Detalle de la norma RE-2876-2007-MI
Resolución Nro. 2876 Ministerio del Interior
Organismo Ministerio del Interior
Año 2007
Asunto Prorrógase la intervención de la Policía de Seguridad Aeroportuaria
Boletín Oficial
Fecha: 26/11/2007
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 2876

21/11/2007

Fecha:

26/11/2007

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Dependencia:

RE-2876-2007-MI

Tema:

POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

Asunto:

Prorrógase la intervención de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, establecida en el Artículo 3º del Decreto Nº 145/2005.

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VISTO: el Decreto Nº 145 de fecha 22 de febrero de 2005, la Resolución Ministerial Nº 1907 de fecha 28 de octubre de 2005, la Resolución Ministerial Nº 1421 de fecha 27 de julio de 2006, y la Resolución Ministerial Nº 2684 del 5 de diciembre de 2006, Resolución Ministerial Nº 715 de fecha 13 de abril de 2007, Resolución Ministerial Nº 2020 de fecha 28 de agosto de 2007 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 145/05 se transfirió orgánica y funcionalmente a la Policía Aeronáutica Nacional, del ámbito del Ministerio de Defensa a la órbita de esta Cartera de Estado, constituyéndola en la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que asimismo el aludido Decreto dispuso la intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, pidiendo prorrogarse dicho término por Resolución del Ministro del Interior.

Que por Resolución Ministerial Nº 1907/05 se dispuso la prórroga por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, de la intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA establecida en el artículo 3º del Decreto Nº 145 de fecha 22 de febrero de 2005.

Que por Resolución Ministerial Nº 1421/06 se dispuso la prórroga, por el término de NOVENTA (90) días, de la intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que por Resolución Ministerial Nº 2684/06 se dispuso la prórroga, por el término de NOVENTA (90) días, de la intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que por Resolución Ministerial N° 715/07 se dispuso la prórroga por el término de NOVENTA (90) días, de la intervención de

la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que por Resolución Ministerial Nº 2020/07 se dispuso la prórroga por el término de SESENTA (60) días, de la intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que el objetivo de reestructuración perseguido a partir del dictado de la intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, requiere del cumplimiento de metas aún pendientes de ejecución.

Que con fecha 31 de mayo de 2006 se sancionó la Ley 26.102, que establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del Sistema de Seguridad Aeroportuaria, y la misión y funciones de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que en virtud de la promulgación de la mencionada Ley, la intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA comenzó a trabajar en la elaboración de los Estatutos del Personal que constituirán el Régimen Profesional

de la Institución, y demás disposiciones reglamentarias, proyectos que a la fecha se encuentran en trámite de aprobación.

Que con la finalidad de completar el proceso de normalización de la Institución, resulta menester establecer una prórroga de la referida intervención, por el término de SESENTA (60) días.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 145 de fecha 22 de febrero de 2005.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrógase por el término de SESENTA (60) días la intervención de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA establecida en el artículo 3º del Decreto Nº 145 de fecha 22 de febrero de 2005, y prorrogada por Resoluciones Ministeriales Nº 1907 de fecha 28 de octubre de 2005, Nº 1421 de fecha 27 de julio de 2006, Nº 2684 de fecha 5 de diciembre de 2006, Nº 715 de fecha 13 de abril de 2007 y Nº 2020 de fecha 28 de agosto de 2007.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández.