Instituto Nacional de
la Propiedad Industrial
PROPIEDAD INDUSTRIAL
Resolución P-288/2007
Adóptase la 9º edición
del Arreglo de Niza para la clasificación Internacional de Productos y
Servicios para el registro de Marcas en el Instituto Nacional de la Propiedad
Industrial.
Bs. As., 22/11/2007
VISTO el Expediente INPI
Nº A-253-74019/07 registro del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial
(INPI) y la Ley Nº 26.230/07, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la
aprobación del Arreglo de Niza relativo a la clasificación internacional de
productos y servicios para el registro de marcas hecha por la Ley Nº 26.230 del
28 de marzo de 2007, promulgada el 25 de abril de 2007, y atento lo manifestado
por la Dirección de Marcas respecto a la conveniencia de adherirse a este
sistema —ya adoptado en la práctica—, surge la necesidad de poner en vigencia
efectiva la clasificación de Niza en su 9º Edición.
Que siendo la Ley Nº
26.230 ley de la Nación por la cual nuestro país es signatario de dicho Tratado
Internacional, surge la obligación de adherirse a la edición que —por consejo
de la OMPI— se está aplicando en la actualidad, correspondiendo por tanto
proceder al dictado de un Acto Administrativo a fin de que este Instituto
implemente formalmente el adecuado procedimiento y encuadre de las solicitudes
de registro de marcas acorde a la necesaria armonización de la normas de orden
internacional que impone el Acuerdo A.D.P.I.C.
Que el INPI ya dio
comienzo definitivo al procedimiento de implementación con la Nota INPI 040/07
por la cual se informó a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
(OMPI) la promulgación de la ley que aprueba e implementa la adhesión de
nuestro país al Arreglo de Niza.
Que la aplicación de la
9º Edición del Arreglo de Niza —que en Anexo forma parte de la presente— tendrá
vigencia a partir del 1º de enero de 2008 ya que es conveniente otorgar un
plazo razonable para que los interesados decidan con el nuevo nomenclador la
clase o clases donde formularán sus solicitudes, y establecerá de este modo el
límite temporal respecto a la tramitación de las solicitudes anteriores a esa
fecha con aplicación de la Versión 8º y con posterioridad, la aplicación de la
Versión 9º del Arreglo de Niza.
Que la Dirección de
Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete, y la Dirección de
Marcas queda facultada para dictar las normas de trámite que hagan a la mejor
aplicación del ordenamiento que se pone en vigencia.
Que la presente se dicta
en uso de las atribuciones conferidas por la normativa legal vigente.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Adóptase la 9º edición del
Arreglo de Niza para la clasificación Internacional de Productos y Servicios
para el registro de Marcas en el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial,
la que se adjunta al presente como Anexo.
Art. 2º — La entrada en vigencia de dicha
edición será a partir del 1º de enero de 2008 previa publicación por un (1) día
en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el Boletín de Marcas y en
la página Web del INPI.
Art. 3º — Queda facultada la Dirección de
Marcas para dictar las normas de trámite que hagan a la mejor aplicación del
ordenamiento que se pone en vigencia.
Art. 4º — Regístrese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Mario R.
Aramburu.
CLASIFICACION DE NIZA
9ª edición, 2007
TITULOS DE LAS CLASES
PRODUCTOS
CLASE 1 Productos
químicos destinados a la industria, ciencia, fotografía, así como a la
agricultura, horticultura y silvicultura; resinas artificiales en estado bruto,
materias plásticas en estado bruto; abono para las tierras; composiciones
extintoras; preparaciones para el temple y soldadura de metales; productos
químicos destinados a conservar los alimentos; materias curtientes; adhesivos
(pegamentos) destinados a la industria.
CLASE 2 Colores,
barnices, lacas; preservativos contra la herrumbre y el deterioro de la madera;
materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en estado bruto; metales en
hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas.
CLASE 3 Preparaciones
para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar,
pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería,
aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos.
CLASE 4 Aceites y grasas
industriales; lubricantes; productos para absorber, regar y concentrar el
polvo; combustibles (incluyendo gasolinas para motores) y materias de
alumbrado; bujías y mechas para el alumbrado.
CLASE 5 Productos
farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias
dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para
apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales;
desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas,
herbicidas.
CLASE 6 Metales comunes y
sus aleaciones; materiales de construcción metálicos; construcciones
transportables metálicas; materiales metálicos para vías férreas; cables e
hilos metálicos no eléctricos; cerrajería y ferretería metálica; tubos
metálicos; cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras
clases; minerales.
CLASE 7 Máquinas y
máquinas herramientas; motores (excepto motores para vehículos terrestres);
acoplamientos y órganos de transmisión (excepto aquellos para vehículos
terrestres); instrumentos agrícolas que no sean manuales; incubadoras de
huevos.
CLASE 8 Herramientas e
instrumentos de mano impulsados manualmente; cuchillería, tenedores y cucharas;
armas blancas; maquinillas de afeitar.
CLASE 9 Aparatos e
instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos,
ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de
socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos e instrumentos para la
conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de
la electricidad; aparatos para el registro, transmisión, reproducción del
sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos;
distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas
registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la
información y ordenadores; extintores.
CLASE 10 Aparatos e
instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y
dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura.
CLASE 11 Aparatos de
alumbrado, de calefacción, de producción de vapor, de cocción, de
refrigeración, de secado, de ventilación, de distribución de agua e
instalaciones sanitarias.
CLASE 12 Vehículos;
aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática.
CLASE 13 Armas de fuego;
municiones y proyectiles; explosivos; fuegos de artificio.
CLASE 14 Metales preciosos
y sus aleaciones y artículos de estas materias o de chapado no comprendidos en
otras clases; joyería, bisutería, piedras preciosas; relojería e instrumentos
cronométricos.
CLASE 15 Instrumentos de
música.
CLASE 16 Papel, cartón y
artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de
imprenta; artículos de encuadernación; fotografías; papelería; adhesivos
(pegamentos) para la papelería o la casa; material para artistas; pinceles;
máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de
instrucción o de enseñanza (excepto aparatos); materias plásticas para embalaje
(no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés.
