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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución n° 40
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28/11/2008
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Fecha:
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29/06/2009 |
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Dependencia:
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RE-40-2008-GMC
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Tema:
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MERCOSUR
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Asunto:
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SUB-ESTÁNDAR 3. 7. 19 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA VITIS
VINIFERA (VID) SEGÚN PAÍS DE DESTINO
Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 53/05)
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº
06/96 y 20/02 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 53/05
del Grupo Mercado Común.
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CONSIDERANDO:
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Que
por Resolución GMC Nº 53/05, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Vitis vinifera (vid) a ser
aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.
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Que
es necesario proceder a la actualización de los requisitos antes indicados,
teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.
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EL
GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
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Art.
1 - Aprobar el “Sub-estándar 3. 7. 19 Requisitos Fitosanitarios para Vitis vinifera (vid) según País
de Destino y Origen, para los Estados Partes”, que figura como Anexo y forma
parte de la presente Resolución.
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Art.
2 - Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la
presente Resolución son:
|
Argentina:
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA
|
Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA
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Brasil:
Ministério da Agricultura, Pecuária
e Abastecimento
- MAPA
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Secretaria
de Defesa Agropecuária -
SDA
|
Paraguay:
Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG
|
Servicio
Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE
|
Uruguay:
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP
|
Dirección
General de Servicios Agrícolas - DGSA
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Art.
3 - Derogar la
Resolución GMC N° 53/05.
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Art.
4 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus
ordenamientos jurídicos internos antes del 01/VIII/09.
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LXXIV
GMC - Brasilia, 28/XI/08.
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SUB-ESTÀNDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
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SECCIÒN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS
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3.7.19.
Requisitos Fitosanitarios para Vitis vinifera (vid) según País de Destino y Origen, para los
Estados Partes
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2008
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I- INTRODUCCIÓN
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1.- ÁMBITO
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Este
Sub-estándar presenta los requisitos
fitosanitarios, armonizados, aplicados
por las ONPFs de los Estados Partes en el
intercambio regional, para Vitis vinifera (vid).
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2.- REFERENCIAS
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Estandar
3.7 Requisitos Fitosanitarios
Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales,
2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.
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Listado
Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2006.
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Listados
Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados
Partes, 2008.
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Análisis
de Riesgo de Plagas para Aleurocanthus woglumi, 2006.
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3.-
DESCRIPCIÓN
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Este
Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios
armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados
Partes en el intercambio regional, para Vitis vinifera (vid), en sus diferentes presentaciones y
organizados por país de destino y origen
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II. 19. A. PAÍS DE DESTINO: ARGENTINA
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REQUISITOS FITOSANITARIOS
PARA Vitis vinifera
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CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas) y VITVI 2 01 01
01 4 (Barbados)
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Requisitos
fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a
CPE bajo condiciones pre-establecidas.
R11 – Las plantas y los
barbados deben estar libres de suelo.
R12 – Deberá dar
cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución SAGPyA Nº 742/2001.
|
Declaraciones
Adicionales:
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Para Brasil:
DA10 – Las plantas o
barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación
fitosanitaria aprobados por la
ONPF de Argentina para Grapevine
rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B y Xylella
fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes,
encontrándose libres de esas plagas.
o
DA13 – Las plantas o
barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B,
y Xylella fastidiosa.
y
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Pythium splendens, Pratylenchus coffeae, Rotylenchulus reniformis y Thrips palmi.
o
DA15 - El envío se
encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Pythium splendens, Pratylenchus coffeae, Rotylenchulus reniformis y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial
de laboratorio Nº ( ).
Para Paraguay:
DA10 – Las plantas o
barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación
fitosanitaria aprobados por la
ONPF de Argentina para Xylella
fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes,
encontrándose libres de esa plaga.
o
DA13 – Las plantas o
barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa.
y
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Pratylenchus coffeae y Rotylenchulus reniformis.
o
DA15 - El envío se
encuentra libre de Pratylenchus coffeae y Rotylenchulus reniformis, de acuerdo con el resultado del análisis
oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones Adicionales
para Uruguay.
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CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos: VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a
CPE bajo condiciones pre-establecidas.
R12 – Deberá dar
cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución SAGPyA Nº 742/2001.
