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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 49 |
24/09/1993
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Fecha: |
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Dependencia: |
RE-49-1993-GMC
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Tema: |
MERCOSUR
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Asunto: |
NORMAS TECNICAS
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VISTO: El Art 13 del Tratado de Asunción, el Art 10 de la Decisión Nº 4/91 del
Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº 39/93 del Subgrupo de
Trabajo Nº 3 "Normas Técnicas”. |
CONSIDERANDO: |
Que
los Estados Partes acordaron liberar los contenidos líquidos de las mayonesas
y salsas similares a mayonesas y la forma de indicar en las etiquetas las
indicaciones cuantitativas. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art 1- La comercialización en el ámbito del MERCOSUR de mayonesas
y salsas similares no será prohibida ni restringida por razones de contenidos
líquidos. |
Art 2- Las indicaciones cuantitativas deberán estar
indicadas en la cara principal de la etiqueta precedidas de las unidades de
masa/volumen o de volumen/masa indistintamente. |
Art 3- La presente Resolución entrará en vigor el 1 de
enero de 1995. |
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