Detalle de la norma RE-39-2008-GMC
Resolución Nro. 39 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2008
Asunto Requisitos Fitosanitarios para Cucurbita maxima (calabaza o zapallo)
Detalle de la norma
LOA

RES-39-2008-GMC

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 06/96 y 20/02 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que es necesario proceder a la armonización de los requisitos fitosanitarios para Cucurbita maxima (calabaza o zapallo) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el "Sub-estándar 3. 7. 50 Requisitos Fitosanitarios para Cucurbita maxima (calabaza o zapallo) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes", que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina:

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA

 

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA

Brasil:

Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA

 

Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA

Paraguay:

Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG

 

Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE

Uruguay:

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP

 

Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA

Art. 3 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos internos antes del 01/VIIl/09.

LXXIV GMC - Brasilia, 28/XI/08

SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSUR

SECCION III - MEDIDAS FITOSANITARIAS

3.7. 50. Requisitos Fitosanitarios para Cucurbita maxima (calabaza o zapallo) según País de Destino y Origen, para los Estados Partes

2008

I- INTRODUCCION

1.- AMBITO

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Cucurbita maxima (calabaza o zapallo).

2.- REFERENCIAS

- Estándar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2ª Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.

- Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, 2006.

- Listados Nacionales de Plagas Cuarentenarias de los Estados Partes. 2008,

3.- DESCRIPCION

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados Partes en el intercambio regional, para Cucurbita maxima (calabaza o zapallo), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

II. 50. A. PAIS DE DESTINO:

ARGENTINA

REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Cucurbita maxima

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-473-2009-SAGPA Complementa Incorpóranse al ordenamiento jurídico nacional Resoluciones del GMC
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona DC-20-2002-CMC Calabaza o Zapallo Sub-Standard 3.7.50 Requisitos Fitosanitarios