Detalle de la norma RE-2708-1993-ANA
Resolución Nro. 2708 Administración Nacional de Aduanas
Organismo Administración Nacional de Aduanas
Año 1993
Asunto SIM - Apruébanse formularios de impo, expo, definitiva y suspensiva
Boletín Oficial
Fecha: 08/11/1993
Detalle de la norma

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 2708

22/10/1993

Fecha:

 08/11/1993

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Dependencia:

RE-2708-1993-ANA

Tema LOA:

 

Tema:

SIM.

Asunto:

Apruébanse formularios.

 

 

VISTO la implementación del Sistema MARIA y,

 

CONSIDERANDO: Que es necesario diseñar un formulario único para documentar las destinaciones de importación y exportación, sean estas definitivas para consumo o suspensivas.

 

Que la presente norma se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 23 inc.i) de la Ley 22.415.

 

Por ello,

 

El Administrador Nacional de Aduanas Resuelve:

 

ARTICULO 1o - Aprobar el Indice Temático que se agrega como Anexo I de la presente.

 

ART.20 - Aprobar los Formularios OM-1993-SIM-Formulario Unico y OM-2133 SIM - Sobre Contenedor -que se agregan como Anexos II y V de esta norma.

 

ART.30 - Aprobar las características de los Formularios OM-1993 y OM-2133, los datos del Formulario Unico y las Normas de Integración del Sobre Contenedor que figuran agregados como Anexos III, VI, IV y VII respectivamente de la presente.

 

ART.40 - De forma.

 

 

 

ANEXO I

 

INDICE TEMÁTICO

 

 

 

ANEXO II

Formulario Unico - OM-1993 SIM

ANEXO III

Características del Formulario OM-1993

ANEXO IV

Datos del Formulario Unico

ANEXO V

Sobre Contenedor - OM-2133 SIM

ANEXO VI

Características del Formulario OM-2133

 

 

 

ANEXO III

 

CARACTERÍSTICAS DEL FORMULARIO UNICO OM-1993

 

1. Material:

 

Papel blanco contínuo químico

 

2. Gramaje:

 

1er. ejemplar: 57 grs. x m2.

 

Resto de copias: 47 grs. x m2.

 

3. Medidas:

 

Troquelado: 22 cm. x 30,6 cm. (12")

 

Caja de Impresión: 21,1 x 4 cm. x 29,3 cm.

 

4. Impresión

 

 

4.1. Color

 

 

El frente y el dorso tendrán las líneas y escritura impresos en tinta color intenso, que facilite su lectura.

 

 

Ejemplar 1: Color rojo

 

 

Ejemplar 2: Color verde

 

 

Ejemplar 3: Color naranja

 

 

Ejemplar 4: Color azul.

 

 

4.2. Diseño

 

 

Frente

 

 

Todos los ejemplares en el frente tendrán idéntico diseño.

 

 

Dorso

 

 

Los ejemplares 1, 2 y 3 serán de igual diseño.

 

 

El ejemplar 4 tendrá en el dorso un espacio en blanco "Reservado para intervenciones aduaneras".

 

5. Numeración:

 

Todos los ejemplares del formulario estarán numerados (del 1 al 4) en el recuadro del ángulo superior derecho.

 

 

 

ANEXO IV

 

DATOS DEL FORMULARIO UNICO

 

 

 

Campos

Datos Registrados

Subrégimen

Literalmente el nombre de la destinación que se documenta. (Anexo II Resol. N° 2707/93).

Aduana

Aquella por la que se registra la operación

Oficialización

Fecha de oficialización

Identificador

Año/Ad./Tipo/N° Reg./Dc. 1     2     3     4          5

1 - De registro de la operación 2 - Código de Aduana de registro (Anexo XX Resol. N° 2707/93). 3 - Código de Subrégimen 4 - Número de Registro definitivo de la operación 5 - Dígito de control asignado por el Sistema

Fojas

Número de foja y cantidad total de fojas que componen el documento único.

Importador/Exportador

Nombre o razón social tal como figura registrado en Aduana.

CUIT

Número completo de la CUIT del Importador/Exportador

Despachante

Nombre o razón social tal como figura registrado en Aduana.

