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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 250 |
16/04/2009 |
Fecha: |
23/04/2009 |
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Dependencia: |
RE-250-2009-SAGPA |
Tema: |
PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LA
CADENA APICOLA |
Asunto: |
Créase el Programa de Asistencia
para
la Cadena
Apícola. Objetivos. |
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VISTO el Expediente Nº S01:0110323/2009 del Registro del
MINISTERIO DE PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO |
Que
resulta prioritario para el Gobierno Nacional, a través de sus organismos,
contribuir a maximizar los niveles de productividad, calidad y valor agregado
en la cadena apícola nacional, con el propósito de mejorar su competitividad,
fortaleciendo su posicionamiento en los mercados interno y externo. |
Que
mediante
la Resolución
Nº 431 de fecha 31 de octubre de 2008 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, se aprobó el Plan Estratégico Argentina Apícola 2017, fruto del
acuerdo alcanzado en el Comité Consultor/Asesor de Apicultura creado por su
similar Nº 530 de fecha 19 de setiembre de 2000 de
la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA, siendo el resultado del trabajo realizado con los
distintos actores de los sectores público y privado que conforman la cadena
apícola, coordinados por
la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS. |
Que el PLAN Estratégico Argentina Apícola 2017,
centraliza su accionar sobre objetivos estratégicos relevantes para el
desarrollo del capital social y económico del sector, estructurado bajo
CUATRO (4) pilares centrales sustentados en una “Visión” compartida del
negocio: que
la
REPUBLICA ARGENTINA —en el año 2017— se transforme en líder
mundial del mercado de productos apícolas altamente
valorados sobre la base de un crecimiento y desarrollo organizado, competitivo
y sostenible desde la perspectiva económica, social y ambiental. |
Que
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, viene
realizando numerosas acciones tendientes al progreso de la competitividad de
los productos apícolas, al incremento del valor agregado,
a la asistencia y capacitación permanente para mejorar la calidad, sanidad y productividad,
a la integración entre eslabones y a la promoción de sus productos, entre los
ejes de mayor relevancia. |
Que
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS, tiene entre sus objetivos centrales, elaborar y ejecutar planes,
programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y
sanidad en materia agropecuaria, pesquera, forestal y agroindustrial, coordinando
y conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las provincias y los diferentes subsectores; coordinar acciones con las distintas
regiones del país a fin de desconcentrar la ejecución de las políticas de la
jurisdicción y facilitar la integración con los distintos sectores del
quehacer agropecuario, agroindustrial, forestal, alimentario, pesquero y
acuícola; elaborar y ejecutar programas destinados a atender la problemática del
productor agropecuario, el desarrollo regional y territorial rural,
procurando el arraigo y la inclusión social, entre otros. |
Que
la consolidación de los sectores agropecuario y agroindustrial, es sustancial
en la promoción del desarrollo económico y social del país, a través de la
implementación de programas de obtención de productos con mayor valor
agregado y de herramientas de diferenciación, a los fines de mejorar los
ingresos del productor, conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las
provincias y de la cadena apícola. |
Que
resulta necesario adoptar medidas tendientes a asistir a todo el sector
afectado por distintas problemáticas coyunturales e implementar las acciones
establecidas en el Plan Estratégico Argentina Apícola 2017, para contribuir
al desarrollo de la cadena en su conjunto, con el consiguiente beneficio para
las economías regionales y la promoción del desarrollo local, pues se trata
de una producción con impacto económico y social en todas las regiones del
país, además de ser una fuente importante de mano de obra, estimada en más de
CIENTO VEINTE MIL (120.000) puestos de trabajo. |
Que
a fin de contribuir a la ejecución del aludido Plan Estratégico, resulta
necesaria la creación de un PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA
LA CADENA APICOLA
que dé respuesta a la difícil situación coyuntural que atraviesa el sector,
con el objeto de contribuir a mejorar los ingresos de los productores, el incremento
del valor agregado de los productos apícolas y su
consecuente rentabilidad. |
Que
según el REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTORES APICOLAS (RENAPA), creado por
la Resolución Nº 283
de fecha 29 de junio de 2001 de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y sus
modificatorias, existen más de TRES MILLONES TRESCIENTAS NOVENTA MIL
(3.390.000) colmenas inscriptas, con un promedio —por productor— de
DOSCIENTAS (200) colmenas por cada uno de ellos, tratándose en su mayoría de
asociaciones y productores que trabajan junto a sus familias. |
Que
resulta conveniente propiciar la participación de distintas entidades
públicas y privadas, a través de la suscripción de convenios de colaboración,
que posibilite un actuar coordinado en la consecución de objetivos comunes. |
Que
la Dirección
de Legales del Area de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentos dependiente de
la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado
la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 11
del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido por el
Artículo 1º de su similar Nº 98 de fecha 13 de febrero de 2009. |
Que
el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de las
facultades conferidas por el Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008. |
Por ello, |
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Créase el PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA
LA CADENA APICOLA,
el cual funcionará en el ámbito de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, siendo
la SUBSECRETARIA DE
AGROINDUSTRIA Y MERCADOS, dependiente de la citada Secretaría, la autoridad
encargada de la coordinación y seguimiento del referido Programa. |
Art.
2º — El Programa creado por el artículo anterior tiene por objetivo principal
contribuir a dar cumplimiento a las acciones y actividades previstas en el
Plan Estratégico Argentina Apícola 2017, y en una primera etapa dar respuesta
a la grave situación coyuntural debido a las inclemencias climáticas en las
distintas regiones del país. |
Art.
3º — Los ejes centrales del PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA
LA CADENA APICOLA, son: |
a)
Producción: Mejorar la calidad e incrementar la producción a través de la
gestión de políticas específicas, que permitan posicionar la producción
apícola argentina en los principales mercados, teniendo como base
herramientas de comunicación y articulación entre todos los actores de la
cadena. |
b)
Valor agregado: Vincular los atributos diferenciales de los productos apícolas, identificados con los mercados adecuados,
agregando valor a los mismos. |
c)
Comercialización: Incrementar el valor agregado de los productos apícolas argentinos comercializados consolidando la
imagen de su calidad diferenciada en el mercado internacional e incorporando
la identificación de origen. |
d)
Promoción: Fortalecer los mecanismos de comunicación entre todos los actores
de la cadena en forma vertical u horizontal para fortalecer la promoción,
financiación, aplicación de las normas de calidad y el consumo interno. |
Art.
4º — El aludido Programa instrumentará las acciones previstas en el Plan
Estratégico Argentina Apícola 2017, contemplando en particular las
siguientes: |
a)
Apoyo tendiente a mitigar la situación de emergencia debido al clima. |
b)
Desarrollo de esquemas asociativos para el productor apícola con otros
eslabones de la cadena. |
c)
Desarrollo e implementación de herramientas de diferenciación contempladas en
el PROGRAMA NACIONAL DE AGREGADO DE VALOR DESTINADO A
LA AGROINDUSTRIA
(VALORAR). |
d)
Fomento para la diversificación productiva y comercial de los productos de la
cadena apícola. |
e)
Diseño de instrumentos de financiamiento específicos. |
Art.
5º — Dispónese que el PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA
LA CADENA APICOLA se
ejecutará en todo el territorio nacional. |
Art.
6º —
La SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS podrá celebrar convenios
específicos tendientes a instrumentar la ejecución de las acciones a que se
refiere el Programa y las contempladas en el |
Plan
Estratégico, con aquellos organismos públicos y privados con incumbencia en
la materia, bajo los ejes centrales fijados en el Artículo 3º la presente
resolución. |
Art.
7º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi. |
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