Detalle de la norma RE-304-2004-SICPYME
Resolución Nro. 304 Secretaría de Ind, Comercio de la Pequeña/Mediana Empresa
Organismo Secretaría de Ind, Comercio de la Pequeña/Mediana Empresa
Año 2004
Asunto Régimen de importación de Bienes usados
Boletín Oficial
30522 Fecha: 08/11/2004
Detalle de la norma
LOA

 

 

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

 

Resolución Nº 304/2004

 

Buenos Aires, 3 de Noviembre de 2004

 

VISTO el expediente S01:0117117/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCION, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la firma SPICER EJES PESADOS SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción Usadas" conforme a la resolución 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la resolución 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, restablecido por la resolución Conjunta 157 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN y 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA de fecha 9 de abril de 2003, modificada por la resolución 83 de fecha 27 de junio de 2003 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCION, para la importación de bienes que forman parte, exclusivamente, de una línea de producción completa y autónoma.

 

Que los bienes mencionados en el Anexo que, con UNA (1) planilla forma parte integrante de la presente resolución están afectados directamente a la ampliación de una planta ubicada en la Localidad de Grand Bourg, Provincia de BUENOS AIRES, destinada a la producción de mecanizado de extremos para diferenciales de tractores.

 

Que la firma SPICER EJES PESADOS SOCIEDAD ANONIMA ha adquirido una Certificación del Sistema de Gestión y Aseguramiento de la Calidad según las Normas ISO 14001:96 y 16949:99.

 

Que la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL GENERAL PACHECO, ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

 

Que del análisis efectuado surge, que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la resolución 511/2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la resolución 8/2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, restablecido por la resolución Conjunta 157/2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN y 255/2003 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la resolución 83/2003 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCION, por lo que, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA y de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL ambas dependientes de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN se ha determinado procedente la solicitud de la firma SPICER EJES PESADOS SOCIEDAD ANONIMA, conforme a las disposiciones del Régimen referido.

 

Que la firma SPICER EJES PESADOS SOCIEDAD ANONIMA ha presentado una planificación para el desarrollo de proveedores.

 

Que la mencionada firma declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la ley 24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones y de la ley 24.040 de Compuestos Químicos.

 

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el artículo 5º de la resolución 511/2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la resolución 583 de fecha 25 de agosto de 2004 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCION, el decreto 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y el decreto 1331 de fecha 30 de setiembre de 2004.

 

Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:

 

Art. 1 - Considérase sujeta a lo establecido por el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción Usadas" conforme a la resolución 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la resolución 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la resolución Conjunta 157 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN y 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA de fecha 9 de abril de 2003, modificada por la resolución 83 de fecha 27 de junio de 2003 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCION, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma SPICER EJES PESADOS SOCIEDAD ANONIMA, consistente en una ampliación de una planta destinada a la producción de mecanizado de extremos para diferenciales de tractores, cuya descripción se detalla en el Anexo que, con UNA (1) planilla, forma parte integrante de la presente resolución.

 

Art. 2 - El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y de las obligaciones emergentes del Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción Usadas", dará lugar a la aplicación de los Artículos 15 y 16 de la resolución 511/2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA. Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el artículo 21 de la mencionada resolución.

 

Art. 3 - La SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL, dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCION, notificada del cumplimiento de los requisitos impuestos por el mencionado Régimen, autorizará a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCION, a liberar las pertinentes garantías.

 

Art. 4 - A través de la Dirección de Promoción de las Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL de esta Secretaría, notifíquese a la interesada.

 

Art. 5 - De forma.

 

ANEXO DE LA RESOLUCIÓN S.I .C. y P.YM.E. 304

 

BIENES INTEGRANTES DE "LINEAS DE PRODUCCIÓN USADAS" CON DESTINO A LA PRODUCCIÓN DE MECANIZADOS DE EXTREMOS PARA DIFERENCIALES DE TRACTORES:

 

 

 

SUBPARTIDA ARMONIZADA

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA

CANTIDAD (Unidades)

 

8458.99

Tornos (incluidos los centros de torneado) que trabajen por arranque de metal

UNO (1)

 

8457.10

Centros de mecanizado, máquinas de puestos fijos y máquinas de puestos múltiples, de trabajar metal.

DOS (2)

 

8479.89

Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo.

UNO (1)

 

  
  
El monto de los bienes a valor FOB a importar, es por un total de EUROS DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES (EUROS 289.443 - ).

 

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona LE-21932-1979-PLN Producción de mecanizados de extremos para diferenciales de tractores para la firma SPICER EJES Pesados. Importación