SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Nº 358/2008
Buenos
Aires, 15 de Mayo de 2008.
VISTO:
El
Expediente Nº S01:0098182/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 3959 y 23.899, el Decreto Nº 374 del 8 de
marzo de 2007 de la Provincia de LA PAMPA, el Acta de la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de la Provincia de LA PAMPA de fecha 28 de febrero de 2008, la Resolución
Nº 422 del 20 de agosto de 2003 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que
mediante el Decreto Nº 374 del 8 de marzo de 2007 de la Provincia de LA PAMPA, se aprobó el “Programa de Control y Erradicación de las
Enfermedades venéreas en Bovinos de la Provincia de LA PAMPA”.
Que
el Artículo 2º de dicho Decreto, dispone solicitar al SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA la aprobación del citado programa
y que el Organismo referido ejerza la facultad de imposición de
restricción de movimientos de ganado bovino de todas las categorías, en
caso de verificarse el incumplimiento de los trabajos de revisación de
toros, de acuerdo al cronograma de trabajo previsto en el Programa.
Que la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de la Provincia de LA PAMPA, constituida a partir de lo dispuesto en la Ley Nº 23.899, y de la cual el SENASA forma parte,
aprobó el “Programa de Control y Erradicación de las Enfermedades
venéreas en Bovinos de la Provincia de LA PAMPA”.
Que
el Artículo 1º de la Ley Nº 3959, promueve el perfeccionamiento de los
sistemas de prevención, control y erradicación de las enfermedades de
los animales y establece que la acción contra las epizootias ya
existentes en el país, se hará efectiva por el Poder Ejecutivo y por
los medios que dicha ley señala.
Que
el inciso 4º de dicho artículo establece que los gobiernos provinciales
podrán solicitar la colaboración del PODER EJECUTIVO NACIONAL para
llevar a cabo las acciones en defensa del ganado.
Que
el Artículo 2º del Decreto Nacional Nº 1585 del 19 de diciembre de
1996, dispone que el SENASA tendrá la responsabilidad de ejecutar las
políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal.
Que la Resolución
Nº 422 del 20 de agosto de 2003 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, establece que las
vibriosis y tricomoniasis son enfermedades de denuncia obligatoria de
acuerdo a lo establecido en el Artículo 6º de dicha norma.
Que
en fecha 31 de agosto de 1981, la Provincia de LA PAMPA y el SENASA suscribieron un convenio donde se establecieron las bases de colaboración en las
luchas sanitarias ganaderas y se estableció que una de las funciones de
la Comisión Regional de Sanidad Animal consistirá en promover ante las
autoridades provinciales, el dictado de la legislación complementaria
de normas nacionales que sean necesarias a efectos de poner en práctica
las medidas y los programas sanitarios elaborados por la Provincia.
Que
el día 28 de febrero de 2008 se ha reunido la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de la Provincia de LA PAMPA, definiendo la incorporación de los Anexos del Programa de que se trata.
Que la Dirección Nacional de Sanidad Animal de este Servicio Nacional, a través de los informes
producidos por sus Direcciones de Luchas Sanitarias y de Epidemiología,
se ha expedido sobre la conveniencia de reconocer el programa aprobado
por el Decreto de la Provincia de LA PAMPA e intervenir en su ejecución conforme lo establecido en el mismo.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que
el suscripto es competente para resolver en esta instancia conforme las
facultades conferidas por los artículos 8º, inciso h) y 9º, inciso a)
del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su
similar Nº 680 del 1º de septiembre de 2003.
Por
ello,
EL VICEPRESIDENTE EJECUTIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Reconócese el “Programa
de Control y Erradicación de las Enfermedades venéreas en Bovinos de la Provincia de LA PAMPA”, que como Anexo I, en copia autenticada y con VEINTINUEVE (29)
fojas, forma parte de la presente resolución y que fuera aprobado por
el Decreto de la Provincia de LA PAMPA Nº 374 del 8 de marzo de 2007.
Art. 2º — Apruébase el Acta de la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de la Provincia de LA PAMPA de fecha 28 de febrero de 2008, cuyo texto y sus SEIS (6) Anexos en copia autenticada, forman
parte integrante de la presente resolución como Anexo II.
Art. 3º — El SENASA está facultado para
ejecutar todas las acciones de policía sanitaria dispuestas en el
Artículo 14 de la Ley Nº 3959, así como aquellas contempladas en el
resto de la normativa sanitaria, que resulten necesarias para la
ejecución del programa reconocido en el Artículo 1º y lo estatuido en
el Artículo 2º de la presente resolución. Dichas facultades incluyen el
control de movimiento de animales bajo programa, vigilancia
epidemiológica y certificación de predios libres.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Carlos H. Casamiquela.
ANEXO I
PROGRAMA
PARA EL CONTROL Y ERRADICACION DE LAS ENFERMEDADES VENEREAS EN BOVINOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
PREFACIO:
La
Pampa es una provincia agrícola-ganadera por excelencia, con
una elevada tendencia a la ganadería, ya que dos tercios de su
superficie son destinados a esta actividad con exclusividad y otro
tercio es mixto, o sea que lo comparten ambas actividades.
La
producción Agrícola-Ganadera participa con el 19,3% del PBI de la
provincia de La Pampa y el sector pecuario participa con un 61% de ese
PBI. La situación actual de precios en los cereales y en el ganado hace
que haya un avance de las áreas agrícolas sobre las que
tradicionalmente eran mixtas. Este aumento de las áreas agrícolas sobre
las ganaderas, representa un costo provincial, en lo que se refiere al
riesgo de la pérdida de fertilidad, estructura del suelo y al
permanente aumento de la contaminación de los mismos con la creciente
incorporación de agroquímicos, lo que atenta sobre la sustentabilidad
de la producción en el futuro.
La
reducción y desplazamiento del área ganadera nos obliga a incrementar
la eficiencia basándose en mantener el stock ganadero y aumentar la
producción lo cual podrá lograrse con un considerable aumento de la
eficiencia productiva.
La
Pampa se caracteriza por la existencia de una producción de
tipo extractiva, por lo tanto el mejoramiento de la eficiencia
reproductiva de los rodeos de cría es la base de cualquier desarrollo
ganadero.
LA
ADOPCION TECNOLOGICA PARA MEJORAR LA PRODUCCION GANADERA
Los
índices de producción actuales se encuentran por debajo de aquellos que
potencialmente pueden lograrse en producciones adecuadamente gestionadas.
Sin
embargo el esfuerzo realizado por las instituciones dedicadas a la
transferencia de tecnología, Gobierno Provincial, INTA, Universidades,
Colegios Profesionales, Asociaciones de Productores, etc., no han
podido producir un cambio significativo en la adopción de tecnologías
básicas.
Si
analizamos el porqué de esta baja adopción tecnológica se puede
asegurar que la ganadería productiva eficiente se basa fundamentalmente
en tecnologías de procesos, en las cuales su generación, transferencia
y capacitación resulta de una complejidad mayor que las tecnologías de
insumos, razón por la que es indispensable introducir los cambios
acorde a las necesidades de los productores y de la Provincia.
TRANSFORMAR
UNA TECNOLOGIA DE PROCESOS A UNA DE INSUMOS
Las enfermedades
venéreas afectan la productividad de los sistemas de cría debido a la
prevalencia de las mismas en rodeos (superiores al 40%), lo que provoca
un bajo índice de terneros logrados por vacas entoradas. La existencia
de enfermedades venéreas a su vez conduce al servicio continuo y esto a
la falta de adopción de otras tecnologías productivamente redituables
como son el tacto rectal y el manejo forrajero del pastizal.
La
implementación de un programa de control y erradicación de enfermedades
venéreas transformaría a esta tecnología de proceso a una tecnología de
insumo siendo también el desencadenante para la adopción de otras
tecnologías como son el estacionamiento de lo servicios, lo que
permitirá a la vez mejorar el manejo del recurso forrajero y la
adopción de otras tecnologías como son el tacto rectal y el destete
anticipado.
CAPITULO
I. (no exige Resolución del SENASA)
1.
Descripción de la enfermedad y del agente patógeno.
1.1.
Descripción de los métodos de control y erradicación
2.
Situación de las enfermedades venéreas
Si
bien el rodeo provincial es potencialmente fértil existen una serie de
factores que disminuyen su productividad. Entre los factores que
conspiran contra la eficiencia reproductiva encontramos a las
enfermedades venéreas que afectan al sistema reproductivo, y que
conducen a una infertilidad temporaria o definitiva. A estas
enfermedades no se les presta por lo general la atención que merecen,
ya que por lo común no producen mortandad de animales. Sin embargo
inciden directamente sobre los porcentajes de preñez y parición,
produciendo un alargamiento de los intervalos entre partos, de modo que
no es posible que cada vaca produzca un ternero cada 12 meses. Entre
las enfermedades que más afectan la producción de terneros se encuentran
la Trichomoniasis y la Campylobacteriosis genital bovina (Enfermedades Venéreas) las que producen infertilidad temporaria y aborto esporádico en las
hembras, actuando los machos como portadores de por vida de estas
enfermedades (en muchas ocasiones).
Estas
enfermedades actúan reduciendo la eficiencia reproductiva de los
rodeos, aun en aquellos casos en que los factores genéticos,
nutricionales, de manejo y demás factores sanitarios sean óptimos. Si
por eficiencia reproductiva de un rodeo se entiende el logro de altos
porcentajes de preñez con un mínimo de servicios por preñez y un máximo
porcentaje de parición, podemos concluir terminantemente que esta meta
no se logrará en presencia de cualquiera de estas dos enfermedades.
