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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decisión Nº 37 |
15/12/2008 |
Fecha: |
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Dependencia: |
DC-37-2008-CMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
ESTRUCTURA DEL INSTITUTO SOCIAL DEL
MERCOSUR |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº
61/00, 19/06, 03/07 y 28/07 del
Consejo del Mercado Común. |
CONSIDERANDO: |
Que
resulta necesario avanzar en el desarrollo de la dimensión social en el
MERCOSUR, con el objetivo de fortalecer el proceso de integración, aportar a
la superación de las asimetrías entre los Estados Partes y promover el
desarrollo humano integral. |
Que
la colaboración en la articulación de las políticas sociales del MERCOSUR es
un objetivo necesario para generar un enfoque integral en el diseño e
implementación de dichas políticas en la región. |
Que
es necesario dotar al Instituto Social del MERCOSUR (ISM) de una estructura
acorde al desarrollo de sus objetivos. |
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE: |
Art.
1 - Aprobar la “Estructura del Instituto Social del MERCOSUR”, que consta
como Anexo y forma parte de la presente Decisión. |
Art.
2 -
La Reunión
de Ministros y Autoridades de Desarrollo Social (RMADS) podrá, cuando estime
oportuno, proponer los ajustes al Anexo de la presente Decisión, los que
deberán ser aprobados por el Consejo de Mercado Común (CMC). |
Art.
3 - Será de aplicación a los funcionarios del ISM, en lo que
corresponda, lo previsto en
la Resolución GMC N° 06/04, sus normas
modificatorias y/o complementarias. Asimismo, deberán aplicarse las “Normas
para
la Selección
y Contratación del Personal" previstas en el Anexo II de
la Decisión CMC N° 07/07, sus normas modificatorias y/o
complementarias. Se podrá, asimismo, tomar como referencia la "Estructura
Salarial" de
la
Secretaría del MERCOSUR, prevista en el Anexo III de la referida
Decisión, sus normas modificatorias y/o complementarias. En ningún caso los
niveles de remuneración podrán ser superiores a los establecidos para los
funcionarios de
la
Secretaría del MERCOSUR. |
Art.
4 - Será de aplicación a los funcionarios del ISM, en lo que corresponda, lo
previsto en
la
Resolución GMC N° 54/03. |
Art.
5 - El funcionamiento del ISM será financiado con aportes voluntarios de los
Ministerios de Desarrollo Social o sus homólogos de los Estados Partes. No obstante ello, podrá utilizar recursos
provenientes de contribuciones de Organizaciones No Gubernamentales y/o de
la Cooperación
de Organismos Internacionales.
Art. 6.- Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico
de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del
funcionamiento del MERCOSUR. |
XXXVI
CMC - Salvador, 15/XII/08 |
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ANEXO |
ESTRUCTURA DEL INSTITUTO SOCIAL DEL
MERCOSUR |
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Disposiciones Generales |
1.- El Instituto Social del MERCOSUR, en
adelante ISM, creado por Decisión Nº 03/07 del Consejo del Mercado Común
(CMC), tendrá su sede en
la
Ciudad de Asunción, República del Paraguay. |
2.-
El ISM depende, transitoriamente, de
la Reunión de Ministros y Autoridades de
Desarrollo Social del MERCOSUR (RMADS). |
3.-
El ISM constituirá una instancia
técnica de investigación en el campo de las políticas sociales e
implementación de las líneas estratégicas, aprobadas por
la RMADS, con miras a
contribuir a la consolidación de la dimensión social como un eje central en
el proceso de integración del MERCOSUR. |
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Objetivos generales y funciones |
El
ISM tiene los objetivos generales y las funciones enunciados en los Artículos
2 y 3 de
la
Decisión CMC Nº 03/07. |
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Consejo del ISM |
1.-
El Consejo es el órgano directivo del ISM. |
Estará
integrado por un representante gubernamental titular y un alterno de cada
Estado Parte designados a tal fin por la RMADS. |
2.-
Son funciones del Consejo del ISM: |
a.
Definir y someter a consideración de
la RMADS los planes de trabajo para la
implementación de los lineamientos estratégicos y de las actividades
encomendadas por dicha Reunión de Ministros. |
b.
Supervisar la elaboración del presupuesto del ISM que deberá ser elevado, a
través de
la RMADS,
para su aprobación por parte del CMC. |
c.