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Declaraciones
Adicionales:
|
Para Brasil:
DA10 – Las estacas sin raíz
fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria
aprobados por la ONPF
de Argentina para Grapevine rugose
wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B y
Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores
apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas.
o
DA13 – Las estacas sin
raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine
rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B, y Xylella
fastidiosa
y
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus y Thrips palmi.
o
DA15 - El envío se
encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial
de laboratorio Nº ( ).
Para Paraguay:
DA10 – Las estacas sin
raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria
aprobados por la ONPF
de Argentina para Xylella fastidiosa, utilizándose
indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa
plaga.
o
DA13 – Las estacas sin
raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella
fastidiosa.
No hay Declaraciones
Adicionales para Uruguay.
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CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos: VITVI 2 10 13 01
4 (Plantas “in vitro”)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
R12 – Deberá dar
cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución SAGPyA Nº 742/2001.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
Para Brasil:
DA13 – Las plantas “in vitro” provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B y
Xylella fastidiosa.
Para Paraguay:
DA13 – Las plantas “in vitro” provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa.
No hay Declaraciones
Adicionales para Uruguay.
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CATEGORÍA 3
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CLASE 4: FRUTAS Y
HORTALIZAS
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Código: VITVI 1 08 01 04
3 (Fruta fresca)
|
Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
Para Brasil:
DA15 – El envío se
encuentra libre de Brevipalpus californicus y Thrips palmi, de acuerdo con el análisis oficial de
laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones
Adicionales para Paraguay ni Uruguay.
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CATEGORÍA 2
|
CLASE 10: Otros.
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Códigos: VITVI 1 08 02 10
2 (Fruto seco - Pasas).
|
Requisitos fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
No hay Declaraciones
Adicionales para Brasil, Paraguay ni Uruguay.
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II. 19. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL
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REQUISITOS FITOSANITARIOS
PARA Vitis vinifera
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CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
|
Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas) y VITVI 2 01 01
01 4 (Barbados)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R0 – Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a
CPE bajo condiciones pre-establecidas.
R11 – Las plantas y
barbados deben estar libres de suelo.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
Para Argentina:
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Pratylenchus thornei.
o
DA15 - El envío se
encuentra libre de Pratylenchus thornei, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº
( ).
No hay Declaraciones
Adicionales para Paraguay ni Uruguay.
|
CATEGORÍA 4
|
CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos: VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de Re-Exportación si
corresponde).
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a
CPE bajo condiciones pre-establecidas.
|
Declaraciones Adicionales:
|
No hay Declaraciones
Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay.
|
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|
CATEGORÍA 4
|
CLASE 1: PLANTAS.
|
Códigos: VITVI 2 10 13 01
4 (Plantas “in vitro”)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde)
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
No hay Declaraciones
Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay.
|
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CATEGORÍA 3
|
CLASE 4: FRUTAS Y
HORTALIZAS
|
Código: VITVI 1 08 01 04
3 (Fruta fresca)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde).
R1 – Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
No hay Declaraciones
Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay.
|
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CATEGORÍA 2
|
CLASE 10: Otros.
|
Código: VITVI 1 08 02 10
2 (Fruto seco - Pasas)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
No hay Declaraciones
Adicionales para Argentina, Paraguay ni Uruguay.
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II. 19. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY
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REQUISITOS FITOSANITARIOS
PARA Vitis vinifera
|
CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas), VITVI 2 01 01
01 4 (Barbados)
y VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a
CPE bajo condiciones pre-establecidas.
R11 – Las plantas y los
barbados deben estar libres de suelo.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
Para Argentina:
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Guignardia
bidwellii.
o
DA15 - El envío se
encuentra libre de Guignardia bidwellii,
de acuerdo con el resultado del
análisis oficial de laboratorio Nº (
).
Para Brasil:
DA10 – Las plantas o los
barbados o las estacas sin raíz fueron producidas bajo procedimientos de
certificación fitosanitaria aprobados por la ONPF de Paraguay para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) y Grapevine virus A y
B, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose
libres de esas plagas.
o
DA13 – Las plantas o los
barbados o las estacas sin raíz provienen de plantas madres indexadas
libres de Grapevine rugose
wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) y Grapevine virus A y
B.
y
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Guignardia bidwellii y Thrips palmi.
o
DA15 - El envío se encuentra
libre de Aleurocanthus woglumi,
Brevipalpus californicus,
Guignardia bidwellii y Thrips palmi, de acuerdo con
el resultado del análisis oficial de
laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones
Adicionales para Uruguay.
