Detalle de la norma RE-250-2009-SAGPA
Resolución Nro. 250 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2009
Asunto Programa de Asistencia para la Cadena Apícola
Boletín Oficial
Fecha: 23/04/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 250

16/04/2009

Fecha:

23/04/2009

 

Dependencia:

RE-250-2009-SAGPA

Tema:

PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA CADENA APICOLA

Asunto:

Créase el Programa de Asistencia para la Cadena Apícola. Objetivos.

 

VISTO el Expediente Nº S01:0110323/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y

CONSIDERANDO

Que resulta prioritario para el Gobierno Nacional, a través de sus organismos, contribuir a maximizar los niveles de productividad, calidad y valor agregado en la cadena apícola nacional, con el propósito de mejorar su competitividad, fortaleciendo su posicionamiento en los mercados interno y externo.

Que mediante la Resolución Nº 431 de fecha 31 de octubre de 2008 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobó el Plan Estratégico Argentina Apícola 2017, fruto del acuerdo alcanzado en el Comité Consultor/Asesor de Apicultura creado por su similar Nº 530 de fecha 19 de setiembre de 2000 de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, siendo el resultado del trabajo realizado con los distintos actores de los sectores público y privado que conforman la cadena apícola, coordinados por la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS.

Que el PLAN Estratégico Argentina Apícola 2017, centraliza su accionar sobre objetivos estratégicos relevantes para el desarrollo del capital social y económico del sector, estructurado bajo CUATRO (4) pilares centrales sustentados en una “Visión” compartida del negocio: que la REPUBLICA ARGENTINA —en el año 2017— se transforme en líder mundial del mercado de productos apícolas altamente valorados sobre la base de un crecimiento y desarrollo organizado, competitivo y sostenible desde la perspectiva económica, social y ambiental.

Que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, viene realizando numerosas acciones tendientes al progreso de la competitividad de los productos apícolas, al incremento del valor agregado, a la asistencia y capacitación permanente para mejorar la calidad, sanidad y productividad, a la integración entre eslabones y a la promoción de sus productos, entre los ejes de mayor relevancia.

Que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, tiene entre sus objetivos centrales, elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, pesquera, forestal y agroindustrial, coordinando y conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las provincias y los diferentes subsectores; coordinar acciones con las distintas regiones del país a fin de desconcentrar la ejecución de las políticas de la jurisdicción y facilitar la integración con los distintos sectores del quehacer agropecuario, agroindustrial, forestal, alimentario, pesquero y acuícola; elaborar y ejecutar programas destinados a atender la problemática del productor agropecuario, el desarrollo regional y territorial rural, procurando el arraigo y la inclusión social, entre otros.

Que la consolidación de los sectores agropecuario y agroindustrial, es sustancial en la promoción del desarrollo económico y social del país, a través de la implementación de programas de obtención de productos con mayor valor agregado y de herramientas de diferenciación, a los fines de mejorar los ingresos del productor, conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las provincias y de la cadena apícola.

Que resulta necesario adoptar medidas tendientes a asistir a todo el sector afectado por distintas problemáticas coyunturales e implementar las acciones establecidas en el Plan Estratégico Argentina Apícola 2017, para contribuir al desarrollo de la cadena en su conjunto, con el consiguiente beneficio para las economías regionales y la promoción del desarrollo local, pues se trata de una producción con impacto económico y social en todas las regiones del país, además de ser una fuente importante de mano de obra, estimada en más de CIENTO VEINTE MIL (120.000) puestos de trabajo.

Que a fin de contribuir a la ejecución del aludido Plan Estratégico, resulta necesaria la creación de un PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA CADENA APICOLA que dé respuesta a la difícil situación coyuntural que atraviesa el sector, con el objeto de contribuir a mejorar los ingresos de los productores, el incremento del valor agregado de los productos apícolas y su consecuente rentabilidad.

Que según el REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES APICOLAS (RENAPA), creado por la Resolución Nº 283 de fecha 29 de junio de 2001 de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y sus modificatorias, existen más de TRES MILLONES TRESCIENTAS NOVENTA MIL (3.390.000) colmenas inscriptas, con un promedio —por productor— de DOSCIENTAS (200) colmenas por cada uno de ellos, tratándose en su mayoría de asociaciones y productores que trabajan junto a sus familias.

Que resulta conveniente propiciar la participación de distintas entidades públicas y privadas, a través de la suscripción de convenios de colaboración, que posibilite un actuar coordinado en la consecución de objetivos comunes.

Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido por el Artículo 1º de su similar Nº 98 de fecha 13 de febrero de 2009.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE:

Artículo 1º — Créase el PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA CADENA APICOLA, el cual funcionará en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, siendo la SUBSECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS, dependiente de la citada Secretaría, la autoridad encargada de la coordinación y seguimiento del referido Programa.

Art. 2º — El Programa creado por el artículo anterior tiene por objetivo principal contribuir a dar cumplimiento a las acciones y actividades previstas en el Plan Estratégico Argentina Apícola 2017, y en una primera etapa dar respuesta a la grave situación coyuntural debido a las inclemencias climáticas en las distintas regiones del país.

Art. 3º — Los ejes centrales del PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA CADENA APICOLA, son:

a) Producción: Mejorar la calidad e incrementar la producción a través de la gestión de políticas específicas, que permitan posicionar la producción apícola argentina en los principales mercados, teniendo como base herramientas de comunicación y articulación entre todos los actores de la cadena.

b) Valor agregado: Vincular los atributos diferenciales de los productos apícolas, identificados con los mercados adecuados, agregando valor a los mismos.

c) Comercialización: Incrementar el valor agregado de los productos apícolas argentinos comercializados consolidando la imagen de su calidad diferenciada en el mercado internacional e incorporando la identificación de origen.

d) Promoción: Fortalecer los mecanismos de comunicación entre todos los actores de la cadena en forma vertical u horizontal para fortalecer la promoción, financiación, aplicación de las normas de calidad y el consumo interno.

Art. 4º — El aludido Programa instrumentará las acciones previstas en el Plan Estratégico Argentina Apícola 2017, contemplando en particular las siguientes:

a) Apoyo tendiente a mitigar la situación de emergencia debido al clima.

b) Desarrollo de esquemas asociativos para el productor apícola con otros eslabones de la cadena.

c) Desarrollo e implementación de herramientas de diferenciación contempladas en el PROGRAMA NACIONAL DE AGREGADO DE VALOR DESTINADO A LA AGROINDUSTRIA (VALORAR).

d) Fomento para la diversificación productiva y comercial de los productos de la cadena apícola.

e) Diseño de instrumentos de financiamiento específicos.

Art. 5º — Dispónese que el PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA CADENA APICOLA se ejecutará en todo el territorio nacional.

Art. 6º — La SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS podrá celebrar convenios específicos tendientes a instrumentar la ejecución de las acciones a que se refiere el Programa y las contempladas en el

Plan Estratégico, con aquellos organismos públicos y privados con incumbencia en la materia, bajo los ejes centrales fijados en el Artículo 3º la presente resolución.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi.

 
 
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