CUIT

Número completo de la CUIT del Despachante.

Agente de Transporte Aduanero

Nombre o razón social tal como figura registrado en Aduana.

CUIT

Número completo de la CUIT del Agente de Transporte.

Vendedor

Nombre o razón social del vendedor en el extranjero.

VÍA

La utilizada para transportar la mercadería. (Anexo XXIV Resol. N° 2707/93).

 

 

 

Documento de Transporte

Número del documento que ampara la mercadería que podrá ser:

 

Para Vía Aérea:

 

- Para compañías inscriptas en IATA:

 

1           2 1 - Código de compaña 2 - Número de guía

 

- Para las guías desconsolidadas:

 

1           2 1 - XXX 2 - Número de guía desconsolidada

 

- Para compañías no inscriptas en IATA

 

1           2 1 - DDD 2 - Número de guía

 

- Para vía marítima:

 

1           2 1 - Código Puerto de Embarque 2 - Número de conocimiento

 

- Para vía terrestre:

 

1           2

 

1 - Código lugar de embarque 2 - Número de conocimiento

Identificador Manifiesto

Estará compuesto por:

 

1           2          3          4          5 1 - Año 2 - Aduana (Anexo XX Resol. N° 2707/93). 3 - Tipo de Declaración (Maní) 4 - Número 5 - Letra Clave

Nombre del Transporte

Según el medio de transporte empleado. Aéreo: Matrícula del avión. Buque: Nombre. Ferrocarril: Número de vagón. Camión: Matrícula de camión/semi

Bandera

Bandera del país de matriculación del medio transportador. (Anexo XXI Resol. N° 2707/93).

Puerto de Embarque

Nombre del puerto en donde se embarca la mercadería.

Fecha de Arribo

Fecha que ingresa el medio transportador tendrá el siguiente formato DD/MM/AAAA.

Marcas y Números

Identifican a cada envase. Si todos los bultos tienen la misma marca, esta se pondrá una sola vez y si los números que identifican a cada bulto son correlativos se asentará el primero y el último de la serie, separados por una barra.

 

 

 

Embalaje

Descripción del embalaje en el cual se acondicionado la mercadería. (Anexo XXV Resol. 2707/93).

Total Bultos

Cantidad de bultos presentados a despacho.

Peso Bruto

Peso total de la mercadería que ampara la operación.

Depósito

Descripción literal del depósito, donde se almacena la mercadería previa a su destino.

Vencimiento Embarque

Para exportación fecha hasta la cual se autoriza el embarque de la mercadería.

Plazo

Corresponde al plazo del vencimiento en una operación de importación o de exportación de carácter suspensiva, Envíos Escalonados y otros.

Motivo N° Autorización

De tratarse de una destinación que corresponda Autorización previa deberá registrarse el motivo y N° de Autorización correspondiente.

Aduana Destino/Salida

Nombre de la aduana de destino o salida de la mercadería. Si se tratare de una importación se registrará la descripción literal de la aduana a la cual se consigna la operación. (Anexo XX Resol. N° 2707/93).

Condición de venta

En forma literal la sigla correspondiente a la condición de venta. (Anexo XVIII Resol. N° 2707/93).

FOB Total

Importe del valor FOB Total en divisa.

Divisa

Descripción literal de la divisa del valor FOB C. Anexo XVII Resol. N° 2707/93).

Flete Total

Importe total del Flete en divisa.

Divisa

Descripción literal de la divisa del valor Flete. (Anexo XVII Resol. N° 2707/93).

Seguro Total

Importe total del Seguro en Divisa.

Divisa

Descripción literal de la divisa del Seguro. (Anexo XVII Resol. N° 2707/93).

Garantías

Se indicarán los Nros. de Garantías afectadas a la operación.

Información Complementaria

A la declaración general de la operación.

N° Item

El que corresponda en orden correlativo.

Tipo

De acuerdo al Subrégimen, el tipo de ítem podrá ser: N = Normal - Para operaciones con transformación: G = Producto Final    D = Insumos.

