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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 40 |
10/12/1993
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Fecha:
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Dependencia:
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RE-40-1993-GMC
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Tema:
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MERCOSUR
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Asunto:
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SISTEMA DE CERTIFICACION
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VISTO: El Art 13 del Tratado de
Asunción, el Art 10 de la Decisión Nº 4/91 del
Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº 30/93 del Subgrupo de Trabajo
Nº 3 "Normas Técnicas". |
CONSIDERANDO: La necesidad de demostrar la transparencia y la
credibilidad del sistema de certificación. |
Que
los países integrantes de otros bloques económicos, como por ejemplo la Comunidad Europea,
vienen implementando su estructura nacional de acreditación. |
Que
para el mutuo reconocimiento entre los Estados Parte del MERCOSUR, así como
también por otros países y bloques, es necesaria la existencia de una
estructura nacional de acreditación. |
Que
es fundamental para el MERCOSUR la obtención de dicho reconocimiento mutuo de
las estructuras de acreditación por otros países y bloques. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art 1- Recomendar que cada Estado Parte implemente su
propia Estructura Nacional de Acreditación para lograr la efectiva
transparencia de la certificación. |
Art 2- Recomendar que esta estructura sea armonizada entre
los Estados Parte y compatibles con las directrices de ISO/IEC y del Forum
Internacional de Acreditación (IAF), de modo de permitir su mutuo
reconocimiento. |
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