Documento y Nro
Fecha
Publicado en:
Boletín/Of
Decisión Nº 50
15/12/2008
Fecha:
Dependencia:
DC-50-2008-CMC
Tema:
MERCOSUR
Asunto:
FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR MODIFICACIÓN DE LA DECISIÓN CMC Nº 24/05
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 45/04,18/05 y 24/05 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por medio de las Decisiones CMC Nº 45/04 y 18/05 fue creado el Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).
Que el Artículo 23 del Anexo de la Decisión CMC Nº 24/05, que aprueba el Reglamento del FOCEM, establece que para financiar los gastos de funcionamiento de la Unidad Técnica FOCEM de la Secretaría del MERCOSUR (UTF/SM), se empleará una suma anual máxima equivalente al 0,5% del monto total establecido en el Artículo 6 de la Decisión CMC Nº 18/05.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 – Elevar la suma anual máxima destinada a financiar los gastos de funcionamiento de la UTF/SM previsto en el Articulo 23 del Anexo de la Decisión CMC N° 24/05 hasta el equivalente al 0,75% del monto total establecido en el Artículo 6 de la Decisión CMC Nº 18/05.
Art. 2 – Esta Decisión deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 31/03/2009.
XXXVI CMC – Salvador, 15/XII/08