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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Resolución n° 25 |
05/09/1997 |
Fecha: |
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Dependencia:
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RE-25-1997-GMC |
Tema:
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MERCOSUR |
Asunto:
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DENOMINACION Y LOGOMARCA MERCOSUR |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
la Resolución Nº 65/93
del grupo Mercado Común y
la Recomendación Nº 4/97 del SGT Nº 7 “Industria” |
CONSIDERANDO: |
Que
el Consejo del Mercado Común en su XI Reunión celebrada en la cuidad de Fortaleza,en diciembre de 1996, aprobó la propuesta
ganadora del concurso realizado para la definición de un logotipo para
el MERCOSUR |
Que
el Grupo Mercado Común en su XIII Reunión Extraordinaria celebrada en febrero
de 1997 en Asunción, exhortó a los Estados Partes a proceder al registro del
logotipo a sus autoridades nacionales y encomendó a la presidencia Pro Tempore informar a
la OMPI de la gestión realizada por los Estados
Partes y, si fuera el caso, proceder al registro ante dicho organismo
de la mencionada logomarca |
La
preocupación expresa por
la
Comisión del propiedad Intelectual del SGT Nº 7 en lo que
concierne a la logomarca MERCOSUR |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art.
1º - Solicitar a los Estados Partes que adopten las medidas necesarias para
la debida protección de la denominación y logomarca MERCOSUR |
Art.
2º - Encontrar a la presidencia Pro Tempore del
MERCOSUR para que realice los procedimientos necesarios para el
reconocimiento ante los organismos internacionales competentes de la denominación
y logomarca MERCOSUR |
XXVII
GMC - Montevideo, 5/IX/97 |
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