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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 34 |
11/06/2008 |
Fecha: |
13/06/2008 |
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Dependencia: |
RE-34-2008-DGA
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Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Gobierno de
la Provincia de
Santiago del Estero. Habilitación Provisoria Zona Operativa de La Banda. |
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VISTO:
la
Actuación SIGEA Nº
12720- 1748- 2006 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por la citada actuación el Gobierno de
la Provincia de Santiago
del Estero, solicita la habilitación de una Zona Primaria Aduanera sobre un
predio de su propiedad de CINCO MIL NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (
5.900 m2) de superficie,
ubicado según Padrón Catastral que se identifica como Parcela 01 de
la Manzana “H” del Parque
Industrial de
la Ciudad
de
La Banda
de
la Provincia
de Santiago del Estero. |
Que en virtud que
la Sección Resguardo
de Registro de Santiago del Estero dependiente de
la División Aduana
de Tucumán, no cuenta con una Zona Primaria Aduanera para realizar las tareas
de control de carga afectadas al Comercio Exterior,
la Dirección Regional
Aduanera Córdoba manifiesta en autos que la presente solucionaría una
necesidad fundamental para que el Servicio Aduanero ejerza las funciones y
facultades de fiscalización y control a su cargo, opinión compartida por
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior. |
Que
las áreas operativas intervinientes manifiestan que
la superficie del terreno que se propone habilitar como Zona PrimariaAduanera, además de resultar acorde al volumen
actual de las operaciones de importación y exportación registradas en el citado
Resguardo de Registro de jurisdicción de
la Aduana de Tucumán, resulta suficiente para
ejercer el control del Servicio Aduanero, considerando también el incremento proyectado
en la demanda del Comercio Exterior en la región. |
Que
de acuerdo a lo informado por
la División Aduana de Tucumán mediante Nota Nº 1230/07 (AD TUCU) (fs 49/51), el mismo cuenta con
las condiciones de infraestructura necesarias para ejercer el control aduanero. |
Que, en consecuencia, tanto el predio como las
instalaciones destinadas para la realización de operaciones aduaneras reúnen los
requisitos para su habilitación como Zona Primaria en los términos del Artículo
5º inciso 2º del Código Aduanero. |
Que
por actuación separada tramita el contrato de cesión del predio por parte del
Gobierno de
la Provincia
de Santiago del Estero a favor de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, para la ejecución del control aduanero por parte de
la Dirección General
de Aduanas —Aduana de Tucumán—. |
Que
en función de los informes obrantes en autos, corresponden autorizar las
operaciones que se desarrollen en el citado lugar operativo en forma
provisoria y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, hasta tanto se
concrete la gestión de comodato del Gobierno de
la Provincia de Santiago
del Estero a favor de
la ADMINISTACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, momento
en que se propiciará la habilitación definitiva de
la Zona Primaria Aduanera. |
Que
en autos han tomado debida intervención
la División Aduana
de Tucumán,
la
Dirección Regional Aduanera Córdoba y las Subdirecciones
Generales de Operaciones Aduaneras del Interior y Técnico Legal Aduanera de
la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS. |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de
1997. |
Por ello, |
LA DIRECTORA GENERAL DE
LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE: |
Artículo
1º — HABILITAR con carácter provisorio y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días, una ZONA OPERATIVA ADUANERA ubicada en el predio de CINCO MIL
NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (
5.900 m2) de superficie, área que se
identifica como Parcela 01 de
la
Manzana “H” del Parque Industrial de
la Ciudad de
La Banda, Provincia de
Santiago del Estero, jurisdicción de
la División Aduana
de Tucumán. |
Art.
2º —
La Aduana
de Tucumán dictará el reglamento de funcionamiento. |
Art.
3º — Regístrese. Comuníquese. Dése a
la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta
DIRECCION GENERAL. |
Tome
conocimiento
la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
y
la Dirección Regional
Aduanera Córdoba. Remítanse estos actuados a
la División Aduana
de Tucumán para su conocimiento, notificación al Gobierno de
la Provincia de Santiago
del Estero y aplicación. — Silvina Tirabassi. |
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