Detalle de la norma DC-56-2006-JGM
Decisión Nro. 56 Jefe Gabinete de Ministros
Organismo Jefe Gabinete de Ministros
Año 2006
Asunto Requisitos para ingreso Empleo Publico
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Decisión Nº 56

17/03/2006

Fecha:

 21/03/2006

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Dependencia:

DC-56-2006-EPN

Tema:

EMPLEO PUBLICO NACIONAL

Asunto:

Excepciones al requisito de nacionalidad para el ingreso a la Administración Pública Nacional establecido en el Art. 4º inciso a) del Anexo de la Ley Nº 25.164.

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VISTO: el Expediente Nº 8415/2005 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, los Decretos Nº 707 del 22 de junio de 2005 y Nº 577 del 7 de agosto de 2003, la Resolución SGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 4º inciso a) del Anexo de la Ley citada en el Visto de la presente prevé la excepción del cumplimiento del requisito de nacionalidad para el ingreso a la Administración Pública Nacional.

Que, asimismo, el artículo 9º del mencionado Anexo de la Ley prevé la contratación por tiempo determinado para prestar servicios de carácter transitorio o estacional.

Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 2º del Decreto Nº 707/05, las personas contratadas bajo el régimen establecido por el Decreto Nº 1184/01 con honorarios mensuales no superiores a los PESOS MIL QUINIENTOS DOCE ($ 1.512.-), por dedicación completa, deberán ser contratadas antes del 1º de octubre de 2005, mientras continúen las razones de servicio, mediante el régimen establecido por el artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164.

Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que los agentes de que se trata, reúnen los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa Nº 3/04 a los efectos de su equiparación a los Grados de los distintos Niveles del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa aprobado por Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo establecido en el Decreto Nº 577/03, y en orden a las facultades otorgadas por el artículo 4º inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Publico Nacional Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE

Artículo 1º — Dase por exceptuados a los señores, D. Teodoro Eduardo ROBERTO HILDE (D.N.I. Nº 93.606.299) de nacionalidad paraguaya, D. Juan Carlos RIVERA QUINTANA (D.N.I. Nº 93.888.184) de nacionalidad cubana y a D. Eduardo Omar SANTOS AVERAME (D.N.I. Nº 92.420.093) de nacionalidad uruguaya, del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la Administración Pública Nacional se encuentra establecido en el artículo 4º inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 2º — Dase por aprobada a partir del 1º de octubre de 2005 y hasta el 31 de diciembre de 2005, la contratación del personal a celebrarse en el marco del régimen de la Ley Nº 25.164, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Nº 707/05 y de acuerdo con el detalle obrante en la planilla que, como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3º — La presente medida produce la rescisión automática de todos los contratos que fueran oportunamente aprobados de acuerdo con lo previsto por Decreto Nº 1184/01, entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los agentes contratados por el artículo 2º de la presente decisión.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.078.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

 

NOTA LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO