Detalle de la norma RE-271-2006-SICPYME
Resolución Nro. 271 Secretaría de Ind, Comercio de la Pequeña/Mediana Empresa
Organismo Secretaría de Ind, Comercio de la Pequeña/Mediana Empresa
Año 2006
Asunto Instalación de una planta de cebada cervecera para la obtención de malta
Boletín Oficial
Fecha: 30/08/2006
Detalle de la norma
LOA

Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa

IMPORTACIONES

Resolución 271/2006

Considérase sujeto al beneficio establecido por la Resolución Nº 256/2000 del ex Ministerio de Economía y sus modificatorias, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por Cargill Sociedad Anónima, Comercial e Industrial, consistente en la instalación de una planta para la producción de cebada cervecera para la obtención de malta.

Bs. As., 29/8/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0326572/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la firma CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Grandes Proyectos de Inversión" conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA, para la importación de bienes que forman parte, exclusivamente, de una línea de producción completa y autónoma.

Que los bienes mencionados en el Anexo que, con DIECISIETE (17) hojas, forma parte integrante de la presente resolución, están destinados a la instalación de una planta para la producción de cebada cervecera para la obtención de malta que estará ubicada en la Localidad de Puerto Punta Alvear, Departamento de Rosario, Provincia de SANTA FE.

Que el UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE —FACULTAD DE INGENIERIA—, ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que en las grandes obras es usual que los bienes a utilizarse se importen a consumo mediante embarques escalonados.

Que la empresa CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL ha utilizado dicho régimen.

Que iniciadas las importaciones se emitió el correspondiente Certificado de Trámite amparando dichas operaciones.

Que la presente resolución permitirá abarcar durante el término que establece la misma, el plazo concedido para el cumplimiento de los envíos escalonados.

Que del análisis efectuado surge, que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 256/00 del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA modificada por las Resoluciones Nros. 1089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex – MINISTERIO DE LA PRODUCCION, por lo que, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA y de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL ambas dependientes de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se ha determinado procedente la solicitud de la firma CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, conforme a las disposiciones del régimen referido.

Que la mencionada firma declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos Químicos.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 8º de la Resolución Nº 256/00 del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA y el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

Artículo 1º — Considérase sujeto al beneficio establecido por la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA modificada por las Resoluciones Nros. 1089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex – MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, consistente en la instalación de una planta para la producción de cebada cervecera para la obtención de malta, cuya descripción de bienes se detalla en el Anexo que, con DIECISIETE (17) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — En virtud de lo estipulado en el Artículo 12 de la Resolución Nº 256/00 del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA se otorga un plazo de UN (1) año a partir de la fecha de esta resolución para la importación de los bienes detallados en el Anexo de la misma.

Art. 3º — El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA, dará lugar a la aplicación del Artículo 15 de la citada resolución. Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el Artículo 6º de la mencionada resolución.

Art. 4º — La SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, notificada del cumplimiento de los requisitos impuestos por el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Grandes Proyectos de Inversión", autorizará a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a liberar las pertinentes garantías.

Art. 5º — A través de la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del citado Ministerio, notifíquese a la firma CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL de la presente resolución.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel G. Peirano.

ANEXO A LA RESOLUCION SICyPyME Nº 271

BIENES INTEGRANTES DE "GRANDES PROYECTOS DE INVERSION" CON DESTINO A LA INSTALACION DE UNA PLANTA PARA LA PRODUCCION DE CEBADA CERVECERA PARA LA OBTENCION DE MALTA:

El monto de los bienes a importar a valor FOB es por un total de EUROS DOCE MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS (e 12.612.442.-) (sin repuestos).

El monto de los repuestos de acuerdo al Artículo 10 de la Resolución N° 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA asciende a EUROS SEISCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS CON DIEZ CENTAVOS (e 630.622,10.-).