El
conocimiento de la existencia de estas enfermedades y la aplicación de
medidas de control ha conducido a la erradicación en muchos países del
mundo. En países como el nuestro en que el servicio natural es con
mucho el más usado y por otra parte la falta de una legislación
adecuada en cuanto se refiere al control de las enfermedades venéreas
en toros nos hace pensar en perspectivas poco alentadoras si no se
toman medidas al respecto, si nos basamos en:
a) El
desconocimiento generalizado de la influencia negativa que sobre la
fertilidad de los rodeos ejercen estas enfermedades.
b) El
tipo de manejo extensivo de las explotaciones de cría.
c) La
deficiente información sobre los porcentajes reales de preñez y
parición existentes.
d) La
falta de legislación que evite la venta y comercialización de animales
portadores.
e) La
falta de legislación que proteja a los productores que controlan las
enfermedades venéreas en sus rodeos.
3.1.
Las enfermedades venéreas en la Provincia de La Pampa.
En la
provincia de la Pampa durante el transcurso de los años 1987/88 el INTA
Anguil realizó un relevamiento tendiente a identificar los problemas de
salud animal que más inciden sobre la población bovina del departamento
Loventué. La necesidad de este estudio surgió como consecuencia de los bajos
porcentajes de destete que existían en los rodeos de cría ubicados en
el área del Caldenal. Los resultados de este trabajo indicaron que el
74% de los rodeos eran positivos a enfermedades venéreas. Es decir que
3 de cada cuatro rodeos revisados tenían toros enfermos.
Esta
alta prevalencia fue asociada a una merma significativa en los
porcentajes de destete logrados. Mientras los establecimientos libres
de enfermedades venéreas estaban destetando un 86% de terneros, los
establecimientos con diagnóstico positivo destetaban sólo un 67%
promedio. Lo que implicaba por consiguiente una pérdida del orden del
19%. A esto a su vez habría que agregarle las pérdidas ocasionadas por
los atrasos en la concepción, que trae aparejado un menor peso de los
terneros al destete, lo que implicaría además menor cantidad de kilos
por vaca destetada.
Como
consecuencia de las bajas tasas de procreos obtenidos las empresas de
cría se aumentaban el número de vientres en un esfuerzo para lograr
mejores rentabilidades. Esto a su vez conducía a un deterioro del
recurso forrajero que es limitado y escaso, ya que el mismo está dado
casi exclusivamente por el pastizal natural.
3.2
El Programa Toros para el control de las enfermedades venéreas en la
provincia de la Pampa
En la Pcia. de La Pampa el Programa Toros comenzó a implementarse en 1990, observando un fuerte
incremento en la revisación de reproductores machos para estas
enfermedades hasta el año 1995, a partir del cual se produjo una desaceleración en la adopción de esta tecnología. (Fuente: Programa Toros
Estrategias para su implementación, 1995).
La
evaluación del Programa permite afirmar que fue útil para:
•
Instalar el tema referido a la importancia de las enfermedades venéreas
en los rodeos de cría de la región del Caldenal.
•
Adaptar y transferir una metodología para su diagnóstico y control.
•
Demostrar las ventajas de la obtención de rodeos libres.
•
Desarrollar capacidad diagnóstica en el ámbito Provincial.
•
Aumentar la cantidad de toros controlados hasta aproximadamente un 20%
en un período de 5 años.
En la
actualidad se estima que entre un 25 30% de los productores efectúan
anualmente el control de enfermedades venéreas en sus toros. Por
consiguiente podemos afirmar que durante los años en que el programa
estuvo vigente, se logró incrementar significativamente la cantidad de
toros controlados, pasando de un 5% a la cifra citada. Sin embargo
desde el año 1995 a la fecha la cantidad de toros controlados no
aumentó significativamente. Es entonces evidente que la mayoría de los
rodeos de cría de la provincia (70 al 75% restante), todavía no realiza
control de enfermedades venéreas. Las causas que podemos argumentar
sobre el porqué, son muy variadas: el productor no entendió las bondades
en sus beneficios, falto consistencia en la difusión, el Programa Toros
se fue diluyendo con el tiempo perdiéndose la dinámica que se había
logrado en sus inicios, etc.
Muchas
de las posibles causas han sido evaluadas en el taller realizado en el
año 1995 para analizar la marcha y el futuro del programa toros, y del
cual se desprende entre otros, la necesidad de la generalización y
obligatoriedad del control de las enfermedades venéreas en toros.
3.3.
Las Enfermedades Venéreas y la adopción de tecnología en distintos
estratos de productores
Es
importante destacar que la adopción de tecnología no es igual en todos
los estratos de productores, como lo demuestra el estudio realizado por
la AER del INTA en Victorica (ver cuadro). En el departamento Loventué,
clásica zona de cría en la región del Caldenal de la Pcia. de La Pampa, realizó un intenso y continuo trabajo de transferencia en estas
tecnologías durante el quinquenio 1990/1995, por lo que sí tenemos que
inferir sobre la adopción en otros Departamentos, no nos equivocaríamos
si decimos que la adopción de esta tecnología en otros Departamentos
sería inferior a la encontrada en Loventué.
Cantidad de
vacas por Productor
|
Realiza
palpación rectal (%)
|
Controla
enfermedades venéreas (%)
|
3. 1-200
|
4. 25
|
5. 6.5
|
6. 201-500
|
7. 37
|
8. 33.8
|
9 501-1000
|
10. 62.5
|
11. 58.3
|
12. + de
1000
|
13. 87.5
|
14. 91.6
|
15 .Total
|
16. 44.0
|
17. 36.8
|
Fuente
INTA AER Victorica,1998.
Queda
claro que la marcada diferencia en la adopción de tecnología entre los
distintos estratos de productores tiene consecuencias importantes. En
el caso particular de las enfermedades venéreas nos encontramos que
ante la implementación de un programa de control voluntario tenemos que
la gran mayoría de los rodeos, no controlan sus toros, manteniendo en
consecuencia la enfermedad en la región, y exponiendo a los toros de
productores que tratan de mantener sus rodeos libres de estas
enfermedades. Es por ello que la única alternativa válida para lograr
el control de estás enfermedades es un programa de carácter
obligatorio. También es cierto que estas enfermedades afectan
principalmente a un estrato de productores donde los bajos índices
reproductivos más impactan en la rentabilidad de la empresa.
4.
Caracterización regional.
4.1.
Posición geográfica:
La
provincia de La Pampa se encuentra ubicada en el centro del País, en
una posición estratégica de excelencia para la comercialización de su
producción, ya que se encuentra a 600 Km del puerto de Buenos Aires y a sólo 350 Km del de Bahía Blanca para su salida al Océano
Atlántico y a 900 Km de su salida al Océano Pacífico, utilizando el
fronterizo Paso Pehuenche.
La
creación de una zona franca con aeropuerto internacional de cargas en
la localidad de Gral. Pico, la relaciona económicamente con todo el
mundo y le abre fronteras en lo que hace a importación de insumos y
exportación de sus productos básicos elaborados.
4.2.
Recursos Naturales:
La
variedad de suelos, el clima y el régimen pluviométrico permiten
disponer de una variabilidad de oferta de alimentos para el ganado, así
como la introducción de especies forrajeras de alta calidad.
El
régimen de lluvias favorece especialmente a la región de la estepa
pampeana, que es donde se concentran la mayor cantidad de ganado de
invernada posibilitando una más eficiente utilización del recurso
suelo. El resto de la provincia, donde se encuentran la mayor cantidad
de rodeos de cría, ofrece una oferta de pastos naturales de alta
calidad pero que se encuentran subaprovechados por un manejo inadecuado
y cuya recuperación significaría ampliar su oferta y por lo tanto la de
producción de carne. En general, podemos hablar de una subutilización de
los recursos suelo y forraje en todo el territorio provincial, como se
demuestra con los resultados obtenidos por productores que han
incorporado un mínimo paquete tecnológico, lo que lo hace
potencialmente capaz de aumentar significativamente la producción
pecuaria sin perjudicar el sistema.
Por
otra parte la no utilización de agroquímicos y la alimentación en
sistemas exclusivamente pastoriles, nos permiten ofrecer cantidad y
calidad de carne para el creciente mercado de los productos orgánicos.
4.3.
Población bovina de La Pampa:
El
stock bovino provincial se compone de la siguiente manera de acuerdo a
registro del SENASA
CATEGORIA
|
CANTIDAD DE
CABEZAS
|
%
|
Vacas
|
1492364
|
33.93
|
Vaquillonas
|
479602
|
10.90
|
Terneros
|
526177
|
11.96
|
Terneras
|
491600
|
11.17
|
Novillitos
|
663456
|
15.08
|
Novillos
|
660955
|
15.02
|
Toros
|
84016
|
1.91
|
TOTAL
|
4398172
|
100
|
|
|
|
Fuente,
Senasa (2º Campaña de 2005)
4.4.
Zonas ganaderas y producción:
La
Pampa tiene una superficie de 14.250.000 hectáreas, de acuerdo al Registro Provincial de Producción Agropecuaria de 1994, con una
superficie declarada de 9.730.227 hectáreas.
Se
debe tener en cuenta que existen aproximadamente 600.000 has fiscales,
superficies no utilizables, caminos, etc., la superficie declarada es
del 92% y se considera adecuada a la realidad pampeana.
De
acuerdo a las características ecológicas presentes, podemos dividir a
la provincia en 3 regiones:
Región
del Jarillal:
De la
superficie declarada, aproximadamente 4.300.000 has corresponden a la
región del Jarillal, conformada por los Departamentos de Chalileo,
Chicalcó, Limay Mahuida, Curacó y Puelén, totalmente dedicados a la
cría bovina y caprina, y ubicados al Oeste de la isoieta de los 350 mm.
