Detalle de la norma RE-396-2008-SAGPA
Resolución Nro. 396 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2008
Asunto Aplicativo común p/solicitud de autorización p/ la Liberación al Medio de Organ. Vegetales Genéticamente Modificados (OVGM)
Boletín Oficial
Fecha: 05/11/2008
Detalle de la norma
RE-396-2008-SAGPA

RE-396-2008-SAGPA

Bs. As., 29/10/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0046829/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 39 de fecha 11 de julio de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION establece los requisitos para la evaluación de la bioseguridad de la Liberación al Medio de Organismos Vegetales Genéticamente Modificados (OVGM).

Que la Resolución Nº 212 de fecha 5 de mayo de 2006 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION establece los requisitos para la evaluación de la bioseguridad de la producción de semilla de maíz genéticamente modificada en etapa de evaluación en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que para solicitar una autorización para las actividades arriba citadas con Organismos Vegetales Genéticamente Modificados (OVGM) previstas en ambas resoluciones el solicitante debe proveer toda la información que figura en los anexos de las referidas Resoluciones Nros. 39/03 y 212/06 a fin de ser evaluada por la COMISION NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA).

Que la cantidad de solicitudes presentadas ante esta Secretaría muestra una proyección creciente por lo cual, la situación amerita el empleo de tecnología de la información y las comunicaciones para lograr mejores estándares en el tratamiento de dichas solicitudes y el aprovechamiento de la estadística resultante de la operatoria en beneficio de todos los actores.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha aprobado un Plan Nacional de Gobierno Electrónico en el que insta a todas las jurisdicciones de la Administración Pública Centralizada a planificar e implementar acciones conducentes a mejorar las capacidades de servicios al público a través del empleo de la tecnología de la información y las comunicaciones.

Que por ello resulta apropiado contar con bases de datos e instrumentar un mecanismo para que la incorporación de los datos contenidos en las solicitudes se realice en forma automática, evitando errores de trascripción y/o captura.

Que la experiencia desarrollada en el área de la Oficina de Biotecnología de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION permite determinar las condiciones, funcionalidades y guías necesarias para perfeccionar las presentaciones en forma electrónica a través de un aplicativo común a todos los solicitantes y específico para esa tarea.

Que ello facilitará la gestión dentro de la Oficina de Biotecnología y redundará en una mayor celeridad en el manejo de las presentaciones, fortalecerá la transparencia de la gestión y la igualdad en el trámite de las mismas.

Que para llevar a cabo los procesos anteriormente descriptos y con el adecuado cumplimiento de las modificaciones introducidas al sistema de presentación la evaluación de las solicitudes no se verá modificada en ningún aspecto.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscrito es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 25 del 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese que para toda solicitud de autorización para la Liberación al Medio de Organismos Vegetales Genéticamente Modificados (OVGM) contemplados en la Resolución Nº 39 del 11 de julio de 2003 y para la producción de semilla de maíz genéticamente modificada que contenga eventos en etapa de evaluación en la REPUBLICA ARGENTINA incluidas en la Resolución Nº 212 del 5 de mayo de 2006 ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION deberá presentarse el aplicativo a ser provisto por la Oficina de Biotecnología de la citada Secretaría.

Art. 2º — Todas las presentaciones se ajustarán a los requisitos establecidos en las respectivas normas de acuerdo a la actividad para la que se solicita la autorización y conforme a los pasos descriptos en el diagrama que se adjunta como Anexo de la presente medida.

Art. 3º — A partir de los TREINTA (30) días de publicada la presente medida, no se dará curso a aquellas solicitudes que se efectúen sin ajuste a lo establecido en los artículos precedentes.

Art. 4º — A los fines de la presente medida se aplicarán las definiciones contenidas en la citada Resolución Nº 39/03 o en las que a futuro la reemplacen.

Art. 5º — Toda solicitud que recibiere observaciones o necesitare información adicional para proseguir su evaluación o gestión deberá ser respondida por el solicitante dentro de los TREINTA (30) días de la notificación fehacientemente de tal situación. Cumplido ese lapso y no habiéndose recibido respuesta la solicitud se considerará automáticamente desistida.

Art. 6º — Publíquense a través del sitio de internet de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION los procedimientos, guías y sistemas actualizados necesarios para efectuar las presentaciones conforme a lo establecido en la presente medida.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi.

ANEXO

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-701-2011-SAGPA Modifica Presentación y evaluación de solicitudes de liberación experimental de Organismos Vegetales Genéticamente
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-212-2006-SAGPA Organismos vegetales genéticamente modificados (OVGM) Maiz