RE-30-1994
SISTEMAS DE
LIMPIAPARABRISAS
VISTO: El Art. 13 del Tratado de Asunción, el Art. 10de la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones Nº 9/91 y Nº 91/93 del Grupo
Mercado Común y la Recomendación Nº 4/94 del Subgrupo de Trabajo Nº 3,
"Normas Técnicas".
CONSIDERANDO:
Que los vehículos deben cumplir
una serie de requisitos técnicos en virtud de las legislaciones nacionales
respectivas, entre ellos los correspondientes a SISTEMAS LIMPIAPARABRISAS DE
AUTOMÓVILES Y MÉTODO PARA LA DETERMINACIÓN DEL LUGAR GEOMÉTRICO DE LOS OJOS.
Que dichos requisitos difieren de
un Estado Parte a otro lo que puede crear obstáculos técnicos al intercambio
comercial y a la libre circulación de vehículos, que podrían eliminarse a través
de la adopción de los mismos requisitos técnicos por todos los Estados Partes
ya sea como complemento o en reemplazo de su legislación actual.
Que resulta necesario unificar los
métodos de ensayo anteriormente adoptados en relación a SISTEMA LIMPIAPARABRISAS
DE AUTOMÓVILES Y MÉTODO PARA LA DETERMINACIÓN DEL LUGAR GEOMÉTRICO DE LOS OJOS.
Que para tal fin, los Estados
Partes han acordado adecuar sus legislaciones, de modo de posibilitar el libre
intercambio de vehículos, sus partes y piezas.
EL GRUPO
MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1. Los Estados Partes
no podrán limitar o prohibir la libre circulación, homologación, certificación,
venta, importación, comercialización, matriculación o uso de los vehículos que
cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento Armonizado
"SISTEMA LIMPIAPARABRISAS DE AUTOMÓVILES Y MÉTODO PARA LA DETERMINACIÓN DEL LUGAR GEOMÉTRICO DE LOS OJOS" que figura como Anexo a la presente
Resolución, por motivos relacionados con los aspectos técnicos armonizados en
el mismo.
Art. 2. Elimínase el punto 3.7 del
Anexo I de la Resolución Nº 9/91 del GMC.
Art. 3. La presente Resolución
entrará en vigor a partir del 1 de enero de 1995.
Art.
4. Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas,
reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente
Resolución a través de los siguientes organismos:
Por Argentina:
Secretaría de Transporte
Secretaría de Industria
Por Brasil:
Ministerio de Justicia
Secretaría de Tránsito. Departamento
Nacional de Tránsito
Por Paraguay:
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones
Viceministerio de Transporte
Por Uruguay:
Ministerio de Transporte y Obras Públicas
Ministerio de Industria y Energía
ANEXO
REGLAMENTO ARMONIZADO
SISTEMA LIMPIAPARABRISAS PARA
AUTOMOVILES
1. Objetivo. Proporcionar al
conductor las condiciones mínimas de visibilidad por medio del barrido de la
superficie externa del parabrisas.
Esta
norma establece los requisitos mínimos a cumplir por el Sistema
Limpiaparabrisas.
2. Aplicación. Esta norma se aplica
a vehículos categorías M1 y N1: automóviles y camionetas de uso mixto derivadas
de automóviles.
3. Definiciones. A los efectos de este
documento se considera como:
3.1. Abertura de luz: la
máxima área desobstruida del parabrisas.
3.2. Ancho total: el ancho
máximo total del vehículo, excluyendo cualquier saliente, como por ejemplo el
espejo retrovisor externo, etc.
4. Requisitos. El vehículo será
dotado de un sistema de limpieza de la superficie externa del parabrisas, sistema
éste que tendrá una eficiencia igual o superior al indicado más abajo.
4.1. Sistema de escobillas:
Este sistema deberá ser energizado por un dispositivo adecuado teniendo
características tales, que las velocidades de operación exigidas más abajo sean
alcanzadas bajo cualquier condición de velocidad del vehículo. El sistema
limpiaparabrisas estará diseñado para funcionar en por lo menos 2 velocidades.