Estos
Departamentos poseen aproximadamente el 6% de la ganadería de la
provincia, con una baja eficiencia productiva que varía desde un 45,6%
para Chalileo y un 30% para Puelén.
Tomando
estos dos Departamentos como representativos de la región, podemos
decir que aproximadamente producen 5,6 Kg/ha y que su receptividad es
de 0,04 cabezas por hectárea.
En
razón de las características ecológicas de esta región la limitante
productiva principal es la carencia de una oferta forrajera adecuada,
la que merece un tratamiento especial teniendo en cuenta su gran
fragilidad ecológica, a fin de poder conservarla produciendo, sin
llegar a su degradación o desertización. Es por ello que la eficiencia
productiva tiene que ser maximizada en la misma esto significa lograr
la mayor cantidad de terneros con el mínimo de vacas.
Región
del Caldenal:
La
región del Caldenal que ocupa una superficie de aproximadamente
4.350.000 has, está comprendida entre las isoietas de los 350 y 550 mm. Tomando los departamentos de Loventué y Utracán como representativos de esta región, podemos
estimar una producción de carne de 23,6 Kg/ha y una receptividad de
0,22 cabezas por has.
A
pesar de ser la región más importante de cría, los índices de destete
son bajos, variando entre un 55% y 72% dependiendo de los departamentos
y las condiciones climáticas.
Región
de la Estepa Pampeana:
En el
resto de la provincia, que ocupa la región Este de la isoieta de los 550 mm, la actividad de cría comparte su superficie con la invernada y la agricultura en una
superficie aproximada de 3.780.000 has.
Tomando
como representativos de la región a los Departamentos de Chapaleufú y
Catriló con aproximadamente una producción de carne de 145 Kg/ha y una receptividad
de 0,87 cabezas por ha. Esta región es productivamente ineficiente en
la cría, base inicial de la recuperación ganadera provincial, dado que
los departamentos que mayor porcentaje de terneros logrados no supera
el 74%.
Según
la información del Registro Provincial de Producción Agropecuaria, la
provincia de La Pampa produce aproximadamente 329.984 toneladas de
carne en toda su superficie declarada, con una productividad por ha de 33,9 Kg y una receptividad promedio de 0,31 cabezas por ha.
4.5.
LIMITANTES QUE AFECTAN EL DESARROLLO DEL SECTOR GANADERO
4.5.a. Existencia de áreas degradadas:
La
utilización inadecuada de determinadas maquinarias, el monocultivo y la
falta de implantación de pasturas perennes que devolvieran la
estructura y fertilidad al suelo, han determinado zonas agrícolas de
alarmante degradación que atentan contra la producción sostenida. Su
recuperación exige un manejo adecuado y en algunos casos de muy largo
plazo.
4.5.b.
Escasa oferta forrajera en pastizales naturales:
Las
altas cargas ganaderas, la falta de rotaciones adecuadas para un uso
racional del recurso, los incendios accidentales, han atentado
permanentemente tanto contra la calidad de los pastizales, como contra
el estrato arbóreo. La recuperación de estos ambientes alterados,
requiere un plan de manejo a largo plazo, que es posible con descansos
y utilización estratégica y racional del recurso.
4.5.
c. Producción de tipo extractivo:
Estas
características de nuestra provincia, nos hacen perder el ciclo
productivo completo: cría, recría, engorde y faena, siendo estas
últimas las etapas que dan mayor valor agregado a la producción
pecuaria y que deberían se revertidas, ya que en la provincia se faena
solamente el 10% de las cabezas producidas.
4.5.
d. Deficientes niveles de producción:
Los
índices productivos son bajos, tanto en el de terneros logrados que son
del orden del 50-65%, como los de producción de carne por hectárea para
las distintas zonas.
Entre
las causas que afectan la productividad en la Cría Bovina se deben resaltar la:
•
Incidencia de enfermedades venéreas.
•
Falta de estacionalidad de los servicios.
•
Escasa utilización de tecnologías básicas (Tacto rectal, destete
anticipado, estacionamiento del servicio).
•
Inadecuado manejo del recurso forrajero.
•
Escasez de Reservas forrajeras
•
Mal manejo del rodeo.
•
Escasa incorporación de mejoramiento genético.
El
Censo agropecuario 2002, indica que sobre 6539 explotaciones de bovinos
de carne, 1727 (26%) efectúan diagnóstico de preñez (tacto rectal);
2623 (40%) practican estacionamiento de servicios, 1830 efectúan
control de venéreas (28%) y 478 (7%) control de fertilidad de toros.
Sólo 190 (3%) explotaciones incluyen la inseminación artificial como
práctica.
4.5.e.
Escaso asesoramiento técnico
De
acuerdo a la información del REPAGRO sobre un total de 5796 productores
sólo el 16% recibe asesoramiento privado, el 8% asesoramiento oficial y
el 76% no tiene ningún tipo de asesoramiento.
En
cuanto al asesoramiento técnico ocasional, sobre 5722 productores que
contestaron, el 25% tienen asesoramiento privado, el 7% tiene
asesoramiento oficial y el 68% no tiene asesoramiento.
4.5.f.
La adopción de tecnología y su impacto.
Sin
embargo, en otros sistemas productivos agropecuarios se han desarrollado
importantes mejoras en los últimos años, merced a la constante
incorporación de tecnología conduciendo esto a aumento significativos
en los niveles de producción.
Estos
cambios se observan fundamentalmente en la AGRICULTURA, que sin entrar en mayores detalles, y más allá de los problemas que presenta el
sector, básicamente en su comercialización, en la última década
observamos un salto productivo impactante, lo cual se ve reflejado en
la obtención de cosechas récord año tras año.
Los
sistemas de engorde o INVERNADA, si bien aún faltan muchos aspectos por
mejorar, se observa una marcada tendencia a ajustar y mejorar sus
procesos productivos transformando a los sistemas en más rentables.
La
producción LACTEA se caracteriza por incorporar tecnología en forma
permanente lo que se ve reflejado en los excelentes niveles de
producción que se observan como así también en los importantes logros
sanitarios conseguidos (Programa de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina).
Los
sistemas productivos de CRIA BOVINA, generalmente son refractarios a la
incorporación de tecnología lo que se evidencia por su baja
productividad, cuyos porcentajes de destete son en general modestos y
se encuentran por debajo de los registrados en el país.
Se
estima que a nivel provincial la productividad de estos sistemas es del
orden del 60% aproximadamente debido a las pérdidas son causadas por
las enfermedades venéreas.
No
resulta fácil comprender porque el sector cría presenta esta realidad
desde hace mucho tiempo, y aún más si consideramos la evolución
registrada en un grupo minoritario de sistemas productivos de cría,
donde se logran excelentes resultados en las mismas zonas criadoras.
Mientras tanto la mayoría aun presenta patrones de producción todavía muy
lejanos para lograr una rentabilidad aceptable, rentabilidad que a su
vez se ha visto disminuida en los últimos años por otros factores. Para
responder a la pregunta del porqué sólo un grupo minoritario logra
excelentes resultados productivos, podemos enumerar razones
económicas-financieras, culturales, gerenciales, etc., pero lo cierto
es que distintos sectores (INTA, AACREA, etc.) han observado que entre
los dos grupos EXISTE UNA FUERTE BRECHA EN LA ADOPCION DE TECNOLOGIAS DE IMPACTO.
Existen
varias tecnologías de impacto, incluso de bajo costo que a pesar de
ello no se aplican (Ej.: estacionamiento del servicio).
La
Pcia. de La Pampa no es ajena a esta situación. Además, si
consideramos que aproximadamente el 61% del complejo agrícola-ganadero
pertenece al sector GANADERIA, donde el subsector CRIA ocupa un lugar
primordial, es más que evidente que, convivir con bajos índices
productivos impacta fuertemente en las economías regionales y
consecuentemente en la economía Provincial.
5.
Exigencias OIE
TRICOMONOSIS
Artículo
2.3.6.1.
Las
normas para las pruebas de diagnóstico están descritas en el Manual
Terrestre.
Artículo
2.3.6.2.
Las
Administraciones Veterinarias de los países importadores deberán
exigir:
para
los bovinos destinados a la reproducción
la
presentación de un certificado veterinario internacional en el que
conste que:
1.
los animales no presentaron ningún signo clínico de tricomonosis el día
del embarque;
2.
los animales permanecieron en un rebaño en el que no fue declarado
ningún caso de tricomonosis, y/o
3. si
se trata de hembras que han sido montadas, el examen microscópico
directo y el cultivo del mucus vaginal dieron resultados negativos.
Artículo
2.3.6.3.
Las
Administraciones Veterinarias de los países importadores deberán
exigir:
para
los toros destinados a la reproducción (monta natural o inseminación
artificial)
la
presentación de un certificado veterinario internacional en el que
conste que:
1.
los animales no presentaron ningún signo clínico de tricomonosis el día
del embarque;
2.
los animales permanecieron en un rebaño en el que no fue declarado
ningún caso de tricomonosis, y/o
3.
los animales no fueron utilizados nunca para la monta natural, o
4.
los animales montaron únicamente novillas vírgenes, o
5. el
examen microscópico directo y el cultivo de muestras prepuciales dieron
resultados negativos.
Artículo
2.3.6.4.
