Detalle de la norma RE-283-2005-SICPYME
Resolución Nro. 283 Secretaría de Ind, Comercio de la Pequeña/Mediana Empresa
Organismo Secretaría de Ind, Comercio de la Pequeña/Mediana Empresa
Año 2005
Asunto Licencia para Configuración de Modelo, motocicletas
Boletín Oficial
Fecha: 20/10/2005
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of:

Resolución nº 283

19/10/2005

Fecha:

20/10/2005

 

Dependencia:

RE-283-2005-SICPYME

Tema:

IMPORTACIONES

Asunto:

Modifícase la Resolución Nº 134/2005, mediante la cual se exceptuó de la Licencia para Configuración del modelo a cien motocicletas nuevas adquiridas para equipar a las fuerzas policiales de la provincia de Córdoba, con la finalidad de corregir un error en la descripción de la correspondiente posición arancelaria de la Nomenclatura Común del Mercosur.

 

VISTO el Expediente Nº S01:0342244/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Nº S01:0157714/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Provincia de CORDOBA solicitó autorización para importar CIEN (100) motocicletas nuevas sin uso adquiridas para equipar a las fuerzas policiales a los fines de reforzar aspectos que hacen a la seguridad de la población en general.

Que mediante la Resolución Nº 134 de fecha 11 de julio de 2005 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se exceptúa de la Licencia para Configuración de Modelo (LCM) a las CIEN (100) motocicletas precedentemente citadas.

Que por el expediente citado en el Visto, la Provincia de CORDOBA pone en conocimiento a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, que se ha deslizado un error en la descripción de la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) oportunamente por ella declarada lo que imposibilita que la importación de las mismas se haga efectiva.

Que en tal sentido corresponde proceder a rectificar la mencionada posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) correspondiente a los mencionados vehículos. Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por lo establecido en los Artículos 2º y 28 de la Ley Nº 24.449 y el Artículo 28 del Anexo I del Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 1º de la Resolución Nº 134 de fecha 11 de julio de 2005 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION por el siguiente:

"ARTICULO 1º.- Exceptúase de la Licencia para Configuración de Modelo (LCM) a SESENTA Y CINCO (65) motocicletas nuevas fabricadas por la empresa IRBIT S.R.L. marca URAL, modelo IMZ 8.1034 GEAR UP, posición arancelaria de la nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) 8711.40.00, y a TREINTA Y CINCO (35) motocicletas nuevas fabricadas por la empresa IRBIT S.R.L. marca URAL, modelo IMZ 8.1233 "SOLO", posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) 8711.40.00 adquiridas por el Gobierno de la Provincia de CORDOBA en el marco del Decreto Nº 114 de fecha 15 de marzo de 2005".

Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel G. Peirano.