4.1.1. Velocidad de las
escobillas: Con el parabrisas mojado la primera de las velocidades será mayor o
igual a 20 ciclos/minutos continuos. La segunda velocidad deberá ser igual o
superior a 45 ciclos/minutos continuos y deberá diferir de la primera en por lo
menos 15 ciclos/minutos.
4.1.2. Area barrida por las
escobillas: Las cuatro tablas siguientes, numeradas como Tabla I, II, III y IV,
corresponden respectivamente a vehículos con ancho total inferior a 1525 mm, de 1525 mm inclusive y hasta 1625 mm exclusive, de 1625 mm inclusive y hasta 1725 mm exclusive y de 1725 mm o más; establecen los porcentajes de áreas a ser barridas por
las escobillas. Son porcentajes mínimos de barrido en las ubicaciones del
parabrisas definidas como regiones A, B y C. Las regiones A, B y C son áreas
determinadas sobre la superficie externa del parabrisas, cada una por la intersección
de cuatro planos tangentes al lugar geométrico de los ojos. Dos de estos planos
son verticales y tangentes a los bordes externos derecho e izquierdo del lugar
geométrico de los ojos, formando ángulos con la línea de referencia de la vista
en planta, conforme a las tablas arriba citadas. Los dos planos restantes son
tangentes a los bordes externos superior e inferior del lugar geométrico de los
ojos en vista lateral, formando ángulos con la línea de referencia del
parabrisas, conforme a las tablas arriba citadas.
Los lugares geométricos
de los ojos del conductor y la localización de estos lugares geométricos son
definidos en el documento "LUGAR GEOMÉTRICO DE LOS OJOS DE LOS
CONDUCTORES", Anexo I del presente reglamento.
A los efectos de la
determinación de las áreas A, B y C del parabrisas, en este documento será
considerado siempre el lugar geométrico del 95° percentil.
Las áreas así definidas
serán limitadas por una línea perimetral de 25,0 mm en el contorno interior de la "abertura de luz" determinándose de esta forma el
100% de las áreas, debiendo las escobillas barrer los porcentajes indicados en
las tablas anexas.
5. Ensayos.
5.1. Ensayo del sistema
limpiador del parabrisas.
5.1.1. Condiciones de ensayo:
5.1.1.1. La temperatura
ambiente deberá estar comprendida entre 10°C y 38°C.
5.1.1.2. La temperatura del
agua deberá ser de 38°C como máximo.
5.1.1.3. Rociadores de agua:
deberán estar dispuestos dos rociadores de manera de que provean un flujo de
agua simétricamente distribuido sobre la superficie transparente del
parabrisas, a un caudal no menor de 820 cm3/min.
5.1.1.4. Dureza del agua: no
debe ser mayor de 200 mg de carbonato de calcio (CaCO3) por litro de
agua.
5.1.2. Panel de ensayo:
consiste en una estructura capaz de mantener durante el ensayo, la relación
apropiada de la superficie transparente del sistema limpiaparabrisas y sus
componentes, según lo establecido por el fabricante del vehículo (figura 1).
5.1.3. Durabilidad: Usando el
equipamiento y las condiciones de ensayo descriptas en los ítem 5.1.1 y 5.1.2,
el sistema limpiaparabrisas, excepto el elemento limpiador, funcionará
correctamente después de operar 1.500.000 ciclos. La escobilla limpiaparabrisas
funcionará correctamente después de operar 500.000 ciclos, debiendo limpiar
todavía el 75% del patrón de barrido efectivo.