Las
Administraciones Veterinarias de los países importadores deberán
exigir:
para
el semen de bovinos
la
presentación de un certificado veterinario internacional en el que
conste que:
1.
los reproductores donantes no fueron utilizados nunca para la monta
natural, o
2.
los reproductores donantes montaron únicamente novillas vírgenes, o
3.
los reproductores donantes permanecieron en una explotación o en un
centro de inseminación artificial donde no fue declarado ningún caso de
tricomonosis;
4. el
examen microscópico directo y el cultivo de muestras prepuciales dieron
resultados negativos;
5. el
semen fue tomado, tratado y almacenado conforme a lo dispuesto en el
Anexo 3.2.1.
CAMPILOBACTERIOSIS
GENITAL BOVINA
Artículo
2.3.2.1.
Las
normas para las pruebas de diagnóstico están descritas en el Manual
Terrestre.
Artículo
2.3.2.2.
Las
Administraciones: Veterinarias de los países importadores deberán
exigir:
para
las hembras de la especie bovina destinadas a la reproducción
la
presentación de un certificado veterinario internacional en el que
conste que:
1.
las hembras son novillas vírgenes, o
2.
las hembras permanecieron en un rebaño en el que no fue declarado
ningún caso de campilobacteriosis genital bovina, y/o
3. si
se trata de hembras que han sido montadas, el cultivo del mucus vaginal
para la detección del agente causal de la campilobacteriosis genital
bovina dio resultados negativos.
Artículo
2.3.2.3.
Las
Administraciones Veterinarias de los países importadores deberán
exigir:
para
los toros destinados a la reproducción la presentación de un
certificado veterinario internacional en el que conste que:
1.
los toros:
a. no
fueron utilizados nunca para la monta natural, o
b.
montaron únicamente novillas vírgenes, o
c.
permanecieron en una explotación en la que no fue declarado ningún caso
de campilobacteriosis genital bovina;
2.
los cultivos de semen y de muestras prepuciales y/o las pruebas
asociadas para la detección del agente causal de la campilobacteriosis
genital bovina dieron resultados negativos.
Artículo
2.3.2.4.
Las
Administraciones Veterinarias de los países importadores deberán
exigir:
para
el semen de bovinos
la
presentación de un certificado veterinario internacional en el que
conste que:
1.
los reproductores donantes:
a. no
fueron utilizados nunca para la monta natural, o
b.
montaron únicamente novillas vírgenes, o
c.
permanecieron en una explotación o en un centro de inseminación
artificial donde no fue declarado ningún caso de campilobacteriosis
genital bovina;
2.
los cultivos de semen y de muestras prepuciales de los reproductores
donantes para la detección del agente causal de la campilobacteriosis
genital bovina dieron resultados negativos.
6.
Impacto productivo.
•
Cuantificación del impacto productivo
El
siguiente ejercicio nos da una idea muy aproximada de la magnitud de
las pérdidas y los beneficios que se podrían lograr revirtiendo esta
situación en La Pampa.
Según
datos del SENASA para el año 2005 tendríamos que el stock bovino
provincial estaría constituido de la siguiente forma:
VACAS
|
VAQUILLONAS
|
TERNEROS/AS
|
TOROS
|
1.492.364
|
479.602
|
1.017.777
|
84.016
|
Si
sumamos las categorías de vacas y vaquillonas tenemos que están con
capacidad de entorarse 1.971.966 vientres cada año y de acuerdo a estos
registros y datos del REPAGRO los porcentajes de destete están por
debajo del 60% (52%).
Si
estimamos que a través de un trabajo serio y programado se podrían
elevar en un 15% los porcentajes de destete en la Provincia, esto representaría un incremento en la producción de aproximadamente 295.795
terneros cada año. Si calculamos en aproximadamente $ 300.00 el valor
de mercado de cada ternero de destete, la Pcia. de La Pampa, podrá inyectar a su economía alrededor de $ 88.738.500 por año.
7.
Costo-beneficio de la implementación del Programa.
Como
se observa claramente, aumentando 15% los índices de destete en la Provincia y comparando con la inversión global aproximada del Gobierno Provincial ($
3.360.640), se logra una relación costo beneficio de prácticamente
1:26. Es decir que por cada peso invertido se obtendrían 26 pesos.
7.1.
Otros beneficios
Otros
beneficios a obtener de la implementación de un programa de Control y
erradicación de enfermedades venéreas se consideran:
•
Ordenamiento creciente de los rodeos de cría, lo que permitiría la
aplicación de otras tecnologías de impacto como son el estacionamiento
del servicio, el tacto rectal, el destete anticipado, el mejoramiento
del manejo del recurso forrajero.
•
Saneamiento de otras enfermedades que afectan la reproducción bovina.
•
Implementación de un Sistema de Soporte para la Vigilancia Epidemiológica y para la toma de Decisiones).
•
Valor agregado a las commodities pampeanas. (Reproductores libres de
enfermedades).
•
Mejora en las economías regionales.
•
Aumento del Stock Provincial.
•
Potencial mejora en la recaudación para las Municipalidades (Guías)
8.
Justificación del Programa.
CAPITULO
II. (Exige Resolución del SENASA)
1.
Propósitos
•
Aumentar la eficiencia reproductiva de los rodeos bovinos provinciales.
•
Acrecentar los ingresos de divisas y ubicarse en situaciones
competitivas en el comercio internacional de carnes, lácteos,
productos, subproductos y derivados.
•
Lograr una producción ganadera sanitariamente adecuada a los
requerimientos internacionales en la materia.
•
Mejorar la rentabilidad del sector agropecuario aumentando la
producción de terneros.
2. Objetivos generales del Programa.
•
Lograr que el 100% de los toros existentes en la Provincia sean anualmente revisados de acuerdo a las pautas fijadas por el Programa.
•
Controlar y erradicar la Campilobacteriosis y la Tricomoniasis Genital Bovina.
•
Evitar el riesgo de transmisión.
3.
Objetivos específicos del Programa.
4.
Estrategias del Programa.
Resumidamente
la modalidad operativa se puede ver en el cuadro anexo en donde: el
Colegio Médico Veterinario (CMV) es la unidad ejecutora central del
Programa y el que recibe los fondos del gobierno provincial para el
pago de los servicios veterinarias, esto es sólo para el primer año del
Programa en cada región. Las acciones del Programa se inician
localmente cuando necesariamente cada productor a través de la Fundación para la Sanidad Animal del Departamento, acuerda la fecha para la revisación de los
toros con un Méd. Veterinario habilitado. La función de las fundaciones
es la de comunicar, difundir y programar con el objeto de lograr que la
totalidad de los toros sean controlados. Por su lado el Médico
Veterinario será el responsable en la toma de muestras de todos los toros
aptos para servicio y el envío de las mismas a un laboratorio de red
habilitado. Terminado el procesamiento de las muestras de acuerdo a los
requerimientos técnicos del programa el Laboratorio envía los informes
al Méd. Veterinario, quien deberá comunicárselos al productor y también
debe enviar los mismos resultados al CMV en una planilla EXCEL provista
por éste. Sólo para el primer año del programa tanto el Veterinario
como el laboratorio deberán enviar las facturas por los servicios
realizados al CMV. Luego de recibidos los informes y las facturas de
servicios, el CMV liberará los pagos correspondientes. A partir del
segundo año el Programa seguirá la misma mecánica operativa, pero como
el pago de servicios los realiza el productor, el colegio sólo recibirá
los informes de los laboratorios de red habilitados. La base de datos
confeccionada con todos aquellos predios que hayan cumplido con las
pautas fijadas por el Programa será puesta a disposición del SENASA
para que a partir de la finalización del período de muestreo se traben
los movimientos de animales de los predios que no hayan cumplido con la
revisación.
A
continuación se describen las principales estrategias del Programa:
1. El
presente Programa sanitario es de cumplimiento obligatorio para todos
los rodeos de la Región involucrada, que posean las categorías de
reproductores machos aptos para el servicio.
2.
Todos los predios ganaderos, con reproductores bovinos machos que se
utilicen con fines reproductivos deberán coordinar con los Médicos Veterinarios
y la Fundación la fecha de realización de las tareas de revisación.
3. El
Médico Veterinario Acreditado será el Corresponsable Sanitario con el
productor de todas las acciones técnico-sanitarias que se desarrollen
en el predio.
4.
Las categorías de animales afectadas al Programa (reproductores bovinos
machos que se utilicen con fines reproductivos) serán identificadas con
caravanas de manera de garantizar un eficaz seguimiento y auditoría
cuando corresponda. Quedan exceptuadas de esta identificación los
animales inscriptos o registrados en las distintas asociaciones de
criadores (PP y PC).
5. Se
exigirán como mínimo dos exámenes por toro en el primer y segundo año
del Programa. A partir del tercer año, aquellos rodeos en los que se
detecten toros positivos deberán tener dos exámenes negativos
consecutivos luego del último examen en el que se haya detectado un
toro positivo.
6.
Las pruebas diagnósticas que involucren tareas de saneamiento y
certificación deberán ser realizadas por los Laboratorios de Red con
habilitación provincial y/o Nacional.
7. El
diagnóstico será efectuado por las pruebas oficialmente aceptadas y que
figuran en el manual de procedimientos.
8.
Los reproductores bovinos machos que se utilicen con fines
reproductivos que resulten positivos serán mantenidos fuera de servicio
con la finalidad de tratamiento o destino a faena.
9. La
certificación de predio libre de Enfermedades Venéreas será extendida
por el período de un año.
10.
El pago de los servicios Veterinarios se realizará con fondos aportados
por el Gobierno Provincial sólo el primer año del programa a partir del
cual todos los gastos ocasionados por los exámenes deberán ser pagados
por los propietarios de los toros.
