Detalle de la norma RE-29-2006-DGA
Resolución Nro. 29 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2006
Asunto Recupero de Control Aduanero en el Paso Fronterizo Río Manso
Boletín Oficial
30883 Fecha: 10/04/2006
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución N° 29

07/04/2006

Fecha:

10/04/2006

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Dependencia:

RE-29-2006-DGA

Tema

0065

0148

Tema:

PASOS FRONTERIZOS

Asunto:

Recupero de Control Aduanero en el Paso Fronterizo Río Manso.

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VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP Nº 13659 – 13/2006 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO se tramita el recupero del control aduanero en el Paso Fronterizo RIO MANSO, en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera MENDOZA — División Aduana de BARILOCHE.

Que la decisión se ha basado fundamentalmente en razones de índole operativa, ante la necesidad de eficientizar la atención del turismo internacional bilateral.

Que las razones expuestas en el considerando anterior han sido exteriorizadas por el Sector Privado, quienes han manifestado la necesidad de contar con la presencia de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ante la creciente actividad turística y deportiva del rafting.

Que a tal fin, como resultado del análisis y evaluación de la situación expuesta, la Dirección Regional Aduanera MENDOZA, ha sugerido retomar el control aduanero en el Paso Fronterizo RIO MANSO, en jurisdicción de la División Aduana de BARILOCHE, actualmente delegado en GENDARMERIA NACIONAL mediante Resolución General Nº 1827 Anexo I “A”.

Que se hace necesario que el Departamento Mercosur y Asuntos de Frontera, actualice la Resolución General Nº 1827, Anexo I “A”, a los fines de mantener en un único acto administrativo la totalidad de los Pasos Fronterizos habilitados con la República de Chile.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de Julio de 1997.

Por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º — Retomar el control aduanero en el Paso Fronterizo RIO MANSO, en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera MENDOZA — División Aduana de BARILOCHE, a partir del 11 de abril del 2006.

Art. 2º — Autorizar a la Dirección Regional Aduanera MENDOZA — División Aduana de BARILOCHE a que se adopten los recaudos pertinentes de recursos humanos y materiales a los fines de habilitar el funcionamiento del Paso Fronterizo en trato.

Art. 3º — Establecer que por el Departamento Mercosur y Asuntos de Frontera se canalizará la actualización del Anexo I “A” de la Resolución General Nº 1827.

Art. 4º — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.

 

 

 

I2250728I#

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Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-2137-2006-AFIP Deroga Deroga
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RG-1827-2005-AFIP Recupero de Control Aduanero en el Paso Fronterizo Río Manso.
Relaciona RG-355-1999-AFIP Recupero de Control Aduanero en el Paso Fronterizo Río Manso.
Complementa RE-2604-1986-ANA Habilitación Paso Fronterizo Cóndor II.