DC- 04-2008-CMC
FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR
VISIBILIDAD – GUÍA DE APLICACIÓN
VISTO: El
Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 45/04, 18/05 y 24/05 del Consejo del Mercado
Común.
CONSIDERANDO:
Que
las Decisiones CMC N° 45/04, 18/05 y 24/05 crean, integran y reglamentan el
Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).
Que
la Decisión Nº 24/05 que aprueba el reglamento del FOCEM, establece en el Art.
31 que los Estados Partes beneficiarios de los recursos FOCEM deberán
identificar las publicaciones, licitaciones, carteles y obras financiadas con dichos
recursos con la frase “Proyecto financiado con recursos del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR”, juntamente con el logotipo del MERCOSUR.
Que resulta necesario armonizar la utilización de los
símbolos y elementos gráficos que representan el MERCOSUR en los distintos
proyectos financiados por el FOCEM para que la visibilidad sea efectiva y
consistente con los objetivos del fondo.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art.
1 - Aprobar la Guía de Aplicación de Visibilidad del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR, que consta como Anexo y forma parte de la presente
Decisión.
Art.
2 - Los Estados Partes y la Secretaría del MERCOSUR deberán aplicar las reglas establecidas en la Guía de Aplicación en los proyectos beneficiados con
recursos del FOCEM.
Art.
3 - Al cumplir con los requisitos de la visibilidad del FOCEM, los órganos
públicos de los Estados Partes responsables por la ejecución de los proyectos
deberán respetar y hacer respetar, en todo lo que sea aplicable, la legislación
nacional en materia de publicidad y no permitirán que dicha publicidad contenga
elementos de difusión de nombres, símbolos o imágenes que caractericen la
promoción personal o partidaria de autoridades o funcionarios públicos.
Art. 4 - Esta Decisión no
necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por
reglamentar aspectos de la organización y funcionamiento del MERCOSUR.
XXXV CMC – San Miguel
de Tucumán, 30/VI/08