11.
Incorporar al Sistema de Gestión Sanitaria (SGS) del SENASA la
información provista por el Colegio Médico Veterinario de la Provincia de La Pampa en la primera etapa y por las fundaciones en la segunda, para el
correspondiente control de movimientos.
12.
Todo predio que no haya cumplimentado con la revisión de los toros, de
acuerdo al presente programa al primero de diciembre de cada año tendrá
restricción total en los movimientos hasta tanto no cumplimente tales
requisitos.
4.1.
Regionalización
El
presente Programa será ejecutado progresivamente llegando a cubrir
todos los departamentos de la Provincia de. La Pampa en un período de 3 años. Las acciones de Saneamiento serán regionalizadas tomando como base la
distribución geográfica de las formas de producción ganaderas.
Además
el programa contemplará distintas etapas de realización para cada una
de las regiones en las que se vaya implementando.
4.2.
Zonas de Lucha
Región
1: Departamentos de UTRACAN, TOAY Y CAPITAL
Región
2: Departamentos de ATREUCO, CATRILO, QUEMU-QUEMU, CONHELO, MARACO,
CHAPALEUFU, REALICO, RANCUL, LOVENTUE y GUATRACHE.
Región
3: Departamentos de CHALILEO, CHICALCO, LIMAY MAHUIDA, PUELEN, CURACO,
LIHUEL CALEL, CALEU-CALEU Y HUCAL.
4.2.1.
Zona de Control
Se
considerará como zona bajo control aquellos departamentos que hayan
iniciado los trabajos de revisación de toros. De modo que para el
primer año la región 1 estará bajo control, para el año 2 la región 2 y
para el año 3 la región 3.
4.2.2. Zona de Erradicación
A
partir del segundo año de puesta en vigencia del programa se
considerará al departamento bajo Programa de erradicación.
4.2.3.
Zona Libre
Se
considerarán como zonas libres de la enfermedad aquellos departamentos
en los cuales no se detecte ningún toro positivo en un año de muestreo.
Los departamentos que mantengan la condición de libres durante dos años
consecutivos podrán disminuir la cantidad de muestreos a realizar,
aceptándose para ello un solo muestreo de la totalidad de los toros que
existan en la región. En el caso de detectarse algún toro positivo el
Departamento será considerado como zona de Erradicación nuevamente.
5.
Metas del Programa.
6.
Componentes acciones sanitarias
6.1.
COMISION PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL (COPROSA)
La
Comisión Provincial de Sanidad Animal será la responsable de evaluar
y realizar el seguimiento de las actividades regionales para el
saneamiento y erradicación de las enfermedades.
6.2
ENTE SANITARIO LOCAL
Serán
las Fundaciones de Lucha contra la Fiebre Aftosa, Ley Nº 24.305, o en su defecto aquellas que se crearen para tal fin con igual
representatividad, sin fines de lucro, que serán las responsables de la
coordinación de los trabajos, entre veterinarios y productores
agropecuarios, que conduzcan a la toma de muestras para el diagnóstico
de las enfermedades venéreas.
6.3.
PRODUCTORES
Se
considera como tales a aquellas personas físicas o jurídicas que sean
propietarias de toros. Los productores tendrán la responsabilidad de
cumplir las normas establecidas por el Programa provincial.
6.4.
COLEGIO MEDICO VETERINARIO
Será
el responsable de la Coordinación Operativa y Administrativa del Programa, centralizando la información que surja de los procedimientos de saneamiento y
certificación de predios. También tendrá a su cargo la acreditación de
los profesionales actuantes.
6.5.
VETERINARIOS ACREDITADOS
El
Veterinario Acreditado será el responsable de los trabajos de
revisación recolección de muestras y asesoramiento sanitario en los
predios a su cargo.
6.6.
LABORATORIOS DE RED
Son
todos aquellos Laboratorios habilitados por el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA para emitir resultados diagnósticos
válidos para el presente Programa Provincial y conforme a lo
establecido en el mismo.
6.7.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)
El
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria cumplirá con las
acciones de Policía Sanitaria para el desarrollo del Programa
ejecutando las tareas que le corresponden: restricción de movimientos,
seguimiento epidemiológico, declaración de predios libres.
6.8.
GOBIERNO PROVINCIAL
6.9.
ORGANISMOS DE CAPACITACION:
Serán
la Fac. de Cs. Veterinarias de La Pampa y el INTA. Se encargarán de la organización y el dictado de los Cursos de Acreditación para los
profesionales.
7.
Actividades sanitarias de cada componente del Programa.
7.1.
ACTIVIDADES DE LA COMISION PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL (COPROSA)
•
Participará en la planificación, implementación y evaluación de las
estrategias regionales de lucha dentro de lo normado por el Programa
Provincial de Control y Erradicación de las Enfermedades Venéreas de
los Bovinos.
•
Recepcionará la información producida por las Unidades Ejecutoras,
INTA, SENASA y demás integrantes del Programa, para su evaluación.
7.2.
ACTIVIDADES DE LAS FUNDACIONES PARA LA SANIDAD ANIMAL.
•
Coordinar los trabajos de revisación entre los Productores y
Veterinarios.
•
Llevar un registro de rodeos controlados, que será enviado y
actualizado periódicamente por la Unidad Ejecutora.
•
Intervenir en la difusión del Programa.
7.3.
ACTIVIDADES DEL PRODUCTOR
•
Dar cumplimiento a las normas y procedimientos de la presente
resolución.
•
Designar al Veterinario Acreditado del predio.
•
Coordinar y con el Veterinario y con el Ente Sanitario (Fundación) de
su jurisdicción las fechas de realización de los trabajos en el predio.
•
Proveer adecuada y permanente identificación de los animales en
saneamiento de acuerdo a la reglamentación vigente.
•
Controlar y mantener fuera de servicio los animales positivos mientras
permanezcan en el predio.
•
Si los animales no son tratados o luego del tratamiento siguen siendo
positivos sólo podrán salir del predio con destino a faena y/o otras
provincias sin exigencias sanitarias referidas a estas enfermedades.
7.4.
ACTIVIDADES DEL COLEGIO MEDICO VETERINARIO
•
Dar cumplimiento a las normas y procedimientos de la presente
resolución.
•
Disponer de los fondos aportados por el Gobierno Provincial para la
ejecución del Programa y ser responsable de la ejecución administrativa
de los recursos aportados.
•
Mantener actualizado los registros de Veterinarios Acreditados y
Laboratorios de Red, comunicando las novedades que se produzcan a los
sectores participantes.
•
Llevar un registro actualizado de los rodeos que hayan realizado el
control y mantener informado al SENASA y a las fundaciones para la Sanidad Animal sobre el mismo.
•
Propender a la vinculación con los distintos organismos participantes
del Programa tanto en el ámbito provincial como nacional.
•
Participar en la organización y dictado de cursos de Actualización para
la Acreditación.
•
Llevar un registro actualizado de los profesionales actuantes.
7.5.
ACTIVIDADES DEL MEDICO VETERINARIO ACREDITADO
•
Coordinar con el productor las acciones sanitarias.
•
Verificar la identificación individual de la totalidad de los
reproductores bovinos machos del predio, conjuntamente con el productor
en el momento de realizar las primeras acciones sanitarias.
•
Efectuar los muestreos de los bovinos machos que se utilicen con fines
reproductivos de acuerdo a las exigencias fijadas en el presente
“Manual de Procedimientos”.
•
Cumplimentar la información requerida de acuerdo al modelo operativo
establecido.
•
Asesorar y definir con el productor el manejo del rodeo adecuando el
mismo al presente Programa.
•
Certificar la negatividad de los bovinos machos que se utilicen con
fines reproductivos o que se movilicen dentro del territorio
provincial.
•
Deberá acreditarse para participar en el presente Programa.
•
Integrará el sistema de vigilancia epidemiológica.
7.6.
ACTIVIDADES DE LOS LABORATORIOS DE RED
•
Realizarán los diagnósticos correspondientes de acuerdo a lo
establecido en el manual de procedimientos.
•
Deberán cumplimentar los requisitos y condiciones establecidas en el
presente Programa para emitir resultados de diagnóstico con validez
oficial.
•
Deberán archivar las planillas de campo provistas por los veterinarios
por un período dos años y ponerlas a disposición del ente auditor que
las solicite.
•
Deberán enviar los informes de los diagnósticos realizados a los
Veterinarios actuantes.
•
Deberán enviar los informes de los diagnósticos a la Unidad ejecutora del Programa mensualmente y en forma electrónica de acuerdo al formato que
se establezca.
7.7.
ACTIVIDADES DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIASENASA
•
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria cumplirá con
las acciones de Policía Sanitaria en el desarrollo ejecutivo del
Programa.
•
Participará en el seguimiento de los animales positivos, controlando la
identificación y documentación correspondiente.
•
Ejecutará las acciones de control de movimientos a través del Sistema
de Gestión Sanitaria.
•
Propenderá a la vinculación con los distintos organismos provinciales y
nacionales que participen en el Programa.
•
Intervenir en la toma de decisiones para eventuales correcciones.
7.8.
ACTIVIDADES DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA
•
Planificación Provincial de la lucha contra las enfermedades venéreas.
•
Obtener los recursos necesarios para el funcionamiento del programa.
•
Transferir los recursos financieros a la unidad operativa del programa
(Colegio Médico Veterinario de la Provincia de La Pampa).
•
Seguimiento y asesoramiento en el desarrollo del programa.
•
Análisis, evaluación y fiscalización del programa.
•
Seguimiento y evaluación del uso de los recursos.
