|
|
Documento y Nro
|
Fecha
|
Publicado en:
|
Boletín/Of
|
Aviso n° 23 |
19/09/2002 |
Fecha:
|
|
|
|
Dependencia:
|
AV-23-2002-DGA |
Tema:
|
Norma no publicada
en los Boletines de la DGA |
Asunto:
|
Aviso 20/02
(DI TECN) _ Modificaciones a la posición arancelaria 1515.90.10.000
implementadas por el Decreto 690/02 |
|
|
Buenos
Aires, 19 SET 2002 |
Visto lo dispuesto mediante el Aviso mencionado en el
Asunto y, |
CONSIDERANDO: que con la entrada en vigencia de
la Resolución General
AFIP 1342 se ha dejado sin efecto
la Declaración Jurada
(DEJU), se informa que, a los fines de registrar las destinaciones de
exportación para consumo de las mercaderías en cuestión, corresponde
autorizar a que se continúe utilizando
la Autoliquidación Libre
(LM-000), aplicando sólo el 5% en concepto de derechos de exportación. |
Queda
bien entendido que la responsabilidad del exportador por el pago de los
derechos de exportación emergentes del Decreto 690/02, subsistirá hasta que
la Dirección de Promoción
de las Exportaciones dé cumplimiento a lo establecido en su Nota N? 316/02,
recaída en el expediente ADGA N? 413.927/02. |
En
función a lo previsto en el punto I del Anexo IX de
la Resolución General
AFIP 1161, para
la
Autoliquidación Libre (LM-000), en lo que respecta al
número del expediente se declarará el 413.927/02 y como Acto Dispositivo, el
número del presente Aviso. |
Por
lo expuesto, queda sin efecto lo establecido en el Aviso 20/02 (DI TECN). |
Publíquese
en el Boletín de
la
Dirección General de Aduanas. |
Firmado: |
Pedro Girondin |
Director de Técnica |
|