Detalle de la norma RE-4045-1981-ANA
Resolución Nro. 4045 Administración Nacional de Aduanas
Organismo Administración Nacional de Aduanas
Año 1981
Asunto Intervención DNC para combustible de rancho
Boletín Oficial
Fecha: 11/05/2009
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 4045

08/10/1981

Fecha:

 24/10/1981

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Dependencia:

RE-4045-1981-ANA

Tema LOA:

0021 

Tema:

ADUANAS

Asunto:

Intervención previa de la D.N.C. en las solicitudes de embarque de combustibles para "Rancho".

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VISTO lo peticionado por la Capitanía del Puerto de Bahía Blanca con respecto a los embarques de combustible; y

CONSIDERANDO: Que es factible agilizar el trámite de los mismos, dado la conformidad de la Dirección Nacional de Combustibles a que la empresa cargadora le adelante el trámite mediante solicitud vía télex y la correspondiente autorización de esa institución por la misma vía;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23 - Inciso i) del Código Aduanero, Ley N° 22.415;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS RESUELVE:

ARTICULO 1°- Aprobar las normas referidas a la intervención previa de la Dirección Nacional de Combustibles en las Solicitudes de Embarque (Rancho-Combustibles) que se detallan en el Anexo "A" de la presente resolución, y que se integrará como Anexo VI de la Resolución N° 1787/78 (BANA N° 98/78).

ARTICULO 2°- De forma.

 

ANEXO I "A"

RESOLUCION N° 4045/81 ANEXO "A"

- De la Intervención de la Dirección Nacional de Combustibles en el Permiso de Embarque (Rancho-Combustibles).

1- Con relación a las operaciones referidas en el Punto III, Artículo 10° de la presente resolución, la intervención previa de la Dirección Nacional de Combustibles en el Permiso de Embarque (Rancho-Combustibles) que exigen las normas vigentes, podrá ser adelantada mediante télex por la referida Dirección, directamente a la Aduana interviniente, cuando la empresa cargadora solicite la autorización del caso, también vía télex, al citado Organismo.

Este adelanto de autorización no reemplaza la intervención de la Dirección Nacional de Combustibles en el cuerpo de la documentación aduanera.

2- El télex con la autorización referida en 1, se agregará a la matriz del Permiso de Embarque, a la espera de la presentación de un ejemplar "0" intervenido por la Dirección Nacional de Combustibles.

3- Cumplido el embarque los interesados gestionarán en un ejemplar "0" la intervención que compete a la Dirección Nacional de Combustibles, que presentarán a la Aduana interviniente para su agregación al Permiso de Embarque que se encuentra en reserva.

4- Las empresas que tuvieren pendientes de presentación algún Permiso de Embarque intervenido por la Dirección Nacional de Combustibles, serán excluidos de la facilidad que se implementa, debiendo ajustarse a la obligación de intervención previa en el Permiso de Embarque.

 

NOTA:

El presente Anexo aprobado por Resolución RGEXTA N° 4.045/81, se incorpora como Anexo VI de la Resolución RGEXTA N° 1787/78 (BANA N°98/78).

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-3548-2013-AFIP Deroga Declaración de rancho, provisiones de a bordo y suministros de medios de transporte acuáticos y aéreos
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-1787-1978-ANA Anexo VI Régimen de Rancho