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CATEGORÍA 4
|
CLASE 1: PLANTAS.
|
Código: VITVI 2 10 13 01
4 (Plantas “in vitro”)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R0 – Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
Para Brasil:
DA13 – Las plantas “in vitro” provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B.
No hay Declaraciones
Adicionales para Argentina ni Uruguay.
|
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CATEGORÍA 3
|
CLASE 4: FRUTAS Y
HORTALIZAS
|
Código: VITVI 1 08 01 04
3 (Fruta fresca)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
Para Brasil:
DA15 – El envío se
encuentra libre de Brevipalpus californicus y Thrips palmi, de acuerdo con el análisis oficial de
laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones
Adicionales para Argentina ni Uruguay.
|
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CATEGORÍA 2
|
CLASE 10: Otros.
|
Código: VITVI 1 08 02 10
2 (Fruto seco - Pasas)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
No hay Declaraciones
Adicionales para Argentina, Brasil ni Uruguay.
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II. 19. D. PAÍS DE DESTINO:
URUGUAY
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REQUISITOS FITOSANITARIOS
PARA Vitis vinifera
|
CATEGORÍA 4
|
CLASE 1: PLANTAS
|
Códigos: VITVI 2 10 01 01 4 (Plantas) y VITVI 2 01 01
01 4 (Barbados)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a
CPE bajo condiciones pre-establecidas.
R11 – Las plantas y
barbados deben estar libres de suelo.
R12 - Estándares
Específicos para Producción de Materiales de Propagación de Vid (Vitis spp.) de Uruguay,
Resolución Ministerial Nº 3040 de fecha 14 de julio de 2006.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
Para Argentina:
DA15 – El envío se
encuentra libre de Grapevine leaf
roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado
del análisis oficial de laboratorio Nº (
).
y
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Hemiberlesia lataniae, Tylenchulus semipenetrans y Pythium vexans.
o
DA15 - El envío se
encuentra libre de Hemiberlesia lataniae, Tylenchulus semipenetrans y Pythium vexans, de
acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ).
Para Brasil:
DA10 – Las plantas o
barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación
fitosanitaria aprobados por la
ONPF de Uruguay para Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark) Grapevine virus A y B y Xylella
fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes,
encontrándose libres de esas plagas.
o
DA13 – Las plantas o
barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B
y Xylella fastidiosa.
y
DA15 – El envío se
encuentra libre de Grapevine leaf
roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado
del análisis oficial de laboratorio Nº (
).
y
DA10 – Las plantas o
barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación
fitosanitaria aprobados por la
ONPF de Uruguay para Rhizobium vitis, utilizándose indicadores apropiados o métodos
equivalentes, encontrándose libres de esa plaga.
o
DA5 - El vivero fue sometido
a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo vegetativo y no
se ha detectado Rhizobium vitis.
y
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae, Pratylenchus coffeae, Pythium vexans, Thrips palmi y Tylenchulus semipenetrans.
o
DA15 - El envío se
encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae, Pratylenchus coffeae, Pythium vexans, Thrips palmi y Tylenchulus semipenetrans, de acuerdo con el resultado del análisis
oficial de laboratorio Nº ( ).
Para Paraguay:
DA10 – Las plantas o
barbados fueron producidos bajo procedimientos de certificación
fitosanitaria aprobados por la
ONPF de Uruguay para Xylella
fastidiosa, utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes,
encontrándose libres de esas plagas.
DA13 – Las plantas o
barbados provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella fastidiosa.
y
DA15 – El envío se
encuentra libre de Grapevine leaf
roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado
del análisis oficial de laboratorio Nº (
).
y
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Pratylenchus coffeae.
o
DA15 - El envío se
encuentra libre de Pratylenchus coffeae, de acuerdo con el resultado del análisis
oficial de laboratorio Nº ( ).
|
CATEGORÍA 4
|
CLASE 1: PLANTAS
|
Códigos: VITVI 2 04 01 01 4 (Estacas sin raíz)
|
Requisitos
fitosanitarios:
|
R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
R9 - Producto sujeto a
CPE bajo condiciones pre-establecidas.