•
Intervenir en la toma de decisiones para eventuales correcciones en el
desarrollo.
•
Legislar sobre la obligatoriedad y cumplimiento de medidas colectivas,
derechos, sanciones y aspectos jurídicos que contribuyan a asegurar la
continuidad del Programa.
•
Propender a la vinculación con los distintos organismos participantes
del programa tanto en el ámbito provincial como nacional.
•
Intervenir en la promoción y difusión del Programa.
7.9.
ACTIVIDADES DEL INTA.
•
Cooperar conjuntamente con la Dirección de Extensión de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios en la puesta en marcha (DE-SAA).
•
Capacitar junto con el Col. Méd. Vet. y la Fac. de Cs. Vets. los recursos humanos profesionales que trabajen dentro del programa.
•
Conjuntamente con el área de la dirección de laboratorios y control
técnico del SENASA, la FCV de la UNLPam y la Comisión de Enf. Venéreas de la AAVLD, llevar a cabo los controles de calidad para los laboratorios de
diagnóstico veterinario.
•
Colaborar en el desarrollo de un Sistema de Soporte para la Vigilancia Epidemiológica y toma de decisiones, conjuntamente con el SENASA, CMV y la DE-SAA.
•
De acuerdo a los requerimientos y avances del Programa actuaría
conjuntamente con la FCV de la UNLPam, como soporte técnico en la capacitación y transferencia de tecnología en aquellos temas en que las
circunstancias de cada región así lo requieran, tal cual surja de las
evaluaciones anuales que se realicen a través del Sistema de Soporte y
Vigilancia Epidemiológica.
•
Propenderá a la vinculación con los distintos organismos provinciales y
nacionales que participen en el Programa.
•
Participar en el seguimiento, asesoramiento, análisis y evaluación del
Programa.
•
Participar en la toma de decisiones para eventuales correcciones.
•
Intervenir en la difusión.
7.10.
ACTIVIDADES DE LA UNIVERSIDAD
•
Tendrá a su cargo junto con el Col. Méd. Vet. y el INTA el trabajo de
capacitación de recursos humanos, a través del cual se habilitarán los
profesionales que trabajen dentro del Programa.
•
Conjuntamente con el área de la dirección de laboratorios y control
técnico del SENASA, el INTA y la Comisión de Enf. Venéreas de la AAVLD, llevará a cabo los controles de calidad para los laboratorios de diagnóstico
veterinario.
•
De acuerdo a los requerimientos y avances del Programa actuaría
conjuntamente con el INTA, como soporte técnico en la capacitación y
transferencia de tecnología en aquellos temas en que las circunstancias
de cada región o situación particular así lo requieran, tal cual surja
de las evaluaciones anuales que se realicen a través del Sistema de
Soporte y Vigilancia Epidemiológica.
•
Propenderá a la vinculación con los distintos organismos provinciales y
nacionales que participen en el Programa.
•
Participará en el seguimiento, asesoramiento, análisis y evaluación del
Programa.
•
Participar en la toma de decisiones para eventuales correcciones.
•
Intervenir en la difusión.
8.
Proyectos Específicos
9.
Presupuesto del Programa.
El
presupuesto necesario para la ejecución del programa será establecido
anualmente en el ámbito de la comisión técnica de la COPROSA Provincial, para lo cual deberá tenerse en cuenta el número de animales existentes en
los departamentos que ingresen a Control. El presupuesto deberá
básicamente contener:
•
El costo de los trabajos de revisación de los toros, incluidos los
muestreos de campo y los diagnósticos de laboratorio.
•
El costo de las caravanas necesarias para la identificación de los
toros.
•
Los costos que surjan para la realización de la programación operativa
en cada Fundación.
•
Y los costos que tenga el Colegio Médico Veterinario generados por las
actividades que desarrolle.
El
presupuesto que surja será presentado al Gobierno Provincial quien será
el encargado de gestionar los mecanismos necesarios para la obtención
de los mismos y deberá proveerlos en tiempo y forma para la correcta
ejecución del Programa.
10.
Legislación Aplicable
Las
acciones de policía sanitaria aplicable a aquellos predios que no
cumplan con las pautas establecidas en el presente programa, devienen
de la Ley 3959 que establece que los predios que no cumplan serán
interdictados, clausurados, inmovilizados, etc. En tanto no exista una
norma específica para el presente Programa es aplicable la norma
general de denuncia de casos de enfermedad que está incluida en la Resolución
Nº 422/2003 del SENASA.
CAPITULO
III. (Exige Resolución del SENASA.)
1.
Metas anuales del programa
2.
Programa Operativo Anual por provincia
3.
Presupuesto Operativo Anual por provincia
CAPITULO
IV. (No exige Resolución del SENASA.)
MANUAL
DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS.
PARTE
I. Definiciones
1.1.
PREDIO
Se
considera predio, a la agrupación de campos o parcelas catastrales de
superficie de tierra contigua, independiente de la forma de tenencia,
operados como una sola unidad de explotación ganadera. Esto puede
incluir sitios de producción que se manejan de forma separada con fines
comerciales. Esta definición incluye los términos, campo, parcela,
establecimiento rural. De acuerdo a la Ley 25.890, “El término ‘establecimiento rural’ comprende todo inmueble que se destine a la
cría, mejora o engorde del ganado, actividades de tambo”.
1.2.
RODEO
Se
entiende por rodeo ganadero a todo conjunto de animales bovinos que
integran una misma finalidad productiva, pudiendo encontrarse en una o
más predios. Si se tratara de predios con rodeos de distintas
finalidades productivas (cabañas, tambos) también, todos deberán ser
identificados y examinados. En el caso de que el propietario posea más
de un predio y existan movimientos de animales entre ellos, a los fines
del saneamiento y control oficial; se considerará como un solo rodeo.
1.3.
PREDIO INSCRIPTO
Será
considerado como predio inscripto aquel que haya iniciado la revisación
de los toros presentado la solicitud correspondiente y los protocolos
de laboratorio de los últimos análisis consecutivos realizados.
1.4.
ANIMALES A EXAMINAR
Deberán
someterse a las pruebas diagnósticas todos los machos bovinos enteros
que se utilicen con fines reproductivos existentes en el predio rural.
Sólo serán exceptuados los machos bovinos enteros que por razones
zootécnicas, de edad, aplomos, por considerarse portadores de otras
enfermedades o por cualquier otra característica que lleven a
descartarlos para este fin. Estos deberán también ser identificados con
caravanas.
1.5.
ANIMAL POSITIVO
Se
considerará reaccionante a todo macho entero que se utilice con fines
reproductivos y que arroje resultado positivo en alguna de las dos
pruebas diagnósticas realizadas por el laboratorio habilitado.
1.6.
ANIMAL NEGATIVO
Se
considerará negativo a todo macho entero que se utilice con fines
reproductivos y que sometido al examen arroje resultado negativo a dos
pruebas diagnósticas realizadas por el laboratorio habilitado.
1.7.
PREDIO EN SANEAMIENTO
Se
define como “predio en saneamiento” aquel que haya
realizado el examen de la totalidad de los machos enteros que se
utilicen con fines reproductivos existentes en el predio y proceda a la
exclusión de los toros positivos en tiempo y forma.
Aquellos
predios en los que se detecte algún animal positivo en cualquiera de
las pruebas diagnósticas, también será considerado como en saneamiento,
hasta el año siguiente en el que la reexaminación determinará si
adquiere la categoría de saneado o sigue “en saneamiento”.
1.8.
PREDIO OFICIALMENTE SANEADO
Será
considerado como predio oficialmente saneado de Enfermedades Venéreas,
aquel en el que la totalidad de los machos enteros con fines
reproductivos arrojaron resultados negativos a dos pruebas diagnósticas
consecutivas en los plazos y época establecidos.
1.9.
REGION (DEPARTAMENTO PROVINCIA) OFICIALMENTE EN SANEAMIENTO.
Se
define como tal aquella en la que dentro de los límites de la misma
todos los predios se encuentran bajo un régimen de saneamiento.
Pudiendo coexistir dentro de la misma predios en saneamiento y
saneados.
1.10.
REGION (DEPARTAMENTO PROVINCIA) OFICIALMENTE LIBRE.
Se
define como tal aquella en la que dentro de los límites de la misma
todos los predios están oficialmente saneados de enfermedades venéreas.
Esta condición deberá ser validada anualmente. Los predios de una
región oficialmente libre, podrían disminuir la cantidad de controles
realizados por predio siempre que la comisión técnica de COPROSA
considere que los riesgos son bajos
PARTE
II Procedimientos
1.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
1.1.
Servicios Veterinarios Oficiales
1.2.
Supervisión del Programa
1.3.
Control de gestión
1.4.
Auditoría
1.5.
Servicios para los Ganaderos
2.
PROCEDIMIENTOS PARA LA VACUNACION
3.
PROCEDIMIENTOS REQUERIDOS PARA EL DIAGNOSTICO
3.1.
Identificación de los animales.
El
veterinario acreditado deberá retirar las caravanas necesarias para la
identificación de los toros en la Fundación para la Sanidad Animal de cada Departamento, a la que a su vez le serán provistas por el Colegio Médico
Veterinario. En el predio deberá controlar que todos los animales
machos que se utilicen con fines reproductivos le sean presentados e
identificarlos con las caravanas provistas para tal fin.
3.2.
Movimiento de Animales
3.2.1.
INGRESOS: sólo podrán ingresar a los departamentos bajo plan, los
machos enteros en edad de reproducción que acrediten dos exámenes
negativos consecutivos.
3.2.2.
EGRESOS: para movilizar los machos enteros con edad de reproducción
dentro de la Provincia deberá acreditar dos análisis consecutivos con
resultados negativos.
Los
animales que resulten positivos a la prueba podrán ser trasladados con
destino a faena o fuera del área del presente plan respetando las
normas vigentes de nivel Provincial y Nacional.
3.3.
Toma de muestras.
Se
podrá realizar con cualquiera de los métodos descriptos a continuación:
3.3.1.
Método de la pipeta
Consiste
en una pipeta de las que se utilizan para la inseminación artificial en
bovinos la que se introduce en la cavidad prepucial mientras que en el
extremo opuesto se coloca un tubo de látex por donde se aspiraba el
material con una jeringa.
Otra
variante de este método utiliza la pipeta de Cassou que se emplea
también para la inseminación artificial con las vainas azules. Con
cualquiera de los dispositivos que se utilice es muy importante no
manipular el extremo anterior estéril para evitar la introducción de
contaminantes. Este sistema permite extraer una buena cantidad de
esmegma, y a su vez evita que dicho material tenga contacto directo con
el anillo prepucial, con lo cual se disminuyen las probabilidades de
contaminación. Se deberá poner especial cuidado en realizar la
extracción de la muestra en el área del glande del pene y fórmix.
1.2.2
Método del lavaje prepucial
Este
método denominado también de la ducha está basado en la introducción de
PBS dentro del prepucio (Fitzgerald et al 1952). Para ello se utiliza
una pipeta de inseminación artificial, a la que se le conecta un tubo
de látex de aproximadamente 60 cm. Este tubo de látex está adosado por su otro extremo a una jeringa que contiene PBS. Una vez introducida la
solución, se cierra con una mano el orificio prepucial para evitar su
salida y se efectúan vigorosos masajes en sentido cráneo-caudal durante
aproximadamente 1 minuto. Posteriormente se recoge el líquido con la
jeringa o se lo deja caer por gravedad a través de la goma.
En
ambos métodos es importante utilizar material individual debidamente
esterilizado para cada toro muestreado.
3.3.1.
Retesteado de un rodeo infectado
4
PROCEDIMIENTOS PARA LOS LABORATORIOS Y LAS PRUEBAS DIAGNOSTICAS
4.1.
Laboratorios
•
Realizará los análisis correspondientes para el diagnóstico de las
enfermedades venéreas de los reproductores machos.
•
Deberá respetar los honorarios profesionales mínimos previstos, con el
pago centralizado en el CMV el cual abonará los respectivos honorarios
previo descuento de las retenciones pertinentes.
•
Deberá cumplimentar los requisitos de capacitación y nivelación.
•
Deberá aprobar anualmente los controles de calidad provincial diseñados
a tal fin.
•
Deberá emitir los informes correspondientes según flujo de información.
•
Será parte integrante de una red de base de datos provincial.
•
Deberá poseer la capacidad operativa de acuerdo a los anexos técnicos
diseñados a tal fin.
•
Deberá poseer capacidad edilicia instalada en la provincia.
•
La dirección técnica del laboratorio deberá estar a cargo de un Médico
Veterinario inscripto y habilitado por el CMV de La Pampa.
COMISION
PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL COPROSA
ACTA
DE REUNION 19 DE FEBRERO DE 2007
Miembros
presentes:
Dr.
Daniel DUBIE
|
Dirección
General de Agricultura y Ganadería.
|
Dr.
Héctor OTERMIN
|
Colegio
Médico Veterinario
|
Dr.
Luis Carné
|
Coord.
Reg. de Sanidad Animal SENASA
|
Dr.
Ricardo SUITTI
|
CARBAP
|
Sr.
Vicente BARREIX
|
Sociedad
Rural Argentina
|
Dr.
Orlando HERPSOMMER
|
SENASA
|
Sr.
Norman PITTA
|
CONINAGRO
|
Sr.
Ever Demarchi
|
Federación
Agraria Argentina
|
Dr.
Marcelo FORT
|
INTA
ANGUIL
|
Ing.
Alexis BENINI
|
Dirección
de Extensión Agropecuaria
|
Siendo
la 10:00 horas se da comienzo a la reunión, se presenta el Documento
final del “Programa Provincial de Control y Erradicación de
Enfermedades Venéreas de los Bovinos de la Provincia de La Pampa”. Como se menciona en el acta de esta comisión del día 22 de
agosto de 2006, el programa se ha modificado en cuestiones de forma
(redacción) con respecto a la versión aprobada por esta comisión, como
ha sido propuesto por el SENASA (se adjunta programa definitivo con su
manual de procedimiento).
Se
hace una breve reseña sobre la Fase 1 del programa en los departamentos
de Capital, Utracán y Toay que se encuentra finalizada, y alcaza
aproximadamente a una población de 14.000 reproductores. Por lo tanto y
como a sido solicitado por esta comisión en la reunión del día 22 de
agosto de 2006 se solicita al Sr. Ministro de la Producción de la Provincia de La Pampa establezca las medidas necesarias para que se
implementen las restricciones totales de movimientos a cualquier
categoría de animales en los establecimientos que no hayan llevado a
cabo el mencionado programa. Del mismo modo esta comisión solicita al
Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA) dicte la resolución correspondiente
para cumplir con dicho programa como se ha comprometido.
Habiendo
expuesto todo lo relacionado al “Programa provincial de Control y
Erradicación de la Enfermedades Venéreas de los Bovinos de la Provincia de La Pampa” los representantes de los organismos que integran esta
comisión firman en conformidad la versión definitiva del mencionado
programa.
Se ha
tratado el “Programa Superador de control y erradicación de la
brucelosis bovina en la Provincia de La Pampa”. Quedando aprobado por los presentes en este acto. Esta comisión solicita al Sr.
Ministro de la Producción de la Provincia de La Pampa, dicte la medida que corresponda para la implementación y ejecución de dicho programa y su
posterior elevación a la Comisión Nacional de brucelosis dependiente del SENASA para su correspondiente aprobación.
También
se trato la fecha de vacunación para la campaña de aftosa en los
departamentos de cría. Se acuerda que de no mediar inconvenientes por
parte de las fundaciones a las cuales afecta, el segundo período de
vacunación se realizará en los meses de diciembre enero.
ANEXO II
MINISTERIO
DE LA PRODUCCION
SUBSECRETARIA
DE ASUNTOS AGRARIOS
DIRECCION
GENERAL DE AGRICULTURA Y GANADERIA
CENTRO
CIVICO Telf. 02954 -452600 Internos: 1207 - 1222 - 1221 - 1312 - 1412
ACTA
REUNION
DE LA CORPROSA - 28 DE FEBRERO DE 2008
En
Santa Rosa, a los 28 días del mes de febrero de 2008, siendo las 9 hs.
se reúnen en la sala Mechi Mario del 3º piso de la Casa de Gobierno, los siguientes integrantes de la COMISION PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL (COPROSA):
FERRAN, Abelardo
|
Ministro
de la Producción
|
SAGO, Adrián
|
SENASA
|
ESAIN, Fernando
|
Colegio
Médico Veterinario
|
CARNÉ, Luis
|
SENASA
|
PITTA, Norman
|
CONINAGRO
|
TORROBA, Héctor
|
CARBAP
|
OTERMIN, Héctor
|
Colegio
Médico Veterinario
|
FORT, Marcelo
|
INTA
Anguil
|
DUBARRY, Jorge
|
Facultad
de Ciencias Veterinarias UNLPam
|
GOYENECHE, Pedro
|
Dirección
General de Agricultura y Ganadería.
|
GONZALEZ, Fernanda
|
Dirección
de Extensión Agropecuaria.
|
BARREIX, Vicente
|
Sociedad
Rural Argentina
|
SIUTTI, Ricardo
|
CARBAP
|
Se
encuentran presentes además, especialmente invitado el Dr. Jorge
Dillon, Director Nacional de Sanidad Animal del SENASA y los doctores
Alberto ETCHEVERRY, Juan DOTTA y Hernán PINCIROLI también del SENASA.
Iniciada
la reunión toma la palabra el Dr. Abelardo FERRAN, Ministro de la Producción de la Prov. de La Pampa, quien expone sobre las acciones de Gobierno
Provincial. Manifiesta el compromiso de continuidad de las políticas
establecidas en la gestión anterior, sobre cuales se va a avanzar,
entre ellas resaltó la continuidad del Programa de Control y
Erradicación de Enfermedades Venéreas.
El
Dr. Etcheverry Director Regional del Senasa La Pampa-San Luis , remarcó la importancia de la reunión y el trabajo en conjunto entre
las distintas instituciones que conforman la COPROSA, para avanzar en los distintos programas sanitarios.
A
continuación se comienza a desarrollar el temario definido
oportunamente:
1)
Presentación del Programa Provincial de Control de Enfermedades
Venéreas:
El
Dr. Marcelo FORT, del INTA Anguil, expone sobre fundamentos del
Programa, mecánica operativa del plan y modificaciones a realizar en la
misma a partir del presente año.
Presenta
también los resultados obtenidos, hasta el momento, de las dos etapas
que se han realizado. Se cuenta fundamentalmente con los resultados del
primer año de cada etapa, ya que aún los laboratorios no han remitido
la totalidad de la información de 2007, por tal motivo muestra en su
presentación resultados parciales de 2007.
2)
Viaje de la COPROSA Técnica a Buenos Aires:
El
ing. Goyeneche informa sobre la reunión de la COPROSA Técnica realizada a fines de diciembre. En la misma se tomó la decisión de concertar
una entrevista Dr. Jorge Dillón en la Ciudad de Buenos Aires a los efectos de definir los últimos ajustes al programa consistente básicamente en la
incorporación de anexos tendientes a mejorar el control y fiscalización
del mismo. En dicha reunión el Dr. Dillón sugirió concretamente la
incorporación de anexos que debieran formar parte del programa
originalmente presentado.
Los
integrantes de la COPROSA acuerdan la remisión a la brevedad de dichos
anexos, los que fueran consensuados en la reunión de la COPROSA Técnica de diciembre de 2007, como así también en la reunión mantenida con el Dr.
Dillón en la sede de SENASA central.
3)
Informe sobre el lanzamiento de la 3º Etapa del Programa de control de
Venéreas:
La
Dra. González expone sobre el lanzamiento de la 3º Etapa del Programa
de Control de Enfermedades Venéreas en el Oeste de la provincia,
realizado el 15 de febrero próximo pasado.
Dicho
lanzamiento se realizó en el Paraje Paso Maroma y en la localidad de
Limay Mahuida ambos del Departamento homónimo, congregando la
asistencia de 80 productores. En dicho encuentro el Dr. Ferrán,
Ministro de la Producción, expuso sobre la política provincial para el
sector y posteriormente, el Dr. Marcelo Fort realizó una disertación
práctica a los efectos de explicar la metodología del progama y la
importancia del control de las enfermedades venéreas en el rodeo
bovino.
4)
Informe sobre estrategia de capacitación y difusión:
La
Dra. González informa sobre capacitaciones realizadas en el marco del
programa durante los años 2006-2007 y las previstas para el presente
año. Se plantea la difusión por medios gráficos, televisivos y radiales
del lanzamiento de la 3º etapa, fundamentalmente remarcada en los
Departamentos incluidos en la misma. Se prevé la distribución de
folletería a todos los productores agropecuarios de la región
aprovechando el inicio de la próxima campaña de vacunación antiaftosa
con la participación activa de los vacunadores oficiales. Se
intensificará la capacitación a productores a través de charlas en
distintas localidades de estos departamentos, realizándose también
cursos de acreditación a profesionales que realizarán las tomas de
muestras. Finalmente se difundirán los resultados obtenidos hasta el
momento en los departamentos que ya están dentro del plan. (1º y 2º
Etapa)
5)
Varios:
El
Dr. Jorge DILLON, consulta sobre funcionamiento del programa y cómo se
vuelca esa información a los profesionales.
Manifiesta
la importancia de contar con la información para realizar la vigilancia
epidemiológica, responsabilidad que debe ser compartida entre los
integrantes de la COPROSA.
Destacó
la importancia del Programa de Venéreas, ya que considera que es un
arrancador para el mejoramiento del sistema, ya que posibilita el
ordenamiento del rodeo.
Resalta
la importancia de los laboratorios de diagnóstico, y el desarrollo de
capacidad diagnóstica en La Provincia de La Pampa. En este sentido señala la importancia de la reactivación del laboratorio de diagnóstico
de la localidad de Santa Isabel.
Remarca
la responsabilidad del Colegio Médico Veterinario para centralizar la
información, su posterior análisis y difusión a veterinarios y laboratorios.
En este mismo sentido sugiere implementar un programa de retorno de la
información generada con la finalidad de mantener debidamente
informados a los distintos actores.
En
otro orden de cosas el Dr. Dillon expuso la necesidad de compartir
información georreferenciada a los efectos de mejorar los sistemas de
gestión sanitarios.
El
Ing. GOYENECHE consulta al Dr. Dillon sobre los avances respecto a la
aprobación del Programa Superador para el Control de la Brucelosis Bovina, a los efectos de diseñar una estrategia de difusión. A lo cual el Dr.
Dillon expresa que va a realizar la consulta al responsable del
programa sobre su estado actual.
El
Dr. Carné, Dr. Sago y el Ing. Goyeneche exponen sobre los trabajos
realizados en forma conjunta ante la detección de focos de triquinosis,
en la localidad de Colonia 25 de Mayo. Respecto a este tema se informa
sobre las tareas de concientización y prevención y adecuación de
instalaciones en cada uno de los pequeños criaderos, previo a la
repoblación de animales.
Finalmente
el Dr. Dillón realizó una exposición sobre la georreferenciación de
toda la información que dispone el SENASA y la utilidad de compartir la
misma a los efectos de mejorar los sistemas de gestión.
Sin
más temas para tratar, se da por concluida la reunión siendo las 13
horas, 10 minutos.
Anexo
I En el marco del Programa de Control y Erradicación de las
enfermedades venéreas de la Provincia de La Pampa, con las atribuciones que en él se otorgan a la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) y en cumplimiento de lo contemplado en el punto 3 “Estrategias del
Programa”, se decide implementar un sistema único de recolección
de la información que permita tener un conocimiento permanente de la
evolución de la enfermedad y de la marcha del Programa, en lo que se
refiere a rodeos controlados y grado de cumplimiento de los objetivos
planteados. Este sistema permitirá, también, conocer la evolución
espacial y temporal de la enfermedad y evaluar el riesgo de
introducción y diseminación de los agentes productores.
El
Colegio Médico Veterinario de La Pampa (CMVLP) será el responsable de recolectar la información que deberá provenir de los Laboratorios de
diagnóstico siendo ésta la única ruta válida (Laboratorio ‹
CMVLP). Para ello el CMVLP dispondrá de un software de gestión que
recibirá en forma electrónica toda la información correspondiente a los
diagnósticos realizados por los Laboratorios. Con esta base de datos se
elaborará un listado con la totalidad de los rodeos controlados cada
año y será enviada al SENASA para volcarla al Sistema de Gestión
Sanitaria, del que dispone este organismo. Por lo tanto ésta será la
única forma para las oficinas locales de determinar si un rodeo realizó
los diagnósticos correspondientes.
En
aquellos casos en que los diagnósticos hayan sido realizados y que por
cualquier circunstancia no aparezcan en la lista oficial, el
laboratorio de diagnóstico deberá enviar la información al Colegio
Médico Veterinario, para que éste la incluya y la envíe al SENASA.
El
análisis de la información y la obtención de indicadores
epidemiológicos serán realizados en el ámbito de la COPROSA técnica para:
•
Evaluar el desarrollo del programa analizando periódicamente la
información recibida (Colegio Médico Veterinario).
•
Elaborar un informe anual con la totalidad de la información
recolectada.
•
Realizar estudios epidemiológicos conducentes a determinar las
características de difusión en el espacio y tiempo de las enfermedades
venéreas (COPROSA Técnica).
•
Realizar estudios de factibilidad para determinar rodeos y zonas libres
de enfermedad (COPROSA Técnica).
Anexo
II En el marco del Programa de Control y Erradicación de las
enfermedades venéreas de la Provincia de La Pampa, con las atribuciones que en él se otorgan a la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) y en cumplimiento de lo contemplado en el punto 4 (Identificación de los Toros)
se establece que:
A
partir del 1 marzo de 2008 todo bovino macho entero deberá estar
identificado al momento del control de enfermedades venéreas con
caravanas oficiales (Resolución 754/06). De esta manera se podrá
realizar un eficaz seguimiento y auditoría de los toros positivos a
enfermedades venéreas. Quedarán exceptuados de esta identificación los
animales inscriptos o registrados y que por lo tanto lleven la
identificación correspondiente a las distintas asociaciones de
Criadores.
Anexo
III En el marco del Programa de Control y Erradicación de las
enfermedades venéreas de la Provincia de La Pampa, con referencia al punto 3.2 “Movimiento de animales”, la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) con las atribuciones que a ella se le
otorgan, establece:
EGRESOS:
Todo predio que no haya cumplimentado con el control de enfermedades
venéreas al solicitar en SENASA la documentación para realizar
movimientos, deberá firmar un acta compromiso donde se establece un
plazo de 60 días para realizar este control. Trascurrido dicho plazo el
bloqueo será en todas las categorías y para todos los destinos.
INGRESOS:
Los toros que ingresan a cualquier departamento de la provincia de La Pampa y que no tengan realizados los dos controles correspondientes para enfermedades
venéreas, deberán firmar el mismo compromiso mencionado en egresos.
Anexo
IV En el marco del Programa de Control y Erradicación de las
enfermedades venéreas de la Provincia de La Pampa, con referencia al Movimiento de animales que resultaren positivos a cualquiera de las pruebas
diagnósticas realizadas para tal fin, la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) con las atribuciones que a ella se le
otorgan, establece:
Aquellos
toros que resulten positivos en los análisis realizados por el
laboratorio de diagnóstico deberán ser tratados o eliminados del rodeo.
TRATAMIENTO
DE ANIMALES POSITIVOS: Los animales que resulten positivos a
enfermedades venéreas y sobre los que se decida su tratamiento
terapéutico, deberán acreditar tres controles negativos postratamiento.
Anexo
V En el marco del Programa de Control y Erradicación de las
Enfermedades Venéreas de la Provincia de La Pampa, con las atribuciones que en él se otorgan a la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) y en cumplimiento de lo contemplado en el mismo se decide implementar un sistema
de auditorías a ejecutar en forma conjunta por las instituciones que
conforman la COPROSA. Estas auditorías tendrán como objetivo:
•
Establecer el grado de cumplimiento de los deberes asignados a cada uno
de los actores del presente Programa.
•
Determinar si las funciones se han ejecutado de manera eficiente y efectiva.
•
Verificar la ejecución de las actividades correspondientes a toma de
muestras y diagnósticos de laboratorio.
•
Evaluar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
establecidas en el Programa.
•
Determinar el nivel alcanzado de los objetivos y metas propuestos.
|