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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 42 |
20/06/2008 |
Fecha: |
25/06/2008 |
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Dependencia: |
RE-42-2008-DGA
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Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Prórroga de Habilitación Provisoria
Muelle Cerealero. Aduana de Campana. |
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VISTO:
la
Actuación SIGEA Nº
12579-100-2007 del registro de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por la citada actuación la firma MOLCA S.A. CUIT Nº 30-70130568-6 solicita
una nueva prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter
provisorio mediante Resolución Nº 20/2008 (DGA), para la atención aduanera
del Muelle de Cereales, ubicado al norte del predio que la empresa posee a la
altura del km. CIENTO VEINTITRES (123), margen derecha del Río Paraná de Las
Palmas, con acceso sobre Ruta Nacional Nº 9 (Panamericana), km. NOVENTA Y SEIS
CON SESENTA Y OCHO (96,68) de la localidad de Zárate, Provincia de Buenos Aires,
en jurisdicción de
la Aduana
de Campana. |
Que se encuentra acreditada en autos la continuidad
de la situación que diera origen a la habilitación provisoria solicitada,
atento estar en trámite la habilitación definitiva del puerto por parte de
la Secretaría de Transporte
(Expediente Nº S01:0347539/2006). |
Que en autos ha tomado la debida intervención
la División Aduana
de Campana,
la
Dirección Regional Aduanera
La Plata y
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras de Interior. |
Que
en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la
habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio y por el
término de TREINTA (30) días, a contar desde el vencimiento del plazo otorgado
por
la Resolución Nº 20/08 (DGA). |
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del
10 de julio de 1997. |
Por
ello, |
LA
DIRECTORA GENERAL DE
LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE: |
Artículo 1º — Prorrogar la habilitación aduanera provisoria
otorgada al Muelle Cerealero de la firma MOLCA S.A. CUIT Nº 30-70130568-6
mediante Resolución Nº 20/08 (DGA), por el término de TREINTA (30) días, a
contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta última, con igual
carácter e idéntico alcance. |
Art. 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta
Dirección General. Tome conocimiento
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior y
la Dirección Regional
Aduanera
La Plata.
Remítase a
la División Aduana de Campana para su conocimiento
y notificación. — Silvina Tirabassi. |
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