TABLA I
AUTOMOVILES DE PASAJEROS CON ANCHO
TOTAL INFERIOR A 1.525 MM
PORCENTAJE MINIMO DE
|
|
ANGULOS DE GRADOS
|
|
|
|
AREA
|
BARRIDO
|
IZQUIERDA
|
DERECHA
|
SUPERIOR
|
INFERIOR
|
A
|
80
|
16
|
49
|
7
|
5
|
B
|
94
|
13
|
46
|
4
|
3
|
C
|
99
|
7
|
15
|
3
|
1
|
TABLA II
AUTOMOVILES DE PASAJEROS CON ANCHO
TOTAL
DE 1.525 MM O SUPERIOR, PERO INFERIOR A 1.625 MM
PORCENTAJE MINIMO DE
|
ANGULOS EN GRADOS
|
AREA
|
BARRIDO
|
IZQUIERDA
|
DERECHA
|
SUPERIOR
|
INFERIOR
|
A
|
80
|
17
|
51
|
8
|
5
|
B
|
94
|
13
|
49
|
4
|
3
|
C
|
99
|
7
|
15
|
3
|
1
|
TABLA III
AUTOMOVILES DE
PASAJEROS CON ANCHO TOTAL DE 1.625 MM O SUPERIOR, PERO INFERIOR A 1.725 MM
|
PORCENTAJE MINIMO DE
|
ANGULOS EN GRADOS
|
AREA
|
BARRIDO
|
IZQUIERDA
|
DERECHA
|
SUPERIOR
|
INFERIOR
|
A
|
80
|
17
|
53
|
9
|
5
|
B
|
94
|
14
|
51
|
5
|
3
|
C
|
99
|
8
|
15
|
4
|
1
|
TABLA IV
AUTOMOVILES DE PASAJEROS CON ANCHO TOTAL DE 1.725 MM O SUPERIOR
|
PORCENTAJE MINIMO DE
|
ANGULOS EN GRADOS
|
AREA
|
BARRIDO
|
IZQUIERDA
|
DERECHA
|
SUPERIOR
|
INFERIOR
|
A
|
80
|
18
|
56
|
10
|
5
|
B
|
94
|
14
|
53
|
5
|
3
|
C
|
99
|
10
|
15
|
5
|
1
|
ANEXO I
LUGAR GEOMETRICO DE LOS OJOS DE
LOS CONDUCTORES
1. Objetivo. Determinar el lugar
geométrico de los ojos de los diversos tipos antropométricos de conductores, a
ser utilizados para su localización en el vehículo por medio de coordenadas
cartesianas.
2. Aplicación. Este documento se
aplica a vehículos en que los sistemas de regulación del asiento del conductor
tiene una dirección principal en sus movimientos, la que será hacia adelante y
hacia atrás. En los casos que el asiento disponga de otros grados de libertad,
serán regulados a las respectivas posiciones medias.
3. Definiciones.
3.1. Lugar geométrico de
los ojos. Análisis estadísticos determinan que existe un lugar geométrico
representativo de la posición de los ojos del conductor para cada vehículo, en
función de la localización del asiento (L 17). En este documento se establecen
seis posiciones de localización (L 17) partiendo de un mínimo de 100 mm y un máximo de 162,5 mm, escalonados a través de incrementos de 12,5mm (100; 112,5; 125;
137,5; 150; 162,5).
Cada uno de estos
lugares geométricos es representado por una vista en planta y una vista
lateral. En la vista en planta aparecen tres elipses correspondiente al ojo
izquierdo en 90°, 95º y 99° percéntiles; y tres elipses correspondientes al ojo
derecho en los mismos 90°, 95° y 99° percéntiles.
En la vista lateral
existirán solamente tres elipses correspondientes a los tres ángulos
percéntiles anteriores, dado que las elipses del ojo izquierdo y derecho
coinciden en esta vista. La figura 2 ilustra los seis lugares referidos.
Los diagramas en estos
lugares geométricos en escala 1:1 y en papel indeformable están disponibles en
la entidad normalizadora del país signatario.
3.2. Línea de referencia
del parabrisas. Es la línea resultante de la intersección de la superficie
externa del parabrisas en un plano horizontal 625 mm por encima del punto de referencia del asiento, de acuerdo con lo mostrado en la figura 5.
3.3. Línea de referencia en
la vista en planta. Es aquella definida como línea X-X, determinada en el ítem
4.4.
3.4. De acuerdo a lo
ilustrado en la figura 6.
4. Localización de los lugares
geométricos de los ojos. La localización de los lugares geométricos de los ojos
de los conductores para los diseños debe ser efectuada de la siguiente manera:
4.1. Determinar en el
proyecto el "punto de referencia del asiento", de forma tal que:
4.1.1.Simule el punto de
articulación entre el torso humano y la cadera, en el respaldo del asiento en
posición vertical.
4.1.2. Tenga las coordenadas
que establecen la relación con la estructura del vehículo, determinada en el
proyecto.
4.1.3. Determine la posición
normal más desplazada hacia atrás, para cada uno de los asientos previstos para
el conductor o pasajero.