Posición SIM/DC

Estará compuesta de la siguiente manera. Posición SIM: La que corresponda a clasificación de la mercadería en el Arancel Integrado Aduanero basado en la NCE (Resol. 2559/93 ANA). DC: Dígito de control de la posición arancelaria SIM.

NALADISA/GATT

Posición NALADISA asociada a la Posición SIM o Posición NADI (4 pares) asociada a la Posición SIM mejorada en el GATT.

Lista

Acuerdo correspondiente a las posiciones SIM/NALADISA o SIM/GATT (Anexo XIII Resol. N° 2707/93).

Estado

El de la mercadería. (Anexo XIX Resol. N° 2707/93).

Total Kg. Neto

El peso neto de la mercadería del Item.

Origen país/provincia

Nombre del país de cual resultará originariamente la mercadería (Anexo XXI Resol. N° 2707/93). Para mercadería de origen Argentino se indicará la provincia y/o partido en caso de corresponder.

País de Procedencia

País donde fue expedida la mercadería, con destino final al país.

Información Adicional

Datos adicionales del ítem, declarados oportunamente por el documentante o exigidos por el arancel informático.

 

 

 

Unidad Estadística

Unidad de cantidad estadística exigida por el sistema a través de la Posición SIM (Resol. N° 2537/93 ANA.)

Cantidad Unidades Estadísticas

Que correspondan a la mercadería que se declara.

Cancelación de Declaraciones detalladas anteriores

 

Identificador de la Declaración a cancelar

La que corresponda de acuerdo al tipo de subrégimen.

ítem

El N° de ítem a cancelar.

U

Código de unidad de medida declarado en la Declaración a cancelar.

Cantidad de Unidades

La cantidad de unidades a cancelar.

Valor Insumos Importados

El declarado en la Declaración a cancelar.

Certificado Tipificación

N° certificado de tipificación que ampara la detallada a cancelar.

Sufijos

Declaración complementaria a Posición SIM para la determinación del tratamiento aduanero, que resume en códigos los textos a validar únicos o por opciones (Anexo III, V al XII y XVI Resol. N° 2707/93).

Sufijos de valor

Declaración Complementaria a la Posición SIM que brinde las características técnicas de las mercaderías y a los fines estadísticos, de la valoración o de investigación, compuestos por: Sufijos de capítulo (C) - Sufijo de partida (P) - Sufijos de subpartida (S) y sufijos de posición (N) acorde al nivel de la NCE que afectan su desarrollo tal que para una dada mercadería se puede elegir un solo sufijo de cada grupo o ninguno (Resol. N° 2659/93 ANA.) por ítem.

Ventajas

Declaración complementaria a la Posición SIM mediante la cual el documentante establece la correspondencia de un tratamiento aduanero más ventajoso que el general o de excepción (Anexo IV Resol. N° 2707/93).

Valor Mercadería Unitario en Divisa

Valor unitario de la mercadería expresado en divisa.

Unidad

Unidad de venta de la mercadería, según tabla basada en el SIMELA. (Anexo XV Resol. N° 2707/93 ANA.).

Cantidad Unidades

Unidades totales del ítem.

FOB Total en Divisa

FOB Total del ítem en Divisa.

FOB Total en Dólar

FOB Total del ítem expresado en dólar.

Precio OF Unit/Der. Específico

Valor Unitario en dólar, del Precio Oficial o Derecho Específico que corresponda a la posición arancelaria declarada.

Unidad

Tipo de unidad de medida del Precio Oficial o Derecho Específico.

Coef./Cant. Unidades

1) Coeficiente: De estar incluído en el valor de venta los derechos y demás tributos correspondientes a la exportación se declara el coeficiente de deducción obtenido en la tabla E de la Resolución 4820/82. 2) Cantidad de Unidades: Del Precio Oficial o Derecho Específico que amparan la operación.

Documentos a Presentar

Documentación complementaria que debe acompañar a la Declaración. (Anexo XVI Resol. N° 2707/93).

Valor en Aduana

 

Ajuste a incluir en Divisa

Importe total de los ajustes a incluír al valor de venta en divisa correspondiente al ítem.