CLASE 17 Caucho,
gutapercha, goma, amianto, mica y productos de estas materias no comprendidos
en otras clases; productos en materias plásticas semielaboradas; materias que
sirven para calafatear, cerrar con estopa y aislar; tubos flexibles no
metálicos.
CLASE 18 Cuero e
imitaciones de cuero, productos de estas materias no comprendidos en otras
clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas, sombrillas y bastones;
fustas y guarnicionería.
CLASE 19 Materiales de
construcción no metálicos; tubos rígidos no metálicos para la construcción;
asfalto, pez y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos no
metálicos.
CLASE 20 Muebles,
espejos, marcos; productos, no comprendidos en otras clases de madera, corcho,
caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar,
espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas.
CLASE 21 Utensilios y
recipientes para el menaje y la cocina; peines y esponjas; cepillos (con
excepción de los pinceles); materiales para la fabricación de cepillos;
material de limpieza; viruta de hierro; vidrio en bruto o semielaborado (con
excepción del vidrio de construcción); cristalería, porcelana y loza, no
comprendidas en otras clases.
CLASE 22 Cuerdas,
bramantes, redes, tiendas de campaña, toldos, velas, sacos (no comprendidos en
otras clases); materias de relleno (con excepción del caucho o materias
plásticas); materias textiles fibrosas en bruto.
CLASE 23 Hilos para uso
textil.
CLASE 24 Tejidos y
productos textiles no comprendidos en otras clases; ropa de cama y de mesa.
CLASE 25 Vestidos,
calzados, sombrerería.
CLASE 26 Puntillas y
bordados, cintas y lazos; botones, corchetes y ojetes, alfileres y agujas;
flores artificiales.
CLASE 27 Alfombras,
felpudos, esteras, linóleum y otros revestimientos de suelos; tapicerías
murales que no sean de materias textiles.
CLASE 28 Juegos,
juguetes; artículos de gimnasia y deporte no comprendidos en otras clases;
decoraciones para árboles de Navidad.
CLASE 29 Carne, pescado,
aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, congeladas,
secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos
lácteos; aceites y grasas comestibles.
CLASE 30 Café, té, cacao,
azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones
hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel,
jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas
(condimentos); especias; hielo.
CLASE 31 Productos
agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases;
animales vivos; frutas y legumbres frescas; semillas, plantas y flores
naturales; alimentos para los animales; malta.
CLASE 32 Cervezas; aguas
minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas;
siropes y otras preparaciones para hacer bebidas.
CLASE 33 Bebidas
alcohólicas (con excepción de cervezas).
CLASE 34 Tabaco;
artículos para fumadores; cerillas.
SERVICIOS
CLASE 35 Publicidad;
gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina
CLASE 36 Seguros;
negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
CLASE 37 Construcción;
reparación; servicios de instalación.
CLASE 38
Telecomunicaciones.
CLASE 39 Transporte;
embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes.
CLASE 40 Tratamiento de
materiales.
CLASE 41 Educación;
formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales.
CLASE 42 Servicios
científicos y tecnológicos así como servicios de investigación y diseño
relativos a ellos; servicios de análisis y de investigación industrial; diseño
y desarrollo de ordenadores y software.
CLASE 43 Servicios de
restauración (alimentación); hospedaje temporal.
CLASE 44 Servicios
médicos; servicios veterinarios; cuidados de higiene y de belleza para personas
o animales; servicios de agricultura, horticultura y silvicultura.
CLASE 45 Servicios
jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes y de personas;
servicios personales y sociales prestados por terceros destinados a satisfacer
necesidades individuales.
NOTAS EXPLICATIVAS
PRODUCTOS
CLASE 1
- Productos químicos
destinados a la industria, ciencia, fotografía, así como a la agricultura,
horticultura y silvicultura.
- Resinas artificiales en
estado bruto, materias plásticas en estado bruto.
- Abono para las tierras.
- Composiciones extintoras.
- Preparaciones para el
temple y soldadura de metales.
- Productos químicos
destinados a conservar los alimentos.
- Materias curtientes.
- Adhesivos (pegamentos)
destinados a la industria.
Nota explicativa
La clase 1 comprende
esencialmente los productos químicos destinados a la industria, ciencia y
agricultura, incluyendo aquellos que forman parte de la composición de
productos pertenecientes a otras clases.
Esta clase comprende
principalmente:
• El compost, el pajote
(abono).
• La sal para conservar,
salvo la de conservar alimentos.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Las resinas naturales
en estado bruto (cl. 2).
• Los productos químicos
destinados a la ciencia médica (cl. 5).
• Los fungicidas,
herbicidas y los productos para la destrucción de animales dañinos (cl. 5).
• Los adhesivos
(pegamentos) para la papelería o la casa (cl. 16).
• La sal para conservar
los alimentos (cl. 30).
• El pajote (cobertura de
humus) (cl. 31).
CLASE 2
- Colores, barnices, lacas.
- Preservativos contra la
herrumbre y el deterioro de la madera.
- Materias tintóreas.
- Mordientes.
- Resinas naturales en
estado bruto.
- Metales en hojas y en
polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas.
Nota explicativa
La clase 2 comprende
esencialmente las pinturas, colorantes y productos de protección contra la
corrosión.
Esta clase comprende
principalmente:
• Los colores, barnices y
lacas para la industria, la artesanía y el arte.
• Los colorantes para el
tinte de vestidos.
• Los colorantes para
alimentos y bebidas.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Las resinas
artificiales en estado bruto (cl. 1).
• Los colorantes para la
colada y el blanqueo (cl. 3).
• Los tintes cosméticos
(cl. 3).
• Las cajas de pintura
(material escolar) (cl. 16).
• Las pinturas y barnices
aislantes (cl. 17).
CLASE 3
- Preparaciones para
blanquear y otras sustancias para la colada.
- Preparaciones para
limpiar, pulir, desengrasar y raspar.
- Jabones.
- Perfumería, aceites
esenciales, cosméticos, lociones para el cabello.
- Dentífricos.
Nota
explicativa
La clase 3 comprende
esencialmente los productos de limpieza y aseo. Esta clase comprende
principalmente:
• Los desodorantes de uso
personal (perfumería).
• Los productos
higiénicos que sean productos de aseo.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los productos químicos
para la limpieza de chimeneas (cl. 1).
• Los productos
desengrasantes utilizados en procedimientos de fabricación (cl. 1).
