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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decisión Nº 40 |
25/10/2007 |
Fecha: |
14/02/2008 |
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Dependencia: |
DC-40-2007-CMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
DESIGNACION DEL SECRETARIO DEL
TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISION |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de
Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR, las Decisiones Nº
37/03, 30/05, 07/07 y 36/07 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº
66/05 del Grupo Mercado Común. |
CONSIDERANDO: Que el Reglamento del Protocolo de Olivos para la
Solución de Controversias en el MERCOSUR establece en su artículo 35, que el
Tribunal Permanente de Revisión contará con una Secretaría, que estará a
cargo de un Secretario, que deberá ser nacional de cualquiera de los Estados
Partes del MERCOSUR. |
Que
el cargo de Secretario del Tribunal tendrá una duración de dos (2) años y será
ejercido en forma rotativa siguiendo el orden alfabético de los Estados
Partes del MERCOSUR. |
Que
la designación del Secretario del Tribunal será realizada por el Consejo del Mercado
Común, a propuesta del Tribunal Permanente de Revisión, de una terna de
candidatos seleccionada por concurso de antecedentes y méritos, entre los
propuestos por los Estados Partes para su conformación. |
Que
la República Argentina remitió la lista de candidatos propuestos para ocupar
dicho cargo, realizando el Tribunal Permanente de Revisión el correspondiente
concurso de méritos y antecedentes. |
Que
por Resolución Nº 04/2007 de 10 de octubre de 2007, el Tribunal Permanente de
Revisión en mayoría resolvió enviar al Consejo del Mercado Común una terna de
candidatos para Secretario del Tribunal, conformada por los Dres. Mario Alfredo Soto, Horacio del Carril y Santiago Deluca. |
Que
habiéndose recibido del Tribunal Permanente de Revisión la correspondiente
propuesta conteniendo la terna de candidatos, los cuales cumplen los
requisitos habilitantes para ocupar el cargo, corresponde
al Consejo del Mercado Común proceder a la designación del Secretario del
Tribunal. |
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE: |
Art. 1º — Designar al Dr. Santiago Deluca Secretario del Tribunal Permanente de Revisión, por el plazo de dos (2) años
computados a partir de la fecha en que asuma sus funciones. |
Art. 2º — La Presidencia Pro Tempore realizará las correspondientes notificaciones. |
Art. 3º — Esta Decisión no necesita ser incorporada al
ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR. |
VI CMC EXT.
– Montevideo, 25/X/07 |
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