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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 3439 |
23/04/2009 |
Fecha: |
28/04/2009 |
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Dependencia: |
RE-3439-2009-ONCCA |
Tema: |
PRODUCCION DE GANADO BOVINO |
Asunto: |
Autorízase el pago de compensaciones
solicitadas en el marco del mecanismo creado por
la Resolución Nº
9/2007 del entonces Ministerio de Economía y Producción. |
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VISTO el Expediente Nº S01:0138200/2009 del Registro del
MINISTERIO DE PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por
la Resolución Nº
9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo
interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno
productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja. |
Que
por
la Resolución Nº
40 de fecha 25 de enero de 2007 del citado ex Ministerio, se facultó expresamente
a
la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, a establecer
los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la
alimentación de las distintas especies animales y a definir las
clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación. |
Que
mediante Resolución Nº 1378 de fecha 23 de febrero de 2007, modificada por
las Resoluciones Nros. 4668 de fecha 4 de octubre de 2007 y 1164 de fecha 4
de febrero de 2009, todas de la citada Oficina Nacional, se incorporó al
mecanismo implementado por la mencionada Resolución Nº 9/07 y su
complementaria Nº 40/07, a los establecimientos que se dedican al engorde del
ganado bovino a corral (Feed Lots) con alimentación a base de granos de maíz
y otros componentes, para su posterior faena y comercialización
exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o
que brinde servicios a terceros. |
Que mediante la referida Resolución Nº 1378/07 y sus
modificatorias se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las
correspondientes compensaciones. |
Que en tal marco se presentaron las solicitudes de
los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral (Feed
Lots) con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su
posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya
sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros, cuyos
Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria
(C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo que
forma parte de la presente resolución. |
Que
las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron
liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº
1378/07 y sus modificatorias. |
Que
el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las
presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge
de los informes técnicos obrantes a fojas 1, 9, 17, 24, 33, 46, 83, 98, 107,
115, 122, 134, 151, 161, 169, 177, 187, 198, 207, 224, 237, 252, 260 y 266. |
Que
asimismo,
la
Coordinación del Area de Compensaciones de
la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 294,
respectivamente. |
Que
en el presente caso no resulta ser de aplicación
la Resolución Nº 145
de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION,
por tratarse de establecimientos de engorde de ganado bovino a corral (Feed
Lots). |
Que
por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las
presentaciones que se detallan a fojas 295, que no han merecido observaciones
o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas. |
Que,
en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las
compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes
técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma
parte integrante de la presente medida. |
Que
la Coordinación
Legal y Técnica de
la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, no ha presentado objeciones a la
continuación del trámite. |
Que
el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en
virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de
agosto de 2005 y por
la
Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. |
Por ello, |
EL PRESIDENTE DE
LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE: |
Artículo
1º — Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores que se
dedican al engorde del ganado bovino a corral (Feed Lots), que se detallan en
el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que
ascienden a la suma total de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL
CUARENTA Y DOS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 5.350.042,25) por los motivos
expuestos en los considerandos precedentes. |
Art.
2º — Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a
los beneficiarios mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la
presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS CINCO MILLONES
TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CUARENTA Y DOS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($
5.350.042,25) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Emilio Eyras. |
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NOTA
LOA PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO |
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