• Los desodorantes que no
sean de uso personal (cl. 5).
• Las piedras de afilar o
las muelas de afilar manuales (cl. 8).
CLASE 4
- Aceites y grasas
industriales.
- Lubricantes.
- Productos para
absorber, regar y concentrar el polvo.
- Combustibles
(incluyendo gasolina para motores) y materias de alumbrado.
- Bujías y mechas para el
alumbrado.
Nota explicativa
La clase 4 comprende
esencialmente los aceites y grasas industriales, los combustibles y las
materias de alumbrado.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Algunos aceites y
grasas industriales especiales (consultar la lista alfabética de productos).
CLASE 5
- Productos farmacéuticos
y veterinarios.
- Productos higiénicos
para la medicina
- Sustancias dietéticas
para uso médico, alimentos para bebés.
- Emplastos, material
para apósitos.
- Material para empastar
los dientes y para moldes dentales.
- Desinfectantes.
- Productos para la
destrucción de animales dañinos.
- Fungicidas, herbicidas.
Nota explicativa
La clase 5 comprende
esencialmente los productos farmacéuticos y otros productos para uso médico.
Esta clase comprende
principalmente:
• Los productos
higiénicos para la medicina y la higiene íntima, que no sean productos de aseo.
• Los desodorantes cuyo
destino es un uso diferente al personal.
• Los cigarrillos sin
tabaco para uso médico.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los productos para la
higiene que sean productos de aseo (cl. 3).
• Los desodorantes para
uso personal (perfumería) (cl. 3).
• Las vendas ortopédicas
(cl. 10).
CLASE 6
- Metales comunes y sus
aleaciones.
- Materiales de
construcción metálicos.
- Construcciones
transportables metálicas.
- Materiales metálicos
para vías férreas.
- Cables e hilos
metálicos no eléctricos.
- Cerrajería y ferretería
metálica.
- Tubos metálicos.
- Cajas de caudales.
- Productos metálicos no
comprendidos en otras clases.
- Minerales.
Nota explicativa
La clase 6 comprende
esencialmente los metales comunes en bruto y semielaborados, así como los
productos simples fabricados a partir de aquéllos.
Esta clase no comprende,
en particular:
• La bauxita (cl. 1). v
• El mercurio, antimonio,
los metales alcalinos y los metales alcalino-térreos (cl. 1).
• Los metales en hojas y
en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas (cl. 2).
CLASE 7
- Máquinas y máquinas
herramientas.
- Motores (excepto
motores para vehículos terrestres).
- Acoplamientos y órganos
de transmisión (excepto aquéllos para vehículos terrestres).
- Instrumentos agrícolas
que no sean manuales.
- Incubadoras de huevos.
Nota explicativa
La clase 7 comprende
esencialmente máquinas, máquinas-herramientas y motores.
Esta clase comprende
principalmente:
• Las partes de motores
(de todo tipo).
• Las máquinas y los
aparatos eléctricos para la limpieza.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Ciertas máquinas y
máquinas-herramientas especiales (consultar la lista alfabética de productos).
• Las herramientas e
instrumentos de mano impulsados manualmente (cl. 8).
• Los motores para
vehículos terrestres (cl. 12).
CLASE 8
- Herramientas e
instrumentos de mano impulsados manualmente.
- Cuchillería, tenedores
y cucharas.
- Armas blancas.
- Maquinillas de afeitar.
Nota explicativa
La clase 8 comprende
esencialmente las herramientas e instrumentos de mano accionados manualmente
que conforman el utillaje de diversas profesiones.
Esta clase comprende
principalmente:
• La cuchillería, los
tenedores y las cucharas de metales preciosos.
• Las maquinillas de
afeitar, las máquinas de barbero (instrumentos de mano) y los cortaúñas,
eléctricos.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Algunos instrumentos
especiales (consultar la lista alfabética de productos).
• Las herramientas e
instrumentos accionados por un motor (cl. 7).
• La cuchillería
quirúrgica (cl. 10).
• Los corta-papeles (c.
16).
• Las armas de esgrima
(cl. 28).
CLASE 9
Aparatos e instrumentos
científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de
pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro
(salvamento) y de enseñanza; aparatos e instrumentos para la conducción,
distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la
electricidad.
Aparatos para el
registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes.
Soportes de registro
magnéticos, discos acústicos. Distribuidores automáticos y mecanismos para
aparatos de previo pago.
Cajas registradoras,
máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y
ordenadores.
Extintores.
Nota explicativa
Esta clase comprende
principalmente:
• Los aparatos e
instrumentos de investigación científica para laboratorios.
• Los aparatos e
instrumentos utilizados para la navegación de un barco, tales como aparatos de
medida y de transmisión de órdenes.
• Los siguientes aparatos
e instrumentos eléctricos:
o Algunas herramientas y
aparatos electrotérmicos, tales como soldadores eléctricos y planchas
eléctricas, que, si no fueran eléctricos, pertenecerían a la clase 8.
o Los aparatos y
dispositivos que, si no fueran eléctricos, pertenecerían a otras clases, tales
como: vestidos calentados eléctricamente, encendedores para automóviles.
• Los chivatos.
• Las máquinas de oficina
de tarjetas perforadas.
• Los aparatos para
esparcimiento concebidos para ser utilizados exclusivamente con un receptor de
televisión.
• Los programas de
ordenador y el software de todas clases cualquiera que sea su soporte de
grabación o difusión, es decir, grabados en soporte magnético o descargados de
una red informática remota.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los siguientes aparatos
eléctricos:
• Los aparatos
electromecánicos para la cocina (trituradoras y mezcladoras para alimentos,
licuadoras, molinillos de café eléctricos, etc.) y otros aparatos e
instrumentos accionados por un motor eléctrico, clasificados todos en la clase
7.
• Las maquinillas de
afeitar, maquinillas de barbero (instrumentos de mano) y cortaúñas eléctricos
(cl. 8).
• Cepillos de dientes y
cepillos eléctricos (cl. 21).
• Aparatos eléctricos
para la calefacción de locales o para calentar líquidos, para cocinar, para la
ventilación, etc. (cl. 11).
• La relojería y otros instrumentos
cronométricos (cl. 14).
• Los relojes de control
(cl. 14).
CLASE 10
- Aparatos e instrumentos
quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes
artificiales.