Presentar a las reuniones ordinarias de
la RMADS o cuando ésta se lo solicite un informe
sobre la ejecución del Plan de Trabajo del ISM y de la ejecución
administrativa y financiera. |
3.-
El Consejo sesionará de manera ordinaria en forma trimestral en la sede del
ISM. |
Las
reuniones extraordinarias se realizarán preferentemente en la sede del ISM y
podrán ser convocadas a solicitud de cualquier Estado Parte. |
Las
reuniones del Consejo serán convocadas y coordinadas por el representante del
Estado Parte en ejercicio de
la Presidencia Pro Tempore. |
4.-
Los Coordinadores Nacionales del Foro Consultivo Económico y Social (FCES)
participarán en carácter de observadores en las reuniones del Consejo. |
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Director Ejecutivo |
1.-
El Director Ejecutivo será designado por el CMC, a propuesta de
la RMADS, por un período de
dos años. |
2.-
El Director Ejecutivo será nacional de uno de los Estados Partes, comenzando
por
la República
del Paraguay y siguiendo el criterio de rotación de nacionalidades por orden
alfabético. |
3.-
El Director Ejecutivo es responsable por el adecuado cumplimiento del
conjunto de las tareas atribuidas al ISM y por su gestión técnica,
administrativa, financiera y patrimonial. |
4.-
Compete al Director Ejecutivo: |
a.
Proponer al Consejo del ISM el Programa de Trabajo del Instituto de acuerdo a
los lineamientos estratégicos y a las actividades encomendadas por
la RMADS y ejecutar las
acciones específicas para su implementación |
b.
Elaborar el anteproyecto de Presupuesto del ISM. |
c.
Ejecutar el Presupuesto del ISM. |
La
elaboración y ejecución del presupuesto deberán ajustarse a lo previsto en
la Resolución GMC N° 50/03. |
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DEPARTAMENTOS |
1.-
El ISM estará integrado por cuatro Departamentos, compuestos paritariamente
por técnicos nacionales de cada uno de los Estados Partes: |
a.
Departamento de Investigación y Gestión de
la Información, |
b.
Departamento de Promoción e Intercambio de Políticas Sociales Regionales, |
c.
Departamento de Administración y Finanzas, |
d.
Departamento de Comunicación. |
2.-
La modificación de la estructura organizativa del ISM dependerá de la
existencia de nuevos objetivos y proyectos, debiendo ser aprobada por el CMC
a propuesta de la RMADS. |
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Departamento de Investigación y
Gestión de la Información |
1.-
El Departamento de Investigación y Gestión de
la Información es una instancia de apoyo a la gestión
institucional. Está a cargo de un Jefe
de Departamento que es responsable ante el Director Ejecutivo. |
2.-
Compete al Departamento realizar investigaciones y estudios comparativos con
el objeto de contribuir a la toma de decisiones en las políticas y proyectos
sociales regionales, identificar indicadores sociales regionales y generar
espacios de intercambio en torno a la gestión de los sistemas de información
social. |
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Departamento de Promoción e
Intercambio de Políticas Sociales Regionales |
1.-
El Departamento de Promoción e Intercambio de Políticas Sociales Regionales es una instancia de apoyo a la gestión
institucional. Está a cargo de un Jefe
de Departamento que es responsable ante el Director Ejecutivo. |
2.-
Compete al Departamento contribuir en la generación de instancias técnicas de
diálogo regional y elaboración de proyectos en materia de políticas sociales
regionales, en el intercambio de prácticas socialmente relevantes y en la
identificación de oportunidades para la cooperación horizontal. |
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Departamento de Administración y
Finanzas |
1.-El
Departamento de Administración y Finanzas es una instancia de apoyo a las
demás áreas del ISM. Está a cargo de un Jefe de Departamento que es
responsable ante el Director Ejecutivo. |
2.-
Compete al Departamento asistir al Director Ejecutivo en todas las actividades
relativas a la administración financiera y presupuestaria, patrimonial y de
los recursos humanos del ISM. |
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Departamento de Comunicación |
1.-
El Departamento de Comunicación es una instancia de apoyo a la gestión
institucional. Está a cargo de un Jefe de Departamento que es responsable
ante el Director Ejecutivo. |
2.-
Compete al Departamento asistir al Director Ejecutivo en el diseño y
ejecución de la estrategia de comunicación institucional y de difusión
pública de las acciones, investigaciones y producciones del ISM. |
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