Detalle de la norma RE-40-2008-DGA
Resolución Nro. 40 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2008
Asunto Operatoria Paso Fronterizo. Pichachen
Boletín Oficial
31429 Fecha: 04/06/2008
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 40

17/06/2008

Fecha:

19/06/2008

 

Dependencia:

RE-40-2008-DGA

Tema:

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Asunto:

Operatoria Paso Fronterizo. Pichachen.

 

VISTO: la ACTUACION SIGEA AFIP Nº 12374– 180/2006 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:  

Que por la actuación citada en el VISTO se tramita el recupero del control aduanero en el Paso Fronterizo PICHACHEN, en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera BAHIA BLANCA - División Aduana de NEUQUEN.

Que la decisión se ha basado fundamentalmente en razones de índole operativa, ante la necesidad de eficientizar la atención del turismo internacional, como así también contar con presencia efectiva y permanente para realizar tareas de control operativo en atención a la proximidad existente con las operaciones de comercio exterior vinculada con las explotaciones de minerales y gas de la zona.

Que las razones expuestas en el considerando anterior han sido exteriorizadas por la Cámara de Comercio, Industria, Producción y Turismo de Chos Malal provincia del Neuquén, quienes han manifestado la necesidad de contar con la presencia de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ante el creciente movimiento de personas y vehículos que se han registrado en los últimos períodos, resultando conveniente extender la habilitación para la operatoria de cargas.

Que a tal fin, como resultado del análisis y evaluación de la situación expuesta, la Dirección Regional Aduanera BAHIA BLANCA ha sugerido retomar el control aduanero en el Paso Fronterizo PICHACHEN, en jurisdicción de la División Aduana de NEUQUEN, actualmente delegado en GENDARMERIA NACIONAL mediante Resolución General Nº 2137 AFIP Anexo I y ampliar la habilitación del mismo para la operatoria de cargas.

Que se hace necesario que el Departamento Mercosur y Asuntos de Frontera, actualice la Resolución General Nº 2137 AFIP, Anexo I, a los fines de mantener en un único acto administrativo la totalidad de los Pasos Fronterizos habilitados con la República de Chile.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º — Retomar el control aduanero en el Paso Fronterizo PICHACHEN, en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera BAHIA BLANCA – División Aduana de NEUQUEN.

Art. 2º — Ampliar la habilitación del Paso Fronterizo PICHACHEN para la operatoria de carga. Art. 3º — Autorizar a la Dirección Regional Aduanera BAHIA BLANCA – División Aduana de NEUQUEN a que se adopten los recaudos pertinentes a fin de gestionar la asignación de los recursos humanos y provisión de recursos materiales a los fines de habilitar el funcionamiento del Paso Fronterizo en trato.

Art. 4º — Establecer que por el Departamento Mercosur y Asuntos de Frontera se canalizará la actualización del Anexo I de la Resolución General Nº 2137 AFIP.

Art. 5º — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido, archívese. — Silvina Tirabassi.