Detalle de la norma RE-25-1993-GMC
Resolución Nro. 25 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1993
Asunto Subgrupo de Trabajo Coordinadores Nacionales
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 25 01/07/1993 Fecha:  
 
Dependencia: RE-25-1993-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: Subgrupo de Trabajo Coordinadores Nacionales
 

VISTO: El art. 13 del Tratado de Asunción. 

CONSIDERANDO: La importancia de transmitir con celeridad la información necesaria para el desarrollo de las actividades de los Subgrupos de Trabajo, cuando ellos respondan solamente a consultas o aclaraciones

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

ART 1- Las consultas o aclaraciones que un Subgrupo de Trabajo requiera de otros Subgrupos para avanzar en sus tareas, se canalizarán directamente entre los respectivos Coordinadores Nacionales. Del mismo modo se procederá cuando un Subgrupo de Trabajo estime conveniente que otro Subgrupo tome conocimiento de algunos trabajos o problemas planteados en su ámbito.

ART 2- El trámite de aclaraciones o consultas a través de Recomendaciones, procederá cuando por la naturaleza del tema, sea necesaria la intervención del Grupo Mercado Común.