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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 239 |
17/09/2008 |
Fecha: |
23/09/2008 |
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Dependencia: |
RE-239-2008-SAGPA |
Tema: |
SANIDAD ANIMAL |
Asunto: |
Derógase
la Resolución Nº
33/2007. Modificación del Reglamento de Inspección de Productos,
Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado por el Decreto Nº 4238/68. |
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VISTO: el Expediente Nº S01:0128810/2005 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto Nº 4238 del 19 de julio de
1968 y sus modificatorios,
la
Resolución Nº 33 del 17 de enero de 2007 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del mencionado Ministerio, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por el Decreto Nº 4238 del 19 de julio de 1968, se aprobó el Reglamento de
Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal. |
Que
por
la Resolución Nº
33 del 17 de enero de 2007 de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se sustituyeron los
Numerales 7.1.1 del Capítulo VII y 23.12.10 del Capítulo XXIII del Reglamento
de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal,
aprobado por el referido Decreto Nº 4238/68. |
Que
en su momento resultó necesario actualizar dicho reglamento, adecuándolo a
los avances científicos y tecnológicos que se suceden. |
Que
la Comisión Permanente
de Estudio y Actualización del Reglamento de Inspección de Productos,
Subproductos y Derivados de Origen Animal, observa que en el texto aprobado
por la citada Resolución Nº 33/07, se ha deslizado un error material de tipo
involuntario que afecta sustancialmente el contenido del Numeral 23.12.10 del
Capítulo XXIII, ya que no contempla al Metabisulfito de Potasio como aditivo autorizado en la conservación de crustáceos. |
Que
la citada Comisión también ha observado la necesidad de respetar el estilo
propio del mentado reglamento, habiéndose detectado que el Numeral 7.1.1 del
Capítulo VII de la norma en cuestión posee errores del tipo enunciado. |
Que
por lo expuesto por la mencionada Comisión, corresponde proceder en
consecuencia. |
Que
la
Dirección de Legales del Area de
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de
la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la
intervención que le compete. |
Que
la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996,
sustituido por su similar Nº 680 del 1 de septiembre de 2003 y por el
Artículo 2º del Decreto Nº 2551 del 30 de diciembre de 1986. |
Por ello, |
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Derógase
la Resolución Nº 33
del 17 de enero de 2007 de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. |
Art.
2º — Sustitúyese el Numeral 7.1.1 del Capítulo VII
del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen
Animal, aprobado por el Decreto Nº 4238 del 19 de julio de 1968, conforme el
texto del Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. |
Art.
3º — Sustitúyese el Numeral 23.12.10 del Capítulo
XXIII del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de
Origen Animal, aprobado por el Decreto Nº 4238 del 19 de julio de 1968,
conforme el texto del Anexo que forma parte integrante de la presente
resolución. |
Art.
4º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
5º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi. |
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NOTA LOA: PRESIONE AQUÍ PARA
VER ANEXO |
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