En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Nro 150/02 (ME) se dispone la suspensión del pago de los estímulos a la exportación de acuerdo con su artículo 4, correspondiendo en consecuencia continuar efectuando sólo su liquidación.
La presente mantendrá vigencia hasta que se establezca el procedimiento relativo a la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias (Artículo 2o).