Ajuste a deducir en Divisa

Importe total de los ajustes a deducir al valor de venta en divisa correspondiente al ítem.

Valor en Aduana en Divisa

Valor a los fines tributación para la importación o exportación de acuerdo a normas en vigencia.

Valor en Aduana en Dólar

Corresponde al Valor en Aduana de la mercadería expresada en dólar.

 

 

 

Base IVA/Ganancias en dólar

El valor de la Base Imponible IVA de acuerdos a normas en vigencia.

Base Impuestos Internos en Dólar

Base imponible para la liquidación de impuestos internos expresada en dólar de acuerdo a normas en vigencia.

Insumos Importados Temporar. en dólar

Valor en Aduana total de los insumos importados temporariamente del ítem expresados en dólar.

Insumos importados a consumo en dólar

Valor en Aduana total de los insumos importados en forma directa a consumo del ítem expresados en dólar.

Valor para Reintegros en dólar

Base para el cálculo de los reintegros en dólar de acuerdo a normas en vigencia.

Liquidación:

 

 

Porc. = Porcentaje de los Derechos, Tributos y Estímulos correspondientes a la liquidación del Item. P/G/C: Indicadores correspondientes a: P = Pagado (Derechos y Tributos) G = Garantizados (Derechos y Tributos) C = A Cobrar (Estímulos a la exportación)

Importe

Importe que resulte de aplicar el porcentaje declarado (Porc.) sobre la base de cálculo correspondiente.

Pagado

Sumatoria de los derechos pagados del ítem.

Garantizados

Sumatoria de los derechos garantizados del ítem

A cobrar

Sumatoria de los derechos a cobrar del ítem

Conceptos

Descripción literal del gravamen, tributo o estímulo aplicado. (Anexo XXII Resol. N° 2707/93).

P/G/C

Indicadores correspondientes a los totales. P = Tributos pagados G = Tributos garantizados C = Estímulos a la exportación a cobrar

Importe

Importe que resulta de la sumatoria de los conceptos aplicados a todos los ítems de la destinación.

Pagado

Sumatoria de los derechos/tributos pagados

Garantizado

Sumatoria de los derechos/tributos garantizados

A cobrar

Sumatoria de los estímulos a cobrar

Canal Asignado

Canal asignado para la destinación

UTV

N° de Legajo de la UTVV interviniente

Firma y sello Despachante de Aduana

Firma y sello aclaratorio.

 

 

 

ANEXO VI

 

CARACTERÍSTICAS DEL SOBRE CONTENEDOR DEL FORMULARIO UNICO FORMULARIO OM-2133

 

1.- Material: Cartulina Blanca.

 

2.- Gramaje: 142 grs. x m2.

 

3.- Medidas: 24 cm x 32 cm (+ 1 cm. de solapa de cada lado e inferior)

 

4.- Impresión:

 

 

En tinta color intenso.

 

 

Importación: Bordes y tinta color naranja.

 

 

Exportación: Bordes y tinta color verde.

 

 

 

ANEXO VII

 

NORMAS DE INTEGRACIÓN DEL SOBRE CONTENEDOR

 

 

 

Aduana

Aduana de registro de la operación.

Destinación N°

Identificador de la Declaración detallada

Canal Selectivo

El asignado por el sistema.

Datos del Documentante

Importador/Exportador y Despachante: Completarán todos los datos personales tal como figuren en el registro aduanero.

N° o nombre del medio

El que corresponda según se la vía.

Fecha de Entrada

Del medio transportador

Registro

N° identificador del manifiesto.

Giro

Dársena o plazoleta, según sea, marítimo o terrestre respectivamente.

Elementos integrantes de la carpeta

Se seleccionará con una "x" la documentación complementaria que acompaña a la Declaración en el sobre.

 

 

 

También seleccionará el ramo según la mercadería declarada de corresponder y la UTVV al recibir el sobre intervendrá el mismo como constancia de recepción.

 

Luego de completar los datos del documentante firmará el sobre contenedor haciéndose responsable de los datos declarados.

 

En lo que resta del sobre se realizarán todas las intervenciones aduaneras correspondientes.

 

 

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-2437-1996-ANA Deroga Deroga