SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Resolución Nº 230/2008
Buenos
Aires, 20 de Agosto de 2008.
VISTO:
El
Expediente Nº S01:0230148/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que
la firma CORANDES S.A. ha solicitado acogerse al Régimen de Importación
de Bienes Integrantes de “Líneas de Producción Usadas”
conforme a la Resolución
Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución
Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución
Conjunta N° 157 del ex MINISTERIO DE
LA PRODUCCION y N° 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA
de fecha 9 de abril de 2003 modificada por la Resolución
N° 83 de fecha 27 de junio de 2003
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Resoluciones
Nros. 353 de fecha 21 de mayo de
2004 y 86 de fecha 22 de febrero
de 2007 ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, para la importación de bienes que forman parte,
exclusivamente, de una línea de producción completa y autónoma.
Que
los bienes mencionados en el Anexo que, con UNA (1) hoja, forma parte
integrante de la presente resolución, están destinados a integrar una
línea de barnizado de hojas de hojalata para la fabricación de envases
metálicos, a instalarse en la planta ubicada en la calle Las Piedras
4599, Localidad de Monte Chingolo, Provincia de BUENOS AIRES.
Que
los bienes fueron importados al amparo del Certificado de Trámite Nº
192 de fecha 25 de enero de 2006.
Que
la firma CORANDES S.A. ha adquirido un compromiso para la obtención de
un Sistema de Gestión de la Calidad conforme con la norma ISO 9001:2000
emitido por el Instituto Argentino de Normalización y Certificación
(IRAM).
Que
el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI PROCESOS
SUPERFICIALES), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, ha intervenido desde el punto de vista técnico
en el análisis del proyecto conforme a lo prescripto por el Artículo
6°, inciso e) de la Resolución
N° 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que
del análisis efectuado surge, que la línea de producción importada
encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución
Nº 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA,
modificada por la Resolución
Nº 8/01 del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA, la Resolución
Conjunta N° 157/03 del ex MINISTERIO
DE LA PRODUCCION y N° 255/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA
modificada por las Resoluciones Nros. 83/03 y 353/04
ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por lo que, en el
ámbito de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA y de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL ambas dependientes de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION se ha determinado procedente la solicitud de
la firma CORANDES S.A., conforme a las disposiciones del Régimen
referido.
Que
la firma declara bajo juramento que no ha ingresado al país bienes o
componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº
24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley
Nº 24.040 de Compuestos Químicos.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Artículo
5º de la Resolución
N° 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y el
Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios.
Por
ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
Artículo 1° — Considérase sujeta a lo
establecido por el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de
“Líneas de Producción Usadas” conforme a la Resolución
Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución
Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución
Conjunta Nº 157 del ex MINISTERIO DE
LA PRODUCCION y Nº 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA
de fecha 9 de abril de 2003 modificada por las Resoluciones
Nros. 83 de fecha 27 de junio de 2003 y 353
de fecha 21 de mayo de 2004 ambas del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, la importación de bienes integrantes del
proyecto presentado por la firma CORANDES S.A., consistente en la
instalación de una línea de barnizado de hojas de hojalata destinada
a la fabricación de envases metálicos, cuya descripción de bienes se
detalla en el Anexo que, con UNA (1) hoja, forma parte integrante de
la presente resolución.
Art. 2° — El arancel correspondiente a
la importación de los bienes integrantes del proyecto objeto de esta
resolución es del SEIS POR CIENTO (6%) y la firma CORANDES S.A. deberá
cumplir con una integración de bienes nacionales del CUARENTA POR
CIENTO (40%).
Art. 3° — El incumplimiento por parte de
la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de
inversión para la mencionada planta y de las obligaciones emergentes
del Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Líneas de
Producción Usadas” conforme a las normas citadas en el artículo
precedente, dará lugar a la aplicación de los Artículos 15 y 16 de la Resolución
Nº 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA.
Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de comprobarse
que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el incumplimiento
previsto en el Artículo 21 de la mencionada resolución.
Art. 4° — La SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL y la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA ambas dependientes de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, notificada
del cumplimiento de los requisitos impuestos por el Régimen,
autorizarán a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a liberar las pertinentes garantías.
Art. 5° — A través de la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de esta Secretaría, notifíquese a la firma
CORANDES S.A. la presente resolución.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Fernando J. Fraguío.
ANEXO DE LA RESOLUCION S.I .C.y P.y M.E. N° 230
BIENES INTEGRANTES DE “LINEAS DE
PRODUCCION USADAS” CON DESTINO A LA INSTALACION DE UNA LINEA DE BARNIZADO DE HOJAS DE HOJALATA PARA LA FABRICACION DE ENVASES METALICOS:
SUBPARTIDA
ARMONIZADA
|
DESCRIPCION
DE LA MERCADERIA
|
CANTIDAD
(unidades)
|
8428.90
|
Alimentador automático de hojas de chapa, por medio del
empleo de ventosas, con mesa de rodillos y plataforma elevadora
incorporadas.
|
UNO (1)
|
8479.89
|
Máquina para la aplicación de barniz sobre hojalata por
medio de rodillos.
|
UNO (1)
|
8419.39
|
Secador túnel para hojas de hojalata por medio de aire
caliente, con transportador continuo de parrillas metálicas
incorporadas.
|
UNO (1)
|
8428.90
|
Máquina apiladora transportadora de hojas de chapa.
|
UNO (1)
|
8428.90
|
Manipulador de fardos constituido por rodillos
motorizados y dispositivo de giro de accionamiento hidráulico.
|
UNO (1)
|
El
valor FOB de los bienes, es de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS
NOVENTA Y TRES MIL (U$S 293.000.).
|