Detalle de la norma RE-257-2007-SAGPA
Resolución Nro. 257 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2007
Asunto Modificación de certificados sanitarios
Boletín Oficial
Fecha: 25/10/2007
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 257

24/10/2007

Fecha:

 25/10/2007

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Dependencia:

RE-257-2007-SAGPA

Tema LOA:

 

Tema:

SANIDAD ANIMAL

Asunto:

Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal. Modificación de certificados sanitarios.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VISTO, el Expediente Nº S01:0339921/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto Nº 4238 del 19 de julio de 1968, con sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 4238 del 19 de julio de 1968 se aprobó el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal.

Que es necesaria la actualización permanente de dicho reglamento, para adecuarlo a los permanentes cambios que experimenta el sector de la producción, como consecuencia de los constantes avances científicos y tecnológicos.

Que estos cambios no son sólo cualitativos, sino cuantitativos, teniendo en cuenta que se ha producido un aumento considerable en el número de establecimientos habilitados para exportar productos, subproductos y derivados de origen animal.

Que ante esta realidad, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha establecido nuevos procesos de control y fiscalización, que aseguran adecuadamente la sanidad y calidad de los productos, cumpliendo con la normativa sanitaria vigente y los estándares internacionales aceptados.

Que dentro de este proceso de actualización de los métodos de fiscalización, y como continuación y perfeccionamiento del mismo, se hace necesario modificar los textos de los certificados sanitarios, dado que los actuales no reflejan adecuadamente los nuevos procesos y sistemas de fiscalización adoptados, como tampoco expresan los reales comportamientos y actividades que desarrolla, tanto el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, como las empresas involucradas.

Que en este sentido, se hace necesario modificar el texto del “Certificado Sanitario de Exportación Provisorio”, establecido en los Facsímiles Nros. 1, 2 y 3 del Anexo 2 del Numeral 27.2.1 del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado por el Decreto Nº 4238/68.

Que la Comisión Permanente de Estudio y Actualización del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado por el Decreto Nº 4238/68, ha considerado oportuna la modificación del texto.

Que el Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ha tomado conocimiento de la presente medida, no encontrando reparos que formular.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 2º, inciso b) del Decreto Nº 2551 del 30 de diciembre de 1986.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyanse los Facsímiles Nros. 1, 2 y 3 del Anexo 2, del Numeral 27.2.1 del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado por el Decreto Nº 4238 del 19 de julio de 1968, por el texto del Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Javier M. de Urquiza.

 

NOTA LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO