Detalle de la norma RE-30-2004-DGA
Resolución Nro. 30 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2004
Asunto Régimen de Aduana en Factoría - TOYOTA ARGENTINA S.A.
Boletín Oficial
30547 Fecha: 14/12/2004
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

B/Of: 30547

Resolución nº 30

10/12/2004

Fecha:

14/12/2004

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Dependencia:

RE-30-2004-DGA

Tema

0004

Tema:

Régimen de Aduana en Factoría

Asunto:

SICOEX 13.570 371 04 TOYOTA ARGENTINA S.A. CUIT N° 33-67913936-9 Régimen de Aduana en Factoría. Su inclusión.

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VISTO: que mediante el Decreto 688/02 y su modificatorio, la Resolución Conjunta N° 14/2003 - SICyM y General N° 1424/03 (AFIP), y las Resoluciones Generales N° 1448/03 (AFIP) y N° 1673/04 (AFIP) se crea y reglamenta el Régimen de Aduana en Factoría para aquellos usuarios que reúnan determinados requisitos, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la actuación del epígrafe, la empresa TOYOTA ARGENTINA S.A. (CUIT N° 33-7913936-9) solicita su inclusión como usuaria del Régimen mencionado en el VISTO, aportando la documentación respaldatoria correspondiente.

Que del análisis efectuado, surge que la recurrente cumple con los requisitos exigidos en la normativa.

Que por lo tanto procede acceder a lo solicitado.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Legal y Técnica Aduanera y de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9°, apartado 2, inc. p) del Decreto 618 del 10 de julio de 1997, y la delegación conferida por el artículo 3° del Decreto 688, del 26 de abril de 2002.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

ARTICULO 1° — Acéptase la inclusión de la empresa TOYOTA ARGENTINA S.A. (CUIT N° 33-67913936-9), con domicilio legal en Av. Eduardo Madero 1020 5to. Piso Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES y con domicilio de la Planta Industrial en Ruta 193, Km. 3, Zárate, Provincia de BUENOS AIRES, en el Régimen de Aduana en Factoría establecido por el Decreto 688 del 26 de abril de 2002 y su modificatorio.

ARTICULO 2° — Acéptase la Garantía Global de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000), constituida bajo el Nro. de Póliza 446.664 en la Compañía de Seguros CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS S.A.

ARTICULO 3° — Regístrese. Comuníquese. Notifíquese al representante legal de TOYOTA ARGENTINA S.A. Dése para su publicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y publíquese en el BOLETIN DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. — Abog. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona DE-688-2002-PEN Inclusión de Toyota en el Régimen de Aduanas de Factoría