Detalle de la norma DC-43-2008-CMC
Decisión Nro. 43 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 2008
Asunto Comisión Asesora para la Implementación del Fondo MERCOSUR de Garantías para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Decisión Nº 43

15/12/2008

Fecha:

 
 

Dependencia:

DC-43-2008-CMC

Tema:

MERCOSUR

Asunto:

COMISIÓN ASESORA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL FONDO MERCOSUR DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones 22/07, 12/08, 13/08, 41/08 y 42/08 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que en el Comunicado Conjunto del 21 de julio de 2006 los Presidentes instruyeron a los Ministros de las áreas vinculadas con la producción, a definir las pautas que conformarán el Plan de Desarrollo e Integración Productiva Regional.

Que el Consejo del Mercado Común, por Decisión CMC Nº 12/08, aprobó el Programa de Integración Productiva del MERCOSUR.

Que la creación de instrumentos para estímulo y promoción de las  inversiones en el sector productivo es fundamental para la consolidación del proceso de integración.

Que los beneficios de la integración regional deben llegar igualmente a las micro, pequeñas y medianas empresas, a fin de estimular la complementariedad productiva en el MERCOSUR, consolidando el aumento de la competitividad de los sectores productivos de los Estados Partes.

Que por Decisión CMC Nº 13/08, el Consejo del Mercado Común determinó la creación del Fondo MERCOSUR de Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas que participen en iniciativas de integración productiva, el cual, en su primera fase, instrumentará un Sistema de Garantías.

Que por Decisión CMC Nº 41/08, el Consejo del Mercado Común creó el Fondo MERCOSUR de Garantías para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que por Decisión CMC Nº 42/08, el Consejo del Mercado Común aprobó el Estatuto de dicho Fondo de Garantías.

Que es de extrema importancia dar continuidad a los trabajos de reglamentación e implementación del Fondo de Garantías.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:

Art. 1 – Constituir la Comisión Asesora para la Implementación del Fondo MERCOSUR de Garantías para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, la cual dará continuidad inmediata a los trabajos para su implementación.

Art. 2 – La Comisión Asesora mencionada en el Artículo 1 será integrada por un representante titular y un representante suplente de cada Estado Parte.

Art. 3 – Corresponderá a la Comisión asesorar al Grupo Ad Hoc sobre el Fondo de Apoyo a Pequeñas y Medianas Empresas del MERCOSUR, creado por la Decisión CMC 13/08, en las siguientes tareas:

Elaborar una propuesta de Reglamento del Fondo de Garantías;

Trabajar para la definición de los términos para la contratación del Operador del Fondo de Garantías; y

Trabajar para la definición de los términos para la contratación de auditoría independiente para la evaluación periódica del Fondo de Garantías.

Art. 4 – En el desarrollo de sus trabajos, el Grupo Ad Hoc observará, en lo que corresponda, los objetivos y parámetros establecidos por el Estatuto del Fondo de Garantías, aprobado por la  Decisión CMC No 42/08.

Art. 5 – Una vez que entren en vigencia las Decisiones CMC Nº 41/08 y 42/08, y asuma sus funciones el Consejo de Administración en los términos de la Decisión CMC 42/08, la Comisión Asesora para la implementación del Fondo cesará en sus funciones.

Art. 6 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXXVI CMC - Salvador, 15/XII/08

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa DC-42-2008-CMC Comisión asesora para Fondo MERCOSUR PYMES