4.1.4. Sirva como base para
la construcción del asiento.
4.2. Localizando el asiento
en la máxima posición hacia atrás y en la máxima posición hacia (9) adelante,
determínese la localización en proyección horizontal, llamada valor (L17).
4.3. En la vista lateral:
Con el asiento en la máxima posición hacia atrás, trazar una línea (Z-Z)
vertical a partir del punto de referencia del asiento, trazar una línea (X-X)
horizontal conforme a la figura 3. Posicionar el diagrama del lugar geométrico
de los ojos haciendo coincidir las líneas (X-X) y (Z-Z) de este diagrama con
las líneas (X-X) y (Z-Z) trazadas conforme a lo descripto y posteriormente
trazar el contorno especificado.
4.4. En la vista en planta:
4.4.1.En vehículos con
asientos enterizos: Trazar una línea (Y-Y) perpendicular a la línea del eje
longitudinal del vehículo pasando por el punto de referencia del asiento.
También trazar una
línea (X-X) externamente al eje del volante de dirección paralela a la línea
del eje longitudinal del vehículo localizada a 15% de la dimensión entre el eje
de la superficie externa del volante hacia el conductor y la moldura de la
puerta izquierda. Esta dimensión del 15% puede ser determinada tomándose la
mitad de la distancia entre las molduras de las puertas (W3) por debajo de los
vidrios, y la línea perpendicular a la línea del eje longitudinal del vehículo
que contiene el eje de la superficie externa del volante hacia el conductor
restando de W 3/2 la distancia entre el eje de la superficie externa del
volante de dirección y la línea del eje longitudinal del vehículo (W7) y
multiplicando el resultado de dicha sustracción por 0,15, en la vista en
planta.
Una fórmula para
determinar la distancia de la línea (X-X) en relación con la línea del eje
longitudinal del vehículo está dada por:
0,85 W 7 + 0,075 W3
Colocar el diagrama del
lugar geométrico de los ojos coincidiendo las líneas (X -X) y (Y - Y) y trazar
el contorno especificado conforme a la figura 5.
4.4.2. En vehículos con
asientos individuales:
4.4.2.1. Trazar una línea (X -
X) paralela a la línea del eje longitudinal del vehículo, pasando por el eje
del asiento del conductor y una línea (X -Y) perpendicular a la línea del eje
longitudinal del vehículo, pasando por el punto de referencia del asiento en la
posición de máximo desplazamiento hacia atrás. Colocar el diagrama del lugar
geométrico de los ojos coincidiendo las líneas (X - X) y (Y - Y) y trazar el
contorno especificado conforme a la figura 4.
4.4.2.2. La línea (X - X)
paralela a la línea del eje longitudinal del vehículo, de modo que el eje
geométrico de los ojos del conductor se sitúe en la línea del eje longitudinal
del asiento definido para el conductor.
4.5. El lugar geométrico a
ser utilizado, deberá ser aquel que el diseño indica el valor L 17, más próximo
a la posición del punto de referencia del asiento, conforme a lo determinado en
el parágrafo 4.2.
NOTA: Las figuras 5, 6 y 7 muestran
como ejemplo una localización de la vista lateral de la elipse, lugar
geométrico de los ojos del 95° percéntil, la vista en planta de la misma
localización, y una vista de un parabrisas con las intersecciones de los planos
superior, inferior, izquierdo y derecho que determinan las áreas A, B, C,
usadas en el documento referido al sistema limpiaparabrisas.
FIGURA 1
FIGURA 2
FIGURA 3
FIGURA 4
FIGURA 5
FIGURA 6
FIGURA 7
SISTEMAS DE LIMPIAPARABRISAS
FE DE ERRATAS
Donde dice: Debe
decir:
(1) Esta norma Este
reglamento
(2) Esta norma Este
reglamento
(3)superficie transparente parabrisa
(4) sistema limpiaparabrisa sistema
limpiaparabrisa con paletas limpiadoras
(5) el
elemento limpiador lámina limpiadora
(6) de
la localización del
desplazamiento
(7) se
establecen 6 posiciones de localización especifican 6 largos de
desplazamiento
(8)
percentiles por ciento
(9)
localización el desplazamiento