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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 35 |
21/05/2009 |
Fecha: |
28/05/2009 |
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Dependencia: |
RE-35-2009-DGA |
Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Habilitación provisoria Puerto Nuevo de
la Ciudad de Formosa. |
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VISTO
la
Actuación SIGEA Nº
12280-579-2008 del registro de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO |
Que
mediante Nota MPIOSP Nº 154/08 el Gobierno de
la Provincia de Formosa,
a través del Ministerio de Planificación, Inversión, Obras y Servicios
Públicos, solicita la habilitación de una Zona Primaria Aduanera en el Puerto
Nuevo de
la Ciudad
de Formosa, en jurisdicción de
la
Aduana de Formosa, detallando en su presentación las obras
de infraestructura que se compromete realizar. |
Que
el área que se solicita habilitar incluye el muelle, con un frente de atraque
de TRESCIENTOS CUARENTA METROS (
340 metros) de longitud, playa de maniobras
de camiones y oficinas administrativas, con una superficie aproximada de
TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS CON CINCUENTA METROS
CUADRADOS (
37.476,50
m2). |
Que
mediante Decreto Nº 768 del 15 de septiembre de 2003, el Poder Ejecutivo
habilitó con carácter provincial, de uso público y con destino comercial al
Puerto Nuevo de
la Ciudad
de Formosa, ubicado al sur de
la
Ciudad de Formosa, Provincia de Formosa, a la altura del
Km. 1444 del Río Paraguay. |
Que
restan finalizar obras de infraestructura necesarias para el control de las
operaciones de comercio exterior a realizarse en dicho lugar operativo. |
Que
tanto el predio como las instalaciones destinadas al control de operaciones
aduaneras reunirán los requisitos para su definición como Zona Primaria en
los términos del Artículo 5º inciso 2º del Código Aduanero. |
Que
ante la necesidad de contar con un lugar operativo en la jurisdicción que
facilite las operaciones de comercio exterior en la región y contribuya al
descongestionamiento del paso fronterizo Clorinda - Puerto Falcón,
la Dirección Regional
Aduanara Resistencia propicia su habilitación aduanera provisoria, hasta
tanto finalicen las obras proyectadas y se conceda la habilitación definitiva
de la zona primaria aduanera. |
Que en tal sentido, resulta procedente conceder la
habilitación aduanera requerida, con carácter provisorio por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días. |
Que
han tomado la debida intervención
la División Aduana
de Formosa,
la
Dirección Regional Aduanera Resistencia y
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior. |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de
1997. |
Por ello, |
LA DIRECTORA GENERAL DE
LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE: |
Artículo
1º — Conceder la habilitación aduanera con carácter provisorio por el término
de CIENTO OCHENTA (180) días a las instalaciones del Puerto Nuevo de la
ciudad de Formosa, ubicado en el km. 1444 margen derecha del Río Paraguay, en
jurisdicción de
la Aduana
de Formosa, con una superficie aproximada de TREINTA Y SIETE MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS CON CINCUENTA METROS CUADRADOS (
37.476,50 m2). |
Art.
2º — Esta Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación
en el Boletín Oficial. |
Art.
3º — Regístrese. Comuníquese. Dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección
General. Tome conocimiento
la Subdirección General de Operaciones. Aduaneras
del Interior y
la
Dirección Regional Aduanera Resistencia. |
Cumplido,
remítase a
la
División Aduana de Formosa, para su conocimiento y
notificación. — María S. Tirabassi. |
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