R12 - Estándares
Específicos para Producción de Materiales de Propagación de Vid (Vitis spp.) de Uruguay,
Resolución Ministerial Nº 3040 de fecha 14 de julio de 2006.
|
Declaraciones
Adicionales:
|
Para Argentina:
DA15 – El envío se
encuentra libre de Grapevine leaf
roll virus tipo I, de acuerdo con el resultado
del análisis oficial de laboratorio Nº (
).
y
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Hemiberlesia lataniae.
o
DA15 - El envío se
encuentra libre de Hemiberlesia lataniae, de
acuerdo con el resultado del
análisis oficial de laboratorio Nº (
).
Para Brasil:
DA10 – Las estacas sin
raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria
aprobados por la ONPF
de Uruguay para Grapevine rugose
wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B
y Xylella fastidiosa, utilizándose indicadores
apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esas plagas.
o
DA13 – Las estacas sin
raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine
rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B y Xylella
fastidiosa.
y
DA15 – El envío se
encuentra libre de Grapevine leaf
roll virus tipo I, de acuerdo con el análisis
oficial de laboratorio Nº ( ).
y
DA10 – Las estacas sin
raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria
aprobados por la ONPF
de Uruguay para Rhizobium vitis,
utilizándose indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose
libres de esa plaga.
o
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Rhizobium vitis.
y
DA5 - El vivero fue
sometido a inspección oficial durante al menos una vez en el ciclo
vegetativo y no se ha detectado Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae y Thrips palmi.
o
DA15 - El envío se
encuentra libre de Aleurocanthus woglumi, Brevipalpus californicus, Hemiberlesia lataniae y Thrips palmi, de acuerdo con el resultado del análisis oficial
de laboratorio Nº ( ).
Para Paraguay:
DA10 – Las estacas sin
raíz fueron producidas bajo procedimientos de certificación fitosanitaria
aprobados por la ONPF
de Uruguay para Xylella fastidiosa, utilizándose
indicadores apropiados o métodos equivalentes, encontrándose libres de esa
plaga.
o
DA13 – Las estacas sin
raíz provienen de plantas madres indexadas libres de Xylella
fastidiosa.
y
DA15 – El envío se
encuentra libre de Grapevine leaf
roll virus tipo I, de acuerdo con el análisis
oficial de laboratorio Nº ( ).
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CATEGORÍA 4
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CLASE 1: PLANTAS.
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Código: VITVI 2 10 13 01
4 (Plantas “in vitro”)
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Requisitos fitosanitarios:
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R0 – Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
R12 - Estándares
Específicos para Producción de Materiales de Propagación de Vid (Vitis spp.) de Uruguay,
Resolución Ministerial Nº 3040 de fecha 14 de julio de 2006.
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Declaraciones
Adicionales:
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Para Argentina:
DA13 – Las plantas “in vitro” provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine leaf roll virus tipo I.
Para Brasil:
DA13 - Las plantas “in vitro” provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine rugose wood complex disease (Rupestris stem pitting, Kober stem grooving, LN33 stem grooving, Corky bark), Grapevine virus A y B,
Grapevine leaf roll virus tipo I y Xylella
fastidiosa.
Para Paraguay:
DA13 - Las plantas “in vitro” provienen de plantas madres indexadas libres de Grapevine leaf roll virus tipo I y Xylella
fastidiosa.
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CATEGORÍA 3
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CLASE 4: FRUTAS Y
HORTALIZAS
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Código: VITVI 1 08 01 04
3 (Fruta fresca)
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Requisitos
fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde), donde se certifiquen las Declaraciones
Adicionales solicitadas.
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
R4 - Producto sujeto a
Análisis Oficial de Laboratorio al ingreso.
R8 - Ingresará a Depósito
Cuarentenario bajo control oficial.
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Declaraciones
Adicionales:
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Para Brasil:
DA15 - El envío se encuentra
libre de Brevipalpus californicus
y Thrips palmi, de
acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio Nº ( ).
No hay Declaraciones
Adicionales para Argentina ni Paraguay.
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CATEGORÍA 2
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CLASE 10: Otros.
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Código: VITVI 1 08 02 10
2 (Fruto seco - Pasas)
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Requisitos
fitosanitarios:
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R0 - Requiere Permiso
Fitosanitario de Importación.
R2 - El envío debe venir
acompañado por el Certificado Fitosanitario - CF (o por el CF de
Re-Exportación si corresponde).
R1 - Requiere inspección
fitosanitaria al ingreso.
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Declaraciones
Adicionales:
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No hay Declaraciones
Adicionales para Argentina, Brasil ni Paraguay.
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