Detalle de la norma RE-281-2000-SAGPA
Resolución Nro. 281 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2000
Asunto Cupos de cortes enfriados vacunos
Boletín Oficial
Fecha: 26/06/2000
Detalle de la norma

                                                                                                            

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Nº 281

21/06/2000

Fecha:

 26/06/2000

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Dependencia:

RE-281-2000-SAGPA

Tema LOA:

 559       

562

Tema:

CARNES

Asunto:

Prorrógase el plazo correspondiente al 90 por ciento de los respectivos cupos de cortes enfriados vacunos de alta calidad asignados por la Unión Europa a los que se refiere la Resolución Nº 198/99

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VISTO el expediente Nº 800-001691/2000 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, la Resolución Nº 198 del 28 de junio de 1999 del mismo registro, en punto al cupo tarifario de cortes enfriados vacunos de alta calidad asignado a nuestro país por la UNION EUROPEA, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 198/99 en su artículo 27 establece que los frigoríficos que al 31 de diciembre y al 15 de abril de cada año, no hubieren exportado, por lo menos el SESENTA POR CIENTO (60%) y el NOVENTA POR CIENTO (90%) respectivamente, del cupo base asignado para dicho período, perderán los derechos al tonelaje entre lo efectivamente embarcado y lo resultante de la aplicación de estos porcentajes sobre dicha cuota, el cual será redistribuido entre las restantes empresas adjudicatarias que cumplan con todos los requisitos previstos en esa norma, con las excepciones previstas por el artículo 20 de dicha resolución.

Que existieron particulares y excepcionales circunstancias de público y notorio conocimiento, ajenas a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y a la industria frigorífica, que provocaron el entorpecimiento de la operatoria de exportación, debido a la medida de fuerza efectuada por la Asociación Gremial que nuclea a los trabajadores camioneros, que afectó el transporte de carga durante la primera quincena del mes de abril de 2000.

Que en virtud de lo expuesto, resulta aconsejable prorrogar durante el período comprendido entre el 1º de julio de 1999 y el 30 de junio de 2000, el plazo correspondiente al NOVENTA POR CIENTO (90%) de los respectivos cupos a que se refiere el artículo 27 de la Resolución Nº 198/99, extendiéndose hasta el 25 de abril de 2000.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 37 del Decreto Nº 2284 del 31 de octubre de 1991, modificado por su similar Nº 2488 del 26 de noviembre de 1991.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrógase durante el período comprendido entre el 1º de julio de 1999 y el 30 de junio de 2000, el plazo correspondiente al NOVENTA POR CIENTO (90%) de los respectivos cupos a que se refiere el artículo 27 de la Resolución Nº 198 del 28 de junio de 1999 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA PESCA Y ALIMENTACION, extendiéndose hasta el 25 de abril de 2000.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Antonio T. Berhongaray.