- Artículos ortopédicos.
- Material de sutura.
Nota explicativa
La clase 10 comprende
esencialmente los aparatos, instrumentos y artículos médicos. Esta clase
comprende principalmente:
• El mobiliario especial
de uso médico.
• Ciertos artículos de
higiene en caucho (consultar la lista alfabética de productos).
• Las vendas ortopédicas.
CLASE 11
Aparatos de alumbrado, de
calefacción, de producción de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado,
de ventilación, de distribución de agua e instalaciones sanitarias.
Nota
explicativa
Esta clase comprende
principalmente:
• Los aparatos de aire
acondicionado.
• Los calentadores, las
bolsas de agua caliente, los calienta-camas, eléctricos o no eléctricos.
• Los almohadones y
cubiertas calentadas eléctricamente, que no tengan una utilización médica.
• Los hervidores
eléctricos.
• Utensilios de cocina
eléctricos.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los aparatos de
producción de vapor (partes de máquinas) (cl. 7).
• Los vestidos calentados
eléctricamente (cl. 9).
CLASE 12
- Vehículos.
- Aparatos de locomoción
terrestre, aérea o acuática.
Nota explicativa
Esta clase comprende
principalmente:
• Los motores para
vehículos terrestres.
• Los acoplamientos y
órganos de transmisión para vehículos terrestres.
• Los aerodeslizadores.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Determinadas partes de
vehículos (consultar la lista alfabética de productos).
• Los materiales
metálicos para vías férreas (cl. 6).
• Los motores,
acoplamientos y órganos de transmisión, que no sean de vehículos terrestres
(cl. 7).
• Las partes de motores
(de todo tipo) (cl. 7).
CLASE 13
- Armas de fuego.
- Municiones y
proyectiles.
- Explosivos.
- Fuegos de artificio.
Nota explicativa
La clase 13 comprende
esencialmente las armas de fuego y los productos pirotécnicos.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Las cerillas (cl. 34).
CLASE 14
- Metales preciosos y sus
aleaciones y artículos de estas materias o de chapado no comprendidos en otras
clases.
- Joyería, bisutería,
piedras preciosas.
- Relojería e
instrumentos cronométricos.
Nota explicativa
La clase 14 comprende
esencialmente los metales preciosos, los productos fabricados en estas materias
no comprendidos en otras clases y, en general, la joyería, la bisutería y la
relojería.
Esta clase comprende
principalmente:
• Los artículos de
bisutería, auténticos y falsos.
• Los gemelos y agujas de
corbata.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los productos en
metales preciosos (clasificados según su función o destino), por ejemplo los
metales en hojas o en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas
(cl. 2); las amalgamas dentales en oro (cl. 5); la cuchillería, los tenedores y
cucharas (cl. 8); los contactos eléctricos (cl. 9); las plumas de escribir de
oro (cl. 16); las teteras (clase 21); los bordados en oro y plata (clase 26);
las cajas de puros (clase 34);
• Los objetos de arte que
no sean en metales preciosos (clasificados según la materia de la que están
formados).
CLASE 15
- Instrumentos de música.
Nota explicativa
Esta clase comprende
principalmente:
• Los pianos mecánicos y
sus accesorios.
• Las cajas de música.
• Los instrumentos de
música eléctricos y electrónicos.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los aparatos para el
registro, la transmisión y la amplificación y reproducción del sonido (cl. 9).
CLASE 16
- Papel, cartón y
artículos de estas materias no comprendidos en otras clases.
- Productos de imprenta.
- Artículos de
encuadernación.
- Fotografías.
- Papelería.
- Adhesivos (pegamentos)
para la papelería o la casa.
- Material para artistas.
- Pinceles.
- Máquinas de escribir y
artículos de oficina (excepto muebles).
- Material de instrucción
o de enseñanza (excepto aparatos).
- Materias plásticas para
embalaje (no comprendidas en otras clases).
- Caracteres de imprenta.
- Clichés.
Nota explicativa
La clase 16 comprende
esencialmente el papel, los productos de papel y los artículos de oficina.
Esta clase comprende
principalmente:
• Los corta-papeles.
• Las máquinas
multicopistas.
• Las hojas, sacos o bolsas
de materias plásticas, para el embalaje.
No comprende, en
particular:
• Determinados productos
de papel o cartón (consultar la lista alfabética de productos).
• Los colores (cl. 2).
• Las herramientas
manuales para los artistas (por ejemplo: espátulas, cinceles de escultores)
(cl. 8).
CLASE 17
- Caucho, gutapercha,
goma, amianto, mica y productos de estas materias no comprendidos en otras
clases.
- Productos en materias
plásticas semielaboradas.
- Materias que sirven
para calafatear, cerrar con estopa y aislar.
- Tubos flexibles no
metálicos.
Nota explicativa
La clase 17 comprende
esencialmente los aislantes eléctricos, térmicos o acústicos y las materias
plásticas semielaboradas, en forma de hojas, placas o barras.
Esta clase comprende
principalmente:
• La goma para el
recauchutado de neumáticos.
• Las materias de relleno
de caucho o de materias plásticas.
• Las barreras flotantes
antipolución.
CLASE 18
- Cuero e imitaciones de
cuero, productos de estas materias no comprendidos en otras clases.
- Pieles de animales.
- Baúles y maletas.
- Paraguas, sombrillas y
bastones.
- Fustas y
guarnicionería.
Nota explicativa
La clase 18 comprende
esencialmente el cuero, sus imitaciones, los artículos de viaje no comprendidos
en otras clases y la guarnicionería.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los artículos de vestir
(consultar la lista alfabética de productos).
CLASE 19
- Materiales de
construcción no metálicos.
- Tubos rígidos no
metálicos para la construcción.
- Asfalto, pez y betún.
- Construcciones transportables
no metálicas.
- Monumentos no
metálicos.
Nota explicativa
La clase 19 comprende
esencialmente los materiales de construcción no metálicos.
Esta clase comprende
principalmente:
• Las maderas
semielaboradas (por ejemplo: vigas, planchas, paneles).
• Las maderas
contrachapadas.
• El vidrio de
construcción (por ejemplo: losas, tejas de vidrio).
• Los granulados de
vidrio para la señalización de las carreteras.
• Los buzones de
mampostería.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los productos para la
conservación o la impermeabilización del cemento (cl. 1 ).
• Los ignífugos (cl 1).
• La pez negra para
zapateros (cl. 3).
CLASE 20
Muebles, espejos, marcos.
Productos, no
comprendidos en otras clases de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso,
marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas
materias o de materias plásticas.
Nota explicativa
La clase 20 comprende
esencialmente los muebles y sus partes y los productos de materias plásticas
que no se incluyen en otras clases.
Esta clase comprende
principalmente:
• Los muebles metálicos y
los muebles para el camping.
• Los artículos de cama
(por ejemplo: colchones, somieres, almohadas).
• Los espejos y espejos
de mobiliario o de tocador.
• Las placas de matrícula
no metálicas.
• Los buzones, que no
sean de metal ni de mampostería.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Ciertos espejos
especiales clasificados según su función o destino (consultar la lista
alfabética de productos).
• Los mobiliarios especiales
de laboratorios (cl. 9).
• Los mobiliarios
especiales para uso médico (cl. 10).
• La ropa de cama (cl.
24).
• Los edredones (colchas
de pluma) (cl. 24).
CLASE 21
- Utensilios y
recipientes para el menaje y la cocina.
- Peines y esponjas.
- Cepillos (con excepción
de los pinceles).
- Materiales para la
fabricación de cepillos.
- Material de limpieza.
- Viruta de hierro.
- Vidrio en bruto o
semielaborado (con excepción del vidrio de construcción).
- Cristalería, porcelana
y loza no comprendidas en otras clases.
Nota explicativa
La clase 21 comprende
esencialmente los pequeños utensilios y aparatos para el menaje y la cocina,
accionados manualmente, así como los utensilios de tocador, la cristalería y
los artículos de porcelana.
Esta clase comprende principalmente:
• Los utensilios y
recipientes para el menaje y la cocina, como por ejemplo: baterías de cocina,
cubos, barreños de hojalata, de aluminio, de materias plásticas o de otro tipo,
pequeños aparatos para picar, moler, exprimir, etc., accionados manualmente.
• Los peines eléctricos.
• Los cepillos de dientes
eléctricos.
• Los salvamanteles y
posavasos (vajilla).
Esta clase no comprende,
en particular:
• Ciertos productos de
cristal, porcelana y loza (consultar la lista alfabética de productos).
• Los productos de
limpieza, jabones, etc. (cl. 3).
• Los pequeños aparatos
para cortar, moler, exprimir, etc., accionados eléctricamente (cl. 7).
• Las maquinillas y
aparatos de afeitar, cortadoras de pelo, instrumentos de metal para manicura y
pedicura (cl. 8).
• Los utensilios de
cocción eléctricos (cl. 11).
• Los espejos de tocador
(cl. 20).
CLASE 22
- Cuerdas, bramantes,
redes, tiendas de campaña, toldos, velas, sacos (no comprendidos en otras
clases).
- Materias de relleno (con
excepción del caucho o materias plásticas).
- Materias textiles
fibrosas en bruto.
Nota explicativa
La clase 22 comprende
esencialmente los productos de cordelería y de vela, las materias de relleno y
las materias textiles fibrosas en bruto.
Esta clase comprende
principalmente:
• Las cuerdas y bramantes
de fibra textil natural o artificial, de papel o de materia plástica.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Ciertas redes y sacos
especiales (consultar la lista alfabética de productos).
• Las cuerdas para
instrumentos de música (cl. 15).
• Los velos de vestir
(cl. 25).
CLASE 23
- Hilos para uso textil.
CLASE 24
- Tejidos y productos
textiles no comprendidos en otras clases.
- Ropa de cama y de mesa.
Nota explicativa
La clase 24 comprende
esencialmente los tejidos y las mantas. Esta clase comprende principalmente:
• La ropa de cama de
papel.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Ciertos tejidos
especiales (consultar la lista alfabética de productos)
• Las mantas eléctricas
para uso médico (cl. 10) y que no sean para uso médico (cl. 11).
• La ropa de mesa de
papel (cl. 16).
• Las mantas para
caballos (cl. 18).
CLASE 25
- Vestidos, calzados,
sombrerería.
Nota explicativa
Esta clase no comprende,
en particular:
• Ciertos vestidos y calzados
especiales (consultar la lista alfabética de productos).
CLASE 26
- Puntillas y bordados,
cintas y lazos.
- Botones, corchetes y
ojetes, alfileres y agujas.
- Flores artificiales.
Nota explicativa
La clase 26 comprende
esencialmente los artículos de mercería y de pasamanería.
Esta clase comprende
principalmente:
• Las cremalleras.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Ciertos corchetes
especiales (consultar la lista alfabética de productos).
• Ciertas agujas
especiales (consultar la lista alfabética de productos).
• Los hilos para uso
textil (cl. 23).
CLASE 27
- Alfombras, felpudos,
esteras, linóleum y otros revestimientos de suelos.
- Tapicerías murales que
no sean de materias textiles.
Nota explicativa
La clase 27 comprende
esencialmente los productos destinados a recubrir o revestir, con el fin de
acondicionar, los suelos o las paredes ya construidos. Esta clase no comprende,
en particular:
• Suelos de madera (clase
19)
CLASE 28
- Juegos, juguetes.
- Artículos de gimnasia y
deporte no comprendidos en otras clases.
- Decoraciones para
árboles de Navidad.
Nota explicativa
Esta clase comprende
principalmente:
• Los artículos de pesca.
• Los aparatos para
deportes y juegos diversos.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Las velas para árboles de
Navidad (cl. 4).
• Los equipos de
inmersión (cl. 9).
• Los aparatos de
esparcimiento creados para utilizarse solamente con una pantalla independiente
o con un monitor.
• Las lámparas
(guirnaldas) eléctricas para árboles de Navidad (cl. 11).
• Las redes de pesca (cl.
22).
• Los trajes de gimnasia
y deporte (cl. 25).
• La confitería y la
chocolatería para árboles de Navidad (cl. 30).
CLASE 29
- Carne, pescado, aves y
caza.
- Extractos de carne.
- Frutas y legumbres en
conserva, congeladas, secas y cocidas.
- Jaleas, mermeladas,
compotas.
- Huevos, leche y
productos lácteos.
- Aceites y grasas
comestibles.
