SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Resolución Nº 240/2004
Buenos
Aires, 13 de Septiembre de 2004
VISTO
el Expediente Nº S01:0115781/2003 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION,
y
CONSIDERANDO:
Que
la firma FUNDICION ARIENTE SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado acogerse al
Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de
Producción Usadas" conforme a la Resolución
Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex - MINISTERIO DE
ECONOMIA restablecido por la Resolución
Conjunta Nº 157 del ex - MINISTERIO
DE LA PRODUCCION y Nº 255 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9
de abril de 2003 y la Resolución
Nº 83 de fecha 27 de junio de 2003 del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para la
importación de bienes que forman parte, exclusivamente, de una línea
de producción completa y autónoma.
Que
los bienes mencionados en el Anexo que, con UNA (1) planilla, forma
parte integrante de la presente resolución, están afectados
directamente a la ampliación de una planta ubicada en la Ciudad de Córdoba, Provincia de CORDOBA, destinada a la producción de autopartes, sistemas
hidráulicos y otros productos mediante el moldeo del aluminio.
Que
la firma FUNDICION ARIENTE SOCIEDAD ANONIMA ha adquirido una
certificación del sistema de gestión y aseguramiento de calidad según
las Normas DIN EN ISO 9002:1994 e ISO/TS 16949:1999.
Que
el INSTITUTO TECNOLOGICO DE BUENOS AIRES ha intervenido desde el punto
de vista técnico en el análisis del proyecto opinando que el mismo
responde a lo previsto en la legislación vigente.
Que del
análisis efectuado surge, que la línea a importar encuadra dentro de
los objetivos fijados por la Resolución
Nº 511/00 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA
restablecido por la Resolución
Conjunta Nº 157/03 del ex - MINISTERIO
DE LA PRODUCCION y Nº 255/03 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA y
la Resolución
Nº 83/03 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION,
por lo que, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA y de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL ambas
dependientes de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se ha determinado
procedente a la solicitud de la firma FUNDICION ARIENTE SOCIEDAD
ANONIMA, conforme a las disposiciones del Régimen referido.
Que
la firma FUNDICION ARIENTE SOCIEDAD ANONIMA ha presentado un desarrollo
de proveedores.
Que
la citada firma declara bajo juramento que no está ingresando al país
bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº
24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones, y de
la Ley
Nº 24.040 de Compuestos Químicos.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la
intervención que le compete.
Que
la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Decreto
Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y el Artículo 5º de la Resolución
Nº 511/00 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA.
Por
ello,
EL SECRETARIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
Artículo 1º - Considérase sujeta a lo establecido
por el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de
Producción Usadas" conforme a la Resolución
Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex - MINISTERIO DE
ECONOMIA, su modificatoria la Resolución
Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex -
MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución
Conjunta Nº 157 del ex - MINISTERIO
DE LA PRODUCCION y Nº 255 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9
de abril de 2003 y la Resolución
Nº 83 de fecha 27 de junio de 2003 del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la importación
de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma
FUNDICION ARIENTE SOCIEDAD ANONIMA, consistente en la instalación
de DOS (2) líneas de producción de autopartes, sistemas hidráulicos
y otros productos, mediante el moldeo de aluminio, cuya descripción
de bienes se detalla en el Anexo que, con UNA (1) planilla, forma
parte integrante de la presente
resolución.
Art. 2º - El incumplimiento por parte de la
beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión
para la mencionada planta y de las obligaciones emergentes del Régimen
de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción
Usadas" conforme a la Resolución
Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex - MINISTERIO DE
ECONOMIA, su modificatoria la Resolución
Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex -
MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución
Conjunta Nº 157 del ex - MINISTERIO
DE LA PRODUCCION y Nº 255 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9
de abril de 2003 y la Resolución
Nº 83 de fecha 27 de junio de 2003 del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, darán lugar a la
aplicación de los Artículos 15 y 16 de la Resolución
Nº 511/00 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA.
Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de
comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el
incumplimiento previsto en el Artículo 21 de la mencionada
resolución.
Art. 3º - La SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, notificada del cumplimiento de los requisitos
impuestos por el Régimen referido, autorizará a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a liberar las pertinentes garantías.
Art. 4º - A través de la Dirección de Promoción de las Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de esta Secretaría, notifíquese a la firma
FUNDICION ARIENTE SOCIEDAD ANONIMA de la presente resolución.
Art. 5º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
-
Alberto J. Dumont.
ANEXO DE LA RESOLUCION S.I .C.y P.y M.E. Nº 240/2004
BIENES
INTEGRANTES DE "LINEAS DE PRODUCCION USADAS" CON DESTINO A
INSTALACION DE DOS LINEAS DE PRODUCCION DE AUTOPARTES, SISTEMAS
HIDRAULICOS Y OTROS PRODUCTOS, MEDIANTE EL MOLDEO DE ALUMINIO:
SUBPARTIDA
ARMONIZADA
|
DESCRIPCION
DE LA MERCADERIA
|
CANTIDAD
(Unidades)
|
8454.30
|
Máquina de colar (moldear) aluminio a presión
|
DOS (2)
|
El
monto de los bienes a valor FOB a importar, es por un total de EUROS
CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS (EUROS
|