Detalle de la norma RE-3-2007-CTMFM
Resolución Nro. 3 Comisión Tecnica Mixta del Frente Marítimo
Organismo Comisión Tecnica Mixta del Frente Marítimo
Año 2007
Asunto Apertura para la captura de la especie calamar
Boletín Oficial
Fecha: 28/03/2007
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 3

23/03/2007

Fecha:

28/03/2007

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Dependencia:

RE-3-2007-CTMFM

Tema LOA:

 

Tema:

PESCA

Asunto:

Establécese la fecha de apertura para la captura de la especie calamar en la Zona Común de Pesca. Norma estableciendo la fecha de apertura para la captura de la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VISTO La conveniencia de establecer el período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) durante la temporada 2007 en la Zona Común de Pesca.

CONSIDERANDO:

La información disponible sobre la presencia del recurso en la Zona Común de Pesca.

Atento:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO RESUELVE:

Artículo 1º — Establecer la fecha de apertura para la captura de la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca a partir del 15 de abril de 2007 inclusive.

Art. 2º — La Comisión en la Reunión Plenaria del mes de mayo del corriente evaluará el estado del recurso a fin de establecer la fecha de cierre de captura de la zafra 2007, sobre la base de la documentación técnica aportada por las Partes.

Art. 3º — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave a las normas vigentes en cada Parte en materia de infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas.

Art. 4º — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

Art. 5º — Dar conocimiento público de esta Resolución a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Arnoldo M. Listre. — Alvaro Fernández.