Detalle de la norma RE-320-2009-SAGPA
Resolución Nro. 320 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2009
Asunto Cupo tarifario de Maní confitería, Maní partido, Maní blancheado y Grana de Maní o Maní Tostado a EEUU
Boletín Oficial
Fecha: 18/05/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 320

12/05/2009

Fecha:

18/05/2009

 

Dependencia:

RE-320-2009-SAGPA

Tema:

EXPORTACIONES

Asunto:

Distribución del cupo tarifario de “Maní confitería”, “Maní partido”, “Maní blancheado” y “Grana de Maní” o “Maní Tostado” para ser exportado a los Estados Unidos de América.

 

VISTO el Expediente Nº S01:0507921/2008 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 1169 del 17 de noviembre de 2004 y 169 del 25 de febrero de 2008, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO

Que el cupo tarifario de exportación de maní de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t.) para el año 2009, debe ser distribuido conforme lo establecido por la Resolución Nº 1169 del 17 de noviembre de 2004, modifica por su similar Nº 169 de fecha 25 de febrero de 2008, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Resolución Nº 81 del 10 de febrero de 2009 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION incluye a las operaciones de exportación de “grana de maní” o “maní tostado” dentro del régimen vigente previsto por la citada Resolución Nº 1169/04, modificada por su similar mencionada Nº 169/08.

Que habiéndose cumplido el plazo establecido por el Artículo 1º de la Resolución Nº 1169/04, se procedió al cierre del Registro de las empresas interesadas en la exportación del mentado cupo a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por lo que corresponde efectuar la distribución entre las mismas, detallándose el tonelaje que corresponde a cada una de ellas en el Anexo que forma parte de la presente medida.

Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido por el Artículo 1º del Decreto Nº 98 de fecha 13 de febrero de 2009.

Que el suscripto es competente para el dictado del presente en virtud de las facultades que le otorga el Artículo 37 del Decreto Nº 2284 del 31 de octubre de 1991, modificado por su similar Nº 2488 del 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por la Ley Nº 24.307 y el Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE:

Artículo 1º — Distribúyese la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t.) del cupo tarifario de “Maní Confitería”, “Maní Partido”, “Maní Blancheado” y “Grana de Mani” o “Mani Tostado”, para ser exportada a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a partir del 1 de abril de 2009.

Art. 2º — Asígnase a las empresas que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente medida, el tonelaje que en cada caso se indica.

Art. 3º — Déjase expresa constancia que la adjudicación a que se refiere la presente resolución, sólo se encontrará consolidada en la medida en que las empresas exportadoras cumplimenten la totalidad de los requisitos establecidos por la Resolución Nº 1169 del 17 de noviembre de 2004, modificada por su similar Nº 169 de fecha 25 de febrero de 2008, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 4º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi.

NOTA LOA: PRESIONE AQUÍ PAR VER ANEXO 1

NOTA LOA: PRESIONE AQUÍ PAR VER ANEXO 2

 
 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-1169-2004-SAGPA Cupo tarifario de "Maní confitería", "Maní partido", "Maní blancheado" y "Grana de Maní" o "Maní Tostado" EEUU