Detalle de la norma RE-518-1996-ANA
Resolución Nro. 518 Administración Nacional de Aduanas
Organismo Administración Nacional de Aduanas
Año 1996
Asunto Artículos de higiene y tocador, cosméticos. Intervención de la ANMAT.
Boletín Oficial
Fecha: 23/02/1996
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 518

14/02/1996

Fecha:

 23/02/1996

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Dependencia:

RE-518-1996-ANA

Tema LOA:

0105 

Tema:

Artículos de higiene y tocador, cosméticos. Importación. Intervención de la ANMAT.

Asunto:

Adecúase el ordenamiento al a NCM vigente a partir del 1/1/96.

 

 

 

VISTO la Resolución A.N.A. N° 2016/93 relativa a mercaderías consideradas artículos de higiene y tocador, cosméticos y perfumes, sujetas a la intervención de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA DE SALUD Y REGULACION SANITARIA, y

CONSIDERANDO: Que, con motivo de la actualización de la Nomenclatura Común

de MERCOSUR (NCM) vigente a partir del 1o de enero de 1996 y la Disposición N° 2305/95, corresponde su adecuación.

Que la presente se dicta en uso de la facultad conferida por el Artículo 23, inciso i) de la Ley 22.415.

Por ello,

El Administrador Nacional de Aduanas resuelve:

ARTICULO 1o - Aprobar el ANEXO I "A" de la presente que reemplaza al ANEXO I de la Resolución A.N.A. N° 2016/93.

ART. 2o - Derogar el ANEXO I de la Resolución A.N.A N° 2016/93.

ART. 3o - De forma.

 

ANEXO I "A"

NOMINA DE SUBPARTIDAS CON AUTORIZACION DE IMPORTACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

 

NCM

OBSERVACIONES

3303.00

 

3304.10

 

3304.20

 

3304.30

 

3304.91

 

3304.99

 

3305.10

 

3305.20

 

3305.30

 

3305.90

 

3306.10

 

3306.20

 

3306.90

 

3307.10

 

3307.20

 

3307.30

 

3307.90

Excepto disoluciones que se destinen a la limpieza, desinfección y humectación de lentes de contacto y/o de ojos artificiales.

3401.11

 

3401.20

Unicamente de tocador.

9505.90

Unicamente nieve artificial o similares, acondicionados en envases presurizados con diferentes propelentes, usados en cotillón.

 

NOTA:

El original del ANEXO I fue aprobado por Resolución A.N.A. N° 2016/93.

La primera modificación fue aprobada por Resolución A.N.A. N° 262/94.

Esta es la segunda modificación aprobada por Resolución A.N.A. N° 518/96.

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-2016-1993-ANA Anexo I Importación - Artículos de Higiene y Tocador