Detalle de la norma RE-24-1994-GMC
Resolución Nro. 24 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1994
Asunto Nuevas tecnologías en Servicios de Telecomunicaciones
Detalle de la norma

 

Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 24 03/08/1994 Fecha:  
 
Dependencia: RE-24-1994-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: ARMONIZACION DE NUEVAS TECNOLOGIAS EN TELECOMUNICACIONES
 

VISTO: El Art. 13 del Tratado de Asunción, el Art. 10 de la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, la Decisión Nº 2/93 del Consejo del Mercado Común, la Resolución Nº 91/93 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 16/94 del Subgrupo de Trabajo Nº 3 "Normas Técnicas".

CONSIDERANDO:

Que el conocimiento anticipado de lo que cada Estado Parte tiene la intención de utilizar, ayuda mucho en lo que hace a la elaboración de acuerdos

La necesidad de establecer procedimientos que podrán ayudar a los Estados Partes con relación al uso de nuevas tecnologías en Servicios de Telecomunicaciones.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art.1º - Que siempre que un Estado Parte resuelve editar un reglamento técnico, disciplinando la adopción de un nuevo servicio de telecomunicaciones o de un servicio ya existente, basado en nuevas tecnologías, listadas o no en el Anexo, el mismo deberá informar a los demás con la mayor anticipación posible de la publicación del citado reglamento según el procedimiento indicado en la Decisión Nº 2/93 del CMC.

Art.2º - El Estado Parte enviará tanto como sea posible con relación a informaciones sobre la tecnología a ser adoptada a través de estudios, manuales, folletos etc.

Art.3º - El tema podrá ser objeto de acuerdos cuartipartitos o revisión de acuerdos ya existentes con el propósito de armonizar en el futuro el uso de la nueva tecnología.

Art.4º - Para los reglamentos técnicos referentes a nuevas tecnologías aplicables a los servicios de telecomunicaciones ya existentes, se deberá considerar los acuerdos ya firmados en el ámbito del MERCOSUR.

Art.5º- Los organismos reguladores de telecomunicaciones de cada Estado Parte en tanto y en cuanto tengan responsabilidad directa en los mencionados Reglamentos Técnicos serán los responsables del cumplimiento de esta Resolución a nivel del MERCOSUR, sin que esto en ningún caso represente demora o imposibilidad de implementar nuevas tecnologías.

 

ANEXO

Lista de Nuevas Tecnologías que Necesitan ser Reglamentadas para el Uso en Servicios de Telecomunicaciones.

- Hierarquia Síncrona Digital (SDH)

- Modo de Transferéncia Asíncrono (ATM)

- Sinalización por Canal Común (SSCC nº 7 CCITT)

- Sistema Celular Móvil Digital

- Satélites de Baja Órbita

- Rede Inteligente (RI)

- Geréncia de Rede de Telecomunicaciones (TMN)

- Futuros Sistemas Públicos de Telecomunicaciones Móviles Terrestres (FPLMTS)

- Televisión de Alta Definición (HDTV)

- Distribución de TV por Cabo (CATV)

- PCN

- DAB

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-19-2015-GMC Deroga Armonización de nuevas Tecnologías 
RE-2-2013-GMC Deroga Nuevas tecnologías en Servicios de Telecomunicaciones
RE-277-1995-CNT Complementa Nuevas tecnologias en comunicaciones