Detalle de la norma RE-27-2009-DGA
Resolución Nro. 27 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2009
Asunto Sistema de transferencia electrónica. Aduana en Factoría
Boletín Oficial
Fecha: 08/05/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 27

05/05/2009

Fecha:

08/05/2009

 

Dependencia:

RE-27-2009-DGA

Tema:

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Asunto:

Incorporación al Sistema de Transferencia Electrónica. “Consulta Régimen de Aduanas en Factoría”.

 

VISTO la ACTUACION SIGEA Nº 13662-38- 2009, del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma el Departamento Grandes Operadores eleva la nómina de las firmas que, conforme lo estipulado en el artículo 1º de la Resolución General AFIP Nº 2550, solicitaron su incorporación al nuevo sistema de transferencia electrónica de datos, denominado “Consulta Régimen de Aduanas en Factoría”.

Que el objetivo principal para la implementación del aludido sistema, apunta esencialmente al control de inventario y de movimiento de mercaderías de los sujetos adheridos al Régimen de Aduanas en Factoría, a través del Servicio WEB de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que ello posibilita esencialmente el control de auditoría referenciado en el artículo 7º de la Resolución General Conjunta AFIP Nº 1424/03.

Que en función de lo expuesto precedentemente y hasta tanto se efectúe la migración al nuevo sistema establecido por la AFIP, de la información obrante en el Sistema Consensuado (Anexo VII de la Resolución General AFIP Nº 1673 hoy dejada sin efecto), corresponde imponer a la firmas usuarias del Régimen de Aduanas en Factoría la obligación de conservar la información allí reunida, por el término de CINCO AÑOS (5) años contados desde su incorporación al nuevo sistema.

Que sentado lo expuesto y habiéndose corroborado, a través del Departamento Control de Desarrollo y Operaciones de Sistemas Aduaneros, que se han efectuado por parte de las firmas solicitantes los desarrollos informáticos necesarios, corresponde autorizar la incorporación de las mismas al aludido sistema.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9, apartado 2, incs. a), p) del Decreto 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º — Incorpórese a las firmas VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-50401884-5, MERCEDES BENZ ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-50298736-0, PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-50474453-8, FORD ARGENTINA S.C.A. CUIT Nº 30-67851968-1, GENERAL MOTORS ARGENTINA S.R.L. CUIT Nº 30-66207168-0 y TOYOTA ARGENTINA S.A. CUIT Nº 33-67913936-9 al Sistema de Transferencia Electrónica de Datos, denominado “Consulta Régimen de Aduanas en Factoría”.

Art. 2º — Establécese la obligación de las empresas identificadas precedentemente de conservar por el término de CINCO AÑOS (5) la información obrante en el Sistema Consensuado (Anexo VII de la Resolución General AFIP Nº 1673 hoy dejada sin efecto).

Art. 3º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — María S. Tirabassi.

 
 
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