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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of: |
Resolución nº 283 |
19/10/2005 |
Fecha: |
20/10/2005 |
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Dependencia: |
RE-283-2005-SICPYME |
Tema: |
IMPORTACIONES |
Asunto: |
Modifícase
la Resolución Nº
134/2005, mediante la cual se exceptuó de
la Licencia para
Configuración del modelo a cien motocicletas nuevas adquiridas para equipar
a las fuerzas policiales de la provincia de Córdoba, con la finalidad de
corregir un error en la descripción de la correspondiente posición
arancelaria de
la
Nomenclatura Común del Mercosur. |
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VISTO el Expediente Nº S01:0342244/2005 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por el Expediente Nº S01:0157714/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION,
la Provincia
de CORDOBA solicitó autorización para importar CIEN (100) motocicletas nuevas
sin uso adquiridas para equipar a las fuerzas policiales a los fines de
reforzar aspectos que hacen a la seguridad de la población en general. |
Que
mediante
la Resolución
Nº 134 de fecha 11 de julio de 2005 de
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA
PEQUEÑA y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION se exceptúa de
la
Licencia para Configuración de Modelo (LCM) a las CIEN
(100) motocicletas precedentemente citadas. |
Que
por el expediente citado en el Visto,
la Provincia de CORDOBA pone en conocimiento a
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, que se ha deslizado un error en la descripción de la posición
arancelaria de
la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) oportunamente por
ella declarada lo que imposibilita que la importación de las mismas se haga
efectiva. |
Que
en tal sentido corresponde proceder a rectificar la mencionada posición
arancelaria de
la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) correspondiente a los
mencionados vehículos. Que
la
Dirección de Legales del Area de
Industria, Comercio y de
la
Pequeña y Mediana Empresa dependiente de
la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la
intervención que le compete. |
Que
la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por lo
establecido en los Artículos 2º y 28 de
la Ley Nº 24.449 y el Artículo 28 del Anexo I del
Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995. |
Por ello, |
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
DE
LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA RESUELVE: |
Artículo
1º — Sustitúyese el Artículo 1º de
la Resolución Nº 134
de fecha 11 de julio de 2005 de
la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION por el siguiente: |
"ARTICULO
1º.- Exceptúase de
la Licencia para
Configuración de Modelo (LCM) a SESENTA Y CINCO (65) motocicletas nuevas
fabricadas por la empresa IRBIT S.R.L. marca URAL,
modelo IMZ 8.1034 GEAR UP, posición arancelaria de la nomenclatura Común del
MERCOSUR (NCM) 8711.40.00, y a TREINTA Y CINCO (35) motocicletas nuevas
fabricadas por la empresa IRBIT S.R.L. marca URAL,
modelo IMZ 8.1233 "SOLO", posición arancelaria de
la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (NCM) 8711.40.00 adquiridas por el Gobierno de
la Provincia de CORDOBA
en el marco del Decreto Nº 114 de fecha 15 de marzo de 2005". |
Art.
2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Miguel G. Peirano. |
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