Nota explicativa
La clase 29 comprende
esencialmente los productos alimenticios de origen animal, así como las
legumbres y otros productos hortícolas comestibles preparados para el consumo o
la conservación.
Esta clase comprende
principalmente:
• Las bebidas lacteadas,
o en las que predomina la leche.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Ciertos productos
alimenticios de origen vegetal (consultar la lista alfabética de productos).
• Los alimentos para
bebés (cl. 5).
• Las substancias
dietéticas para uso médico (cl. 5).
• Las salsas para
ensalada (cl. 30).
• Los huevos para incubar
(cl. 31).
• Los alimentos para los
animales (cl. 31).
• Los animales vivos (cl.
31).
CLASE 30
- Café, té, cacao,
azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café.
- Harinas y preparaciones
hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles.
- Miel, jarabe de melaza.
- Levadura, polvos para
esponjar.
- Sal, mostaza.
- Vinagre, salsas
(condimentos).
- Especias.
- Hielo.
Nota explicativa
La clase 30 comprende
esencialmente los productos alimenticios de origen vegetal preparados para el
consumo o la conserva, así como los coadyuvantes destinados a mejorar el gusto
de los alimentos.
Esta clase comprende
principalmente:
• Las bebidas a base de
café, cacao o chocolate.
• Los cereales preparados
para la alimentación humana (por ejemplo: copos de avena o de otros cereales).
Esta clase no comprende,
en particular:
• Ciertos productos
alimenticios de origen vegetal (consultar la lista alfabética de productos).
• La sal para conservar
que no sea para alimentos (cl. 1).
• Las infusiones
medicinales y sustancias dietéticas para uso médico (cl. 5).
• Los alimentos para
bebés (cl. 5).
• Los cereales en bruto
(cl. 31).
• Alimentos para animales
(cl. 31).
CLASE 31
- Productos agrícolas,
hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases.
- Animales vivos.
- Frutas y legumbres
frescas.
- Semillas, plantas y
flores naturales.
- Alimentos para los
animales.
- Malta.
Nota explicativa
La clase 31 comprende
esencialmente los productos de la tierra que no hayan sufrido preparación
alguna para el consumo, los animales vivos y las plantas vivas, así como los
alimentos para los animales.
Esta clase comprende
principalmente:
• Las maderas en bruto.
• Los cereales en bruto.
• Los huevos para
incubar.
• Los moluscos y los
crustáceos vivos.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los cultivos de
microorganismos y las sanguijuelas para uso médico (cl.5).
• Las maderas
semielaboradas (cl. 19).
• Los cebos artificiales
para la pesca (cl. 28).
• El arroz (cl. 30).
• El tabaco (cl. 34).
CLASE 32
- Cervezas.
- Aguas minerales y
gaseosas y otras bebidas no alcohólicas.
- Bebidas y zumos de
frutas.
- Siropes y otras
preparaciones para hacer bebidas.
Nota explicativa
La clase 32 comprende
esencialmente las bebidas no alcohólicas, así como las cervezas.
Esta clase comprende
principalmente:
• Las bebidas
desalcoholizadas.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Las bebidas para uso
médico (cl. 5).
• Las bebidas lacteadas,
o en las que predomina la leche (cl.29).
• Las bebidas a base de
cacao, café o chocolate (cl. 30).
CLASE 33
- Bebidas alcohólicas
(con excepción de las cer vezas).
Nota explicativa
No comprende en
particular:
• Las pociones
medicinales (cl. 5).
• Las bebidas
desalcoholizadas (cl. 32).
CLASE 34
- Tabaco.
- Artículos para
fumadores.
- Cerillas.
Nota explicativa
Esta clase comprende
principalmente:
• Los sucedáneos del
tabaco (que no sean para uso médico).
No comprende en
particular:
• Los cigarrillos sin
tabaco para uso médico (cl. 5).
SERVICIOS
CLASE 35
- Publicidad.
- Gestión de negocios
comerciales.
- Administración
comercial.
- Trabajos de oficina.
Nota explicativa
La clase 35 comprende
esencialmente los servicios prestados por personas o por organizaciones cuya
finalidad principal es:
1) la ayuda en la
explotación o la dirección de una empresa comercial, o
2) la ayuda en la
dirección de los negocios o funciones comerciales de una empresa industrial o
comercial, así como los servicios de empresas de publicidad que se encargan
esencialmente de comunicaciones al público, de declaraciones o de anuncios por
todos los medios de difusión y en relación con toda clase de mercancías o de
servicios.
Esta clase comprende
principalmente:
• Reagrupamiento, por
cuenta de terceros, de productos diversos (con excepción de su transporte),
permitiendo a los consumidores examinar y comprar estos productos con
comodidad; estos servicios pueden ser prestados por comercios al por menor, por
comercios al por mayor, por medio de catálogos de venta por correo o por medios
electrónicos, por ejemplo por medio de sitios web o de emisiones de televenta.
• Los servicios que
comportan el registro, la transcripción, la composición, la compilación, o la
sistematización de comunicaciones escritas y de grabaciones, así como la
compilación de datos matemáticos o estadísticos.
• Los servicios de las
agencias de publicidad, así como servicios tales como la distribución de
prospectos, directamente o por correo, o la distribución de muestras. Esta
clase puede referirse a la publicidad relativa a otros servicios, tales como
los que conciernen a los empréstitos bancarios o la publicidad por radio.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los servicios tales
como las evaluaciones e informes de ingenieros que no estén en relación directa
con la explotación o dirección de los negocios de una empresa comercial o
industrial (consultar la lista alfabética de servicios).
CLASE 36
- Seguros.
- Negocios financieros.
- Negocios monetarios.
- Negocios inmobiliarios.
Nota explicativa
La clase 36 comprende
esencialmente los servicios prestados en los negocios financieros y monetarios
y los servicios prestados en relación con contratos de seguros de todo tipo.
Esta clase comprende
principalmente:
• Los servicios
relacionados con los negocios financieros o monetarios a saber:
o Los servicios de todos
los institutos bancarios
o instituciones en
relación con ellos, tales como agencias de cambio o servicios de compensación.
o Los servicios de
institutos de crédito que no sean bancos, tales como asociaciones cooperativas
de crédito, compañías financieras individuales, prestamistas, etc.
o Los servicios de los
"trust de inversión", de las compañías "holding".
o Los servicios de
corredores de valores y de bienes.
o Los servicios
relacionados con los negocios monetarios, asegurados por agentes fiduciarios.
o Los servicios prestados
en relación con la emisión de cheques de viaje y de cartas de crédito.
• Los servicios de
administradores de inmuebles, es decir, los servicios de alquiler, de
valoración de bienes inmuebles o de financiación.
• Los servicios
relacionados con los seguros, tales como servicios prestados por agentes o
corredores que se ocupan de seguros, los servicios prestados a los aseguradores
y a los asegurados y los servicios de suscripción de seguros.
CLASE 37
- Construcción.
- Reparación.
- Servicios de
instalación.
Nota explicativa
La clase 37 comprende
esencialmente los servicios prestados por empresarios o subcontratistas en la
construcción o la fabricación de edificios permanentes, así como los servicios
prestados por personas u organizaciones que se ocupan de la restauración de
objetos a su estado primitivo o de su preservación sin alterar sus propiedades
físicas o químicas.
Esta clase comprende
principalmente:
• Los servicios
relacionados con la construcción de edificios, carreteras, puentes, presas o
líneas de transmisión y los servicios de empresas especializadas en el campo de
la construcción, tales como las de pintores, fontaneros, instaladores de
calefacción o tejadores.
• Los servicios anexos a
los servicios de construcción tales como inspecciones de proyectos de
construcciones.
• Los servicios de
construcción naval.
• Los servicios de
alquiler de herramientas o de material de construcción.
• Los servicios de
reparación, a saber, los servicios que se ocupan de poner cualquier objeto en
buen estado después del desgaste, los daños, el deterioro o la destrucción
parcial, (reparación de un edificio o de cualquier objeto existente que se ha
deteriorado respecto de su condición primitiva).
• Los diversos servicios
de reparación, tales como los referentes a la electricidad, mobiliario,
instrumentos y herramientas, etc.
• Los servicios de
conservación que tratan de mantener un objeto en su condición original, sin
cambiar ninguna de sus propiedades (en lo que concierne a la distinción entre
esta clase y la clase 40, ver nota explicativa de la clase 40).
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los servicios de
almacenaje de mercancías tales como vestidos o vehículos (cl. 39).
• Los servicios
relacionados con el teñido de tejidos o ropas (cl. 40).
CLASE 38
- Telecomunicaciones.
Nota explicativa
La clase 38 comprende
esencialmente los servicios que permiten a una persona al menos comunicarse con
otra por un medio sensorial. En estos servicios se incluyen aquellos que:
1) permiten a una persona
conversar con otra.
2) transmiten mensajes de
una persona a otra y
3) ponen a una persona en
comunicación oral o visual con otra (radio y televisión).
Esta clase comprende
principalmente:
• Los servicios que
consisten esencialmente en la difusión de programas de radio o de televisión.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los servicios de
publicidad por radio (cl. 35).
CLASE 39
- Transporte.
- Embalaje y almacenaje
de mercancías.
- Organización de viajes.
Nota explicativa
La clase 39 comprende
esencialmente los servicios prestados transportando personas o mercancías de un
lugar a otro (por ferrocarril, carretera, agua, aire u oleoducto) y los
servicios necesariamente relacionados con esos transportes, así como los
servicios relacionados con el depósito de mercancías en un almacén o en otro
edificio con vista a su preservación o custodia.
Esta clase comprende
principalmente:
• Los servicios prestados
por compañías que explotan estaciones, puentes, transbordadores, (ferries),
etc., utilizados por el transportista.
• Los servicios
relacionados con el alquiler de vehículos de transporte.
• Los servicios
relacionados con el remolque marítimo, la descarga, el funcionamiento de
puertos y de muelles y el salvamento de buques en peligro y de sus cargamentos.
• Los servicios
relacionados con el funcionamiento de los aeropuertos.
• Los servicios
relacionados con el embalaje y empaquetado de mercancías antes de su
expedición.
• Los servicios que consisten
en informaciones referentes a los viajes o los transportes de mercancías por
intermediarios y agencias de turismo, informaciones relativas a las tarifas,
los horarios y los medios de transporte.
• Los servicios relativos
a las inspección de vehículos o de mercancías antes del transporte.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los servicios relativos
a la publicidad de las empresas de transporte, tales como la distribución de
prospectos o la publicidad por radio (cl. 35).
• Los servicios relacionados
con la emisión de cheques de viaje o de cartas de crédito por intermediarios o
agencias de viaje (cl. 36).
• Los servicios relativos
a los seguros (comerciales, de incendio o de vida) durante el transporte de
personas o mercancías (cl. 36).
• Los servicios prestados
por el mantenimiento y la reparación de vehículos, pero no el mantenimiento ni
la reparación de objetos en relación con el transporte de personas y de
mercancías (cl. 37).
• Los servicios
relacionados con la reserva de habitaciones de hotel por las agencias de viaje
o por intermediarios (cl. 42).
CLASE 40
- Tratamiento de
materiales.
Nota explicativa
La clase 40 comprende
esencialmente los servicios, no enumerados en otras clases, prestados por el
tratamiento o la transformación mecánica o química de sustancias inorgánicas u
orgánicas o de objetos.
Por necesidades de la
clasificación, la marca se considera como una marca de servicio únicamente en
los casos en que el tratamiento o la transformación se haga por cuenta de otra
persona. Por idénticas necesidades de la clasificación, la marca se considera
como una marca de fábrica en todos los demás casos en que la sustancia o el
objeto se comercialice por aquel que la haya tratado o transformado.
Esta clase comprende
principalmente:
• Los servicios
relacionados con la transformación de un objeto o de una sustancia y todo
tratamiento que implique una modificación de sus propiedades esenciales (por
ejemplo, el teñido de un vestido); un servicio de mantenimiento, a pesar de que
normalmente esté comprendido en la clase 37, será clasificado en consecuencia
en la clase 40, si implica dicha modificación (por ejemplo, el cromado del
parachoques de un automóvil).
• Los servicios de
tratamiento de materiales que pueden intervenir en el curso de la fabricación
de una sustancia o de un objeto cualquiera que no sea un edificio; por ejemplo,
los servicios que se refieren al corte, a la manufactura, al pulimento por
abrasión o al revestimiento metálico.
