NOVENTA (90) días, a contar desde el vencimiento
del plazo conferido por la
Resolución Nº 37/06 (DGA) del 24 de Mayo de 2006.
|
Que en autos ha tomado la debida intervención la División Aduana
de SAN LORENZO, la
Dirección Regional Aduanera ROSARIO y la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior de la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS.
|
Que la presente se dicta en ejercicio de las
facultades conferidas por el Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto
Nº 618 del 10 de Julio de 1997.
|
Por ello;
|
EL
DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:
|
ARTICULO 1º — Prorrogar la habilitación aduanera
otorgada al puerto de la firma NOBLE ARGENTINA S.A. mediante Resolución Nº
37/06 (DGA), por el término de NOVENTA (90) días, a contar desde el
vencimiento del plazo conferido, con igual carácter e idéntico alcance.
|
ARTICULO 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta
DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Dirección Regional
Aduanera ROSARIO y la
División Aduana de SAN LORENZO. — Dr. RICARDO ECHEGARAY,
Director General de Aduanas.
|
|
|