Detalle de la norma RE-4-2004-DGA
Resolución Nro. 4 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2004
Asunto Resguardo Jurisdiccional - en la localidad de Salto
Boletín Oficial
Fecha: 11/03/2004
Detalle de la norma
-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

B/Of  30358

Resolución n° 4

04/03/2004

               Fecha:

11/03/2004

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Dependencia:

RE-4-2004-DGA

Tema:

Resguardo Jurisdiccional en la localidad de Salto

Asunto:

Habilitación Resguardo Jurisdiccional en la localidad de Salto. Provincia de Buenos Aires.

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

VISTO, que por actuaciones registradas como SICOEX Nº 15935-334-03 que tramitara la instalación y habilitación de un Resguardo jurisdiccional en la ciudad de SALTO, provincia de BUENOS AIRES, dependiente de la División Aduana de SAN PEDRO en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera LA PLATA, y

CONSIDERANDO:

Que la misma fuera concedida por Resolución Nº 0025/2003 (DGA) de fecha 4 de septiembre de 2003, por el lapso de TRES (3 meses, prorrogable por igual período, hecho concretado por Resolución Nº 032/2003 (DGA) de fecha 3 de diciembre de 2003 con vencimiento el próximo 5 de marzo de 2004.

Que la operatoria desarrollada en dicho Resguardo Jurisdiccional desde la fecha en que efectivamente comenzara la misma, conforme surge de los antecedentes aportados por la División Aduana de SAN PEDRO y que obran en autos, amerita suficientemente su habilitación definitiva.

Que la habilitación que se concede ha sido evaluada en función al volumen de operaciones que se han registrado en la zona, las que por información proporcionada por las empresas allí establecidas, se mantendrán e incrementarán en el período futuro, dado que la mayoría se dedican a la exportación de productos agrícolas.

Que en autos ha tomado la debida intervención la División Aduana SAN PEDRO, la Dirección Regional Aduanera LA PLATA, las Subdirecciones Generales de Legal y Técnica Aduanera y de Operaciones Aduaneras del Interior de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.

Que la presente se dicta en ejercicio de la facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1° — Habilitar a partir del día 5 de marzo de 2004 el Resguardo Jurisdiccional en la localidad de SALTO, provincia de BUENOS AIRES, dependiente de la División Aduana de SAN PEDRO, jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera LA PLATA, el que será atendido en su funcionamiento por personal aduanero designado al  efecto.

Art. 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera LA PLATA

y la División Aduana SAN PEDRO. — José A. Sbattella