Esta clase no comprende,
en particular:
• Los servicios de reparación
(cl. 37).
CLASE 41
- Educación.
- Formación.
- Esparcimiento.
- Actividades deportivas
y culturales.
Nota explicativa
La clase 41 comprende
esencialmente los servicios prestados por personas o por instituciones para
desarrollar las facultades mentales de personas o animales, así como los
servicios destinados a divertir o entretener.
Esta clase comprende
principalmente:
• Los servicios de
educación de individuos o de doma de animales, bajo todas sus formas.
• Los servicios cuyo fin
esencial es el entretenimiento, la diversión o el recreo de los individuos.
• Los servicios de
presentación al público de obras de arte plástico o de literatura con fines
culturales o educativos.
CLASE 42
- Servicios científicos y
tecnológicos así como servicios de investigación y diseño relativos a ellos;
- servicios de análisis y
de investigación industrial;
- diseño y desarrollo de
ordenadores y software;
Nota explicativa
La clase 42 comprende
esencialmente los servicios prestados por personas, a título individual o
colectivo, en relación con aspectos teóricos o prácticos de sectores complejos
de actividades; tales servicios son prestados por representantes de profesiones
como químicos, físicos, ingenieros, informáticos, etc.
Esta clase comprende
principalmente:
• los servicios de
ingenieros que se encargan de evaluaciones, estimaciones, investigación e
informes en los campos científico y tecnológico;
• los servicios de
investigación científica con fines médicos.
Esta clase no comprende
en particular:
• las investigaciones y
evaluaciones en asuntos comerciales (cl. 35);
• los servicios de
tratamiento de textos y de gestión de ficheros informáticos (cl. 35);
• las evaluaciones en
materia financiera y fiscal (cl. 36);
• los servicios de
extracción minera y petrolera (cl. 37);
• los servicios de
instalación y reparación de ordenadores (cl. 37);
• los servicios prestados
por representantes de profesiones tales como médicos, veterinarios,
sicoanalistas (cl. 44);
• los servicios de
tratamientos médicos (cl. 44);
• los servicios prestados
por jardineros paisajistas (cl. 44);
• los servicios jurídicos
(clase 45).
CLASE 43
- Servicios de
restauración (alimentación);
- hospedaje temporal.
Nota explicativa
La clase 43 comprende esencialmente
los servicios prestados por personas o establecimientos cuyo fin es preparar
alimentos y bebidas para el consumo así como los servicios prestados procurando
el alojamiento, el albergue y la comida en hoteles, pensiones u otros
establecimientos que aseguran un hospedaje temporal.
Esta clase comprende
principalmente:
• los servicios de
reserva de alojamiento para viajeros, prestados principalmente por agencias de
viaje o corredores;
• las residencias para
animales.
Esta clase no comprende
en particular:
• los servicios de
alquiler de bienes inmuebles como casas, apartamentos, etc. destinados a un uso
permanente (cl. 36);
• los servicios de
organización de viajes prestados por agencias de turismo (cl. 39);
• los servicios de
conservación de alimentos y bebidas (cl. 40);
• los servicios de
discotecas (cl. 41);
• los pensionados (cl.
41);
• las casas de reposo y
de convalecencia (cl. 44).
CLASE 44
- Servicios médicos;
- servicios veterinarios;
- cuidados de higiene y
de belleza para personas o animales;
- servicios de
agricultura, horticultura y silvicultura.
Nota explicativa
La clase 44 comprende
esencialmente los cuidados médicos, de higiene corporal y de belleza prestados
por personas o establecimentos a personas o animales; comprende igualmente los
servicios relacionados con los sectores de la agricultura, la horticultura y la
silvicultura.
Esta clase comprende
principalmente:
• los servicios de
análisis médicos relacionados con el tratamiento de personas (tales como
exámenes radiográficos y tomas de sangre);
• los servicios de
inseminación artificial;
• las consultas en
materia de farmacia;
• la cría de animales;
• los servicios
relacionados con el cultivo de plantas tales como la jardinería;
• los servicios
relacionados con el arte floral tales como la composición floral así como los
servicios prestados por jardineros paisajistas.
Esta clase no comprende
en particular:
• los servicios de
destrucción de animales dañinos (que no sean de los de la agricultura, la
horticultura y la silvicultura) (cl. 37);
• los servicios de
instalación y reparación de dispositivos de riego (cl. 37);
• los servicios de
transporte en ambulancias (cl. 39);
• los servicios de
matadero de animales y de taxidermia (cl. 40);
• los servicios de tala y
aserrado de madera (cl. 40);
• los servicios de doma
de animales (cl. 41);
• los servicios prestados
por clubes de cultura física (cl. 41);
• los servicios de
investigación científica con fines médicos (cl. 42);
• las residencias para
animales (cl. 43);
• las residencias para
personas mayores (cl. 43);
CLASE 45
- Servicios jurídicos;
servicios de seguridad para la protección de bienes y de personas;
- Servicios personales y
sociales prestados por terceros destinados a satisfacer necesidades
individuales.
Nota explicativa
Esta clase comprende
principalmente:
• los servicios prestados
por juristas a personas, grupos de personas, organizaciones y empresas;
• los servicios de
investigación y vigilancia relativos a la seguridad de personas y de
colectividades;
• los servicios prestados
a personas en relación con acontecimientos sociales tales como servicios de
acompañamiento en sociedad, agencias matrimoniales, servicios funerarios.
Esta clase no comprende
en particular:
• los servicios
profesionales que prestan una ayuda directa a las operaciones o funciones de
una empresa comercial (cl. 35);
• los servicios
relacionados con negocios financieros o monetarios y los servicios relacionados
con los seguros (cl. 36);
• los servicios de
acompañamiento de viajeros (cl. 39);
• los servicios de
transporte blindado (cl. 39);
• los servicios de
educación de personas, bajo cualquiera de sus formas (cl. 41);
• los servicios de
cantantes o de bailarines (cl. 41);
• los servicios
informáticos relativos a la protección de programas (clase 42);
• los servicios prestados
por terceros que aseguran cuidados médicos, de higiene y de belleza para
personas o animales (cl. 44);
• algunos servicios de
alquiler (consultar la lista alfabética de servicios y la nota general b)
relativa a la clasificación de servicios).