Detalle de la norma RE-2532-1992-ANA
Resolución Nro. 2532 Administración Nacional de Aduanas
Organismo Administración Nacional de Aduanas
Año 1992
Asunto Desregulación Económica.
Boletín Oficial
Fecha: 17/12/1992
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 2532

10/12/1992

Fecha:

 17/12/1992

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Dependencia:

RE-2532-1992-ANA

Tema LOA:

 

Tema:

DESREGULACIÓN ECONOMICA.

Asunto:

Deróganse resoluciones aduaneras afectadas por dicho régimen.

 

 

VISTO la actual política del Superior Gobierno de la Nación en materia de desregulación económica y,

CONSIDERANDO: Que, el Decreto N° 2284/91, adoptó medidas tendientes a eliminar la mayor cantidad de restricciones al comercio exterior, correspondiendo derogar consecuentemente las normas aduaneras que signifiquen un real obstáculo al objetivo mencionado.

Que, en el artículo 25 del mencionado Decreto, se dejaron sin efecto las intervenciones, autorizaciones o actos administrativos previos a la intervención de la Administración Nacional de Aduanas, por lo que corresponde derogar las siguientes Resoluciones Nros: 2928/80 (Normas relativas a la Importación y Exportación del Azúcar), 1560/89 (Régimen Declaración Jurada de Necesidades de Importación), 3918/81 (Mercaderías ferrosas), 2547/82 (Intervención previa en los Despachos de Importación del Ministerio de Salud Públicas y Medio Ambiente y del

Servicio de Informaciones del Estado), 370/90, y 1038/90 (Material telefónico);

Que, en virtud que en su Artículo 27°, deja sin efecto la Ley de Reserva de Cargas, corresponde derogar las Resoluciones Nros. 519/80 y 3144/80 (Normas relativas a la Ley N° 18.250- Reserva de Cargas);

Que, dado que en su Artículo 29°, exige únicamente para la inscripción en el Registro de Importadores y Exportadores de la Administración Nacional de Aduanas, la inscripción previa en la Dirección General Impositiva, corresponde derogar las Resoluciones siguientes Nros. 2162/86, 221/89, 307/91 y 2186/91 (Requisitos para inscripción Importadores y Exportadores y N° 3252/86 (Formulario para INDEX);

Que, en su Artículo 74°, deroga el Decreto N° 2241/71 sobre importación de material aeronáutico, por lo que corresponde derogar la Resolución N° 3359/83;

Que, atento que su Artículo 31° establece la verificación de carácter selectivo, corresponde derogar las Resoluciones Nros. 661/83 y 1226/83;

Que, en su Artículo 28° deja sin efecto la obligatoriedad del ingreso a depósito de las mercaderías importadas, por lo que corresponde derogar las siguientes Resoluciones Nros. 4108/84, 1369/86, 1188/87, 1798/87, 758/88 y 2445/89 (Régimen Directo a Plaza);

Que, en su Artículo 46° se deja sin efecto la regulación de la producción yerbatera, entre otras, correspondiendo derogar la Resolución N° 1496/82 (Normas importación yerba mate canchada y molida).

Que, mediante el decreto N° 530/91 se dejó sin efecto la obligatoriedad del ingreso y negociación de divisas en el mercado de cambios, por lo que deben derogarse las siguientes Resoluciones Nros. 1015/89 (Liquidación de divisas en el mercado libre de cambios para operaciones de Exportación e Importación) y 1377/89 (Liquidación de divisas por el mercado único de cambios para operaciones de Exportación).

Que, mediante el Decreto N° 249/91, se establece el pago de tributos previo al registro del Despacho de Importación, por lo que corresponde derogar las Resoluciones Nros. 4631/80 (Normas para la aplicación del Tipo de Cambio bisemanal para importaciones bajo el régimen de Directo Forzoso) y su modificatoria 2536/89 y3509/80 y 77/81 (Sistema de pago de importación).

Que, el Decreto N° 652/86 Promoción Industrial para el sector electrónico caducó el 31/12/89, correspondiendo derogar las Resoluciones Nros. 21/87 y 543/88 (Normas sobre Certificado de exención arancelaria para empresas beneficiarias del régimen sectorial).

Que, el Decreto N° 2076/83 fue derogado por el Decreto N° 1554/86, debiendo hacerse lo propio con las Resoluciones Nros. 658/84 y 2277/85 (Importación Temporaria).

Que, el Decreto N° 1554/86 fue derogado por el Decreto N° 590/91, debiendo procederse de igual forma con las siguientes resoluciones Nros. 2333/86, 927/88 y 1382/90 (Importación Temporaria).

Que, mediante el Decreto N° 345/88 se derogó el Decreto N° 1492/79 (Exención de gravámenes para productos destinados a plantas siderúrgicas), correspondiendo, por lo tanto, derogar la Resolución N° 3357/81 (deja sin efecto la exigencia de comprobación de destino para mercaderías del Capítulo 73 NADI).

Que, mediante la Resolución N° 1022/92 se aprueban las normas sobre documentación complementaria de las solicitudes de destinación de importación, debiendo por ello derogarse la resolución N° 2455/83 (Falta de documentación complementaria de mercaderías negociadas en el marco de la ALADI).

Que, mediante el Decreto N° 773/89 se autorizó la explotación de servicios de almacenamiento y depósitos de cargas aéreas internacionales por la firma EDCADASSA -Empresa de Cargas Aéreas del Atlántico Sud S.A.- por lo que han perdido vigencia las Resoluciones Nros. 131/76 y 785/ 76.

Que, asimismo, corresponde derogar las Resoluciones Nros. 1929/87 y 2711/87, por haber perdido actualidad la materia tratada en las mismas.

Que, por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 23, inciso i), de la Ley 22.415,

El Administrador Nacional de Aduanas Resuelve:

ARTICULO 1o - Derogar las Resoluciones Nros. 2928/80, 1560/89, 3918/81, 2547/82, 370/90, 1038/90, 519/80, 3144/80, 2162/86, 221/89, 307/91, 1826/91, 2186/91, 3252/86, 3359/83, 661/83, 1226/83, 4108/84, 1369/86, 1188/87, 1798/87, 758/88, 2445/89, 1496/82, 1015/89, 1377/89, 4631/80, 2536/89, 3509/80, 77/81, 91/87, 543/88, 658/84, 2277/85, 2333/86, 927/88, 1382/90, 3357/81, 2455/83, 131/76, 785/76, 1929/87 y 2711/87.

ART. 2o - De forma.