Instituto Nacional de
Semillas
SEMILLAS
Resolución 285/2007
Establécense
requisitos para los proveedores o distribuidores de semilla de maíz.
Bs. As., 19/9/2007
VISTO el Expediente Nº
S01:0350895/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, por Nota Nº 593 de fecha 10 de
septiembre de 2007 y en razón del dictado de la Resolución Nº 78 de fecha 29 de
agosto de 2007 del REGISTRO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS, por la que se autoriza la producción y comercialización de semilla
de maíz y los productos y subproductos derivados de esta conteniendo los
eventos acumulados NK603 y MON810 que no cuentan aún con la aprobación de la
UNION EUROPEA, se dirige al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS expresando:
"...esta Secretaría considera necesario el dictado por parte de ese
Instituto Nacional de un acto administrativo que contemple similares mecanismos
de segregación que los establecidos en la Resolución INASE Nº 178 de fecha 12
de julio de 2007 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, para semilla de maíz con
estos eventos acumulados."
Que mediante la
aplicación del mecanismo de segregación es posible direccionar la producción de
maíz hacia el mercado interno y/o destinos de exportación que no apliquen
posibles restricciones de acceso por la presencia de estos eventos acumulados.
Que el Artículo 15 de la
Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 faculta a establecer
requisitos y normas especiales para la comercialización y/o difusión de una
semilla por motivos agronómicos o de interés general.
Que la COMISION NACIONAL
DE SEMILLAS y la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS tomaron la intervención que les compete.
Que el suscripto es
competente para el dictado de la presente en virtud de los Artículos 15 de la
Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 y 8º y 9º del Decreto Nº
2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.
Por ello,
EL PRESIDENTE A CARGO DEL
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
Artículo 1º — Los proveedores o distribuidores
de semillas solo podrán entregar semilla de maíz con los eventos acumulados
NK603 y MON810, a aquellos usuarios que hayan suscripto la Declaración Jurada
que como Anexo forma parte de la presente, por la que se obligan a canalizar su
producción de maíz al consumo interno dentro del territorio de la REPUBLICA
ARGENTINA o en su defecto a informar al acopiador, exportador o
industrializador en forma fehaciente y previo a su entrega, la presencia de
estos eventos en su producción.
Art. 2º — La Declaración Jurada
establecida en el artículo anterior debidamente cumplimentada y suscripta por
el interesado, será recepcionada por el proveedor de la semilla de maíz en
cuestión, quién deberá remitir mensualmente al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
la información volcada en cada Declaración Jurada. Esta documentación y
cualquier otra relacionada a la misma, quedará a disposición del organismo
oficial competente ante cualquier requerimiento del mismo.
Art. 3º.— Quien comercialice y/o difunda
semilla de maíz portadora de los eventos acumulados NK603 y MON810 que no se
encuadre en las condiciones establecidas en la presente resolución, será
sancionado de acuerdo a las previsiones del Artículo 38 de la Ley de Semillas y
Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Ripoll.
ANEXO
DECLARACION JURADA DE USO
DE SEMILLA DE MAIZ CONTENIENDO LOS EVENTOS ACUMULADOS NK603 y MON810.
Por la presente declaro
haber adquirido a la firma ……………., RNCFS Nº (1)…………… con dirección en
………………………, las siguientes cantidades de semilla de maíz conteniendo los eventos
acumulados NK603 y MON810:
Nombre del híbrido
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Cantidad de bolsas
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Kgs./bolsa
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Kgs. Totales
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Lugar de siembra (2)
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……………
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………………
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…………..
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……………...
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……………….
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………………
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…………………
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…………..
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……………...
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…………………
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…………………
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………………
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…………..
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……………...
|
…………………
|
Concluida la siembra, me
comprometo a remitir a la firma proveedora de la semilla la información que
indique la ubicación exacta (3) y superficie de cada uno de los lotes sembrados
con estos híbridos.
Asimismo asumo la
obligación de enviar el producto de la cosecha de esta semilla al consumo
interno dentro del territorio de la República Argentina o en su defecto de
notificar en forma fehaciente al acopiador o exportador y previo a su entrega,
la presencia de este evento en el producto cosechado. También me comprometo a
remitir copia de dicha notificación y del correspondiente formulario de
depósito 1116 A al día hábil siguiente de su emisión, a la firma proveedora de
la semilla.
Acepto además poder ser
inspeccionado por el organismo oficial competente en cualquier momento del
ciclo de producción, almacenaje y comercialización del grano producido.
Nombre y Apellido o Razón
Social: ………………………………………………………………….......
CUIT Nº:
..........................................
Dirección:..................................................................................................................................
Lugar y fecha:
......................................................
Firma (de la persona
física o representante legal en caso de sociedades): ………………………………
Aclaración:
..........................................................
Doc. tipo y nº:
...........................................................
(1) Según lo informado
por el proveedor de la semilla.
(2) Localidad más cercana
y Provincia.
(3) Acompañar plano con
indicación de rutas y caminos de acceso.