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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 368 |
17/10/2008 |
Fecha: |
22/10/2008 |
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Dependencia: |
RE-358-2008-SAGPA |
Tema: |
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA |
Asunto: |
Modifícase el
Artículo 1º de
la
Resolución 110 del 5 de marzo de 1998 referida a
retribuciones por servicios extraordinarios requeridos por particulares
fuera del horario oficial. |
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VISTO el Expediente Nº S01:0379153/2007 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto Nº 6610 de fecha 13 de abril
de 1956,
la Resolución
Nº 110 del 5 de marzo de 1998 de la ex SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
el Decreto Nº 6610 de fecha 13 de abril de 1956 definió como servicio
extraordinario requerido a aquel servicio relacionado con las tareas
vinculadas con la fiscalización para certificar calidad o estado sanitario, a
solicitud de particulares, brindado fuera del horario oficial establecido o
en días no laborables para
la Administración Pública
Nacional. |
Que
en virtud de lo establecido por el Artículo 11 del citado Decreto Nº 6610/56,
se dispuso que el entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, debía
liquidar mensualmente las sumas devengadas en concepto de servicios
extraordinarios que brinda a terceros. |
Que
actualmente dicha función es asumida por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION. |
Que
por
la Resolución Nº
110 del 5 de marzo de 1998 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
se fijaron los montos para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la citada
ex Secretaría del mencionado ex Ministerio, actual SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en concepto
de retribución por servicios extraordinarios requeridos por particulares. |
Que
asimismo, en el Artículo 3º del mencionado acto resolutorio, se estableció
que a los aranceles fijados se les adicionarán los porcentuales en concepto
de aportes provisionales y demás que correspondan sobre las remuneraciones
del personal, conforme la normativa vigente. |
Que
teniendo en cuenta el curso que ha tenido la economía del país en los últimos
años surge la desactualización de los montos
fijados en la citada Resolución Nº 110/98. |
Que
de acuerdo a los informes producidos por las áreas sustantivas respecto al
tema, se evidencia la pérdida del poder adquisitivo de los agentes del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Que atento a lo
expuesto procede establecer los nuevos valores para el personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en concepto de retribución por
servicios extraordinarios requeridos por particulares, en tareas vinculadas
con la fiscalización para certificar calidad y estado sanitario fuera del
horario oficial y que fueran oportunamente establecidos mediante
la Resolución Nº 110/98. |
Que el Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita
de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION se ha expedido favorablemente sobre el particular. |
Que
la Dirección
de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTOS dependiente de
la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la
intervención que le compete. |
Que
la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
al suscripto por el Artículo 2º del Decreto Nº 6610 de fecha 13 de abril de
1956. |
Por
ello, |
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Sustitúyese el Artículo 1º de
la Resolución Nº 110
del 5 de marzo de 1998 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
el que quedará redactado de la siguiente manera: |
“ARTICULO
1º — Fíjase para el personal del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita
de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, en concepto de retribución por servicios extraordinarios requeridos
por particulares, en tareas vinculadas con la fiscalización para certificar
calidad y estado sanitario fuera del horario oficial, los siguientes montos: |
“a)
Personal técnico profesional o personas de especialidad reconocida en las
funciones específicas a que el servicio se refiere, valor nominal por hora de
servicio extraordinario re-querido PESOS TRECE CON CATORCE CENTAVOS ($
13,14). |
b)
Personal auxiliar de tareas independientes o de cooperación con el
comprendido en el inciso anterior, valor nominal por hora de servicio extraordinario
requerido, PESOS OCHO CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 8,93). |
c)
Personal administrativo o de maestranza, valor nominal por hora de servicio
extraordinario requerido, PESOS TRES CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($ 3,38).”. |